Las actualizaciones de facturación han sido la constante por parte de la autoridad fiscalizadora. Una de las modificaciones más relevantes que acompaña a la entrada en vigor de la versión 4.0 de CFDI es concerniente al comprobante fiscal de nómina, cuyos detalles te contaremos en esta entrada.
Inicio de la nueva versión de CFDI de Nómina
Por disposición oficial dada a conocer por el SAT, que el Complemento de Nómina Versión 1.2 se integró a la versión 4.0 del CFDI. No obstante y como suele ocurrir con los cambios fiscales implementados en el país, se brinda a los usuarios un periodo de convivencia antes del inicio de vigencia obligatoria.
Dicho periodo de adaptabilidad para sustituir a la versión 3.3 de facturación electrónica por la nueva versión 4.0 se extendió hasta el 31 de marzo de 2023, siendo por tanto obligatorio a partir del 1 de abril de 2023 para la mayoría de Comprobantes Fiscales y de Complementos de CFDI.
Éste no fue el caso para el Complemento Carta Porte, ni para los Comprobantes de Nómina. Respecto al primero, aunque ya es obligatorio de emplear, la fecha para emitirlo libre de errores que deriven en multas es el 1 de agosto de 2023. Mientras que para los Recibos de Nómina, su obligatoriedad comienza el 1 de julio también de 2023.
Otras modificaciones fiscales
Como parte de la Reforma Fiscal publicada en el Diario Oficial de la Federación, se han implementado importantes novedades en las disposiciones fiscales que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha ido incorporando con distintas fechas de obligatoriedad, de forma paulatina.
Entre los cambios incorporados en la versión de Factura 4.0 para los distintos tipos de comprobantes fiscales incluyendo el CFDI de Nómina es que ahora se deberá proporcionar mayor información de los datos del emisor y del receptor, además de especificar más datos sobre los productos y servicios que son motivo de la factura electrónica emitida.
Asimismo, asuntos como las deducciones de combustibles, la emisión del complemento Carta Porte para transportistas, nuevas condiciones para cancelar facturas y la renovación del formato para el complemento de pagos son algunos de los temas que más interesan a los contribuyentes.
Emisión del Comprobante de Nómina, una obligación patronal
En México, la expedición de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) y los respectivos complementos de factura por los distintos conceptos, según el caso, es una de las responsabilidades básicas de las personas físicas y morales para avalar las transacciones que son producto de sus actividades, de acuerdo con el régimen en el que estén inscritos.
Por ejemplo, un contribuyente que vive de sus rentas de bienes inmuebles tendrá que respaldar sus ingresos mediante un CFDI de arrendamiento; en tanto, las donatarias autorizadas emiten un CFDI de donativos, etc. Así, existen otras categorías de CFDI, como los de Ingresos y de Egresos, entre otros.
En el caso de la expedición del CFDI de Nómina, se trata de una obligación para quienes realizan el pago de salarios a sus trabajadores, sin importar si la figura del patrón recae en una empresa (persona moral) o un individuo (persona física).
¿Para qué sirve el CFDI de Nómina?
Por concepto legal, este tipo de CFDI de Nómina aplica a manera de constancia por la prestación de un servicio personal subordinado o concepto de asimilados a salarios, y de su correspondiente pago. Así lo establecen los artículos 27 y 99 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) en sus fracciones V y XVIII, y fracción III, respectivamente.
Es decir, para el empleador su utilidad es como aval del cumplimiento de las leyes mexicanas con respecto al pago del sueldo o salario por el servicio laboral recibido. De no hacerlo, el patrón puede encarar conflictos referentes a la operación de su negocio.
En tanto, al trabajador le sirve primeramente como un recibo de pago, respondiendo así ante el SAT acerca de los ingresos percibidos. Otros usos que puede darles es comprobar la solvencia suficiente para saldar deudas y poder así recibir créditos bancarios o de tiendas departamentales, entre otros.
Requisitos para expedir factura de nómina
Antes de comenzar a emitir un CFDI de Nómina a nombre de un trabajador, es necesario verificar su inscripción ante el Registro Federal de Contribuyentes. También es indispensable confirmar que el empleado se encuentre en el Régimen Fiscal adecuado.
El sitio web del SAT brinda una herramienta que permite a los empleadores realizar estas validaciones.
En suma, los elementos a validar son:
- Clave correcta de RFC.
- Régimen de Sueldos y Salarios e Ingresos Asimilados a Salarios (clave “605”).
Cambios al Comprobante Fiscal de Nómina
En la Guía de Llenado del CFDI de Nómina, disponible en el Portal del SAT, se enlistan todos los cambios incorporados para la versión más reciente de este documento, explicando la forma adecuada de proporcionar la información solicitada en cada uno de los campos del CFDI.
De igual forma, puedes consultar los pormenores del Recibo de Nómina en el Portal del SAT. Entre los principales elementos que se actualizan en el nuevo CFDI de Nómina se encuentran:
- Nombre (Receptor). En la versión 3.3 de facturación, el RFC era el único dato identificador del trabajador; la nueva versión requiere indicar el nombre complete del empleado (nombre, apellido paterno y apellido materno).
- Domicilio Fiscal (Receptor). Es requisito especificar el Código Postal vigente del empleado, que sea coincidente con la Cédula de Identificación Fiscal. El SAT pone a disposición un catálogo de códigos postales que puede ser de utilidad para el empleador.
- Régimen Fiscal (Receptor). En esta nueva versión será necesario registrar el Régimen Fiscal del empleado, correspondiente a la Clave 605 – Sueldos y Salarios e Ingresos Asimilados a Salarios. Este dato se puede consultar en la Constancia de Situación Fiscal emitida por el SAT.
- Uso del CFDI. En el caso del Uso del CFDI de Nómina se deberá indicar CN01 – Nómina.
- Forma de Pago. Se eliminan las validaciones de la Versión y Forma de Pago.
- Nombre, Domicilio Fiscal y Régimen Fiscal (Emisor). Del mismo modo que en los campos del Receptor, son obligatorios el nombre completo, el lugar de expedición (indicando Código Postal vigente) y el Régimen Fiscal al que está adherido el emisor del CFDI de Nómina.
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