¿Necesitas renovar tu Domicilio Fiscal?, reporta al SAT el cambio

¿Cómo renovar el Domicilio Fiscal?

En tu calidad de contribuyente, tienes ciertas responsabilidades ante la autoridad; una de ellas es la de tener al día tus datos personales y estar siempre localizable para el SAT. La actualización de tu Domicilio Fiscal se cuenta entre los requisitos ineludibles para empresas y personas físicas.

¿Es obligatorio proporcionar al SAT el Domicilio Fiscal? Relevancia

Sí, ya que se trata de uno de los datos que identifican a las personas y empresas, y le permiten a la autoridad fiscal tenerlas plenamente localizadas. Conocer con precisión el lugar en donde llevan a cabo sus actividades económicas las personas físicas y morales residentes en territorio nacional constituye, de hecho, una de las responsabilidades del SAT.

Este Domicilio Fiscal debe quedar asentado en la Constancia de Situación Fiscal, el documento de identidad fiscal que contiene el RFC del contribuyente y otros de sus datos personales básicos, como la CURP, el Nombre o Razón Social y el Régimen Fiscal.

¿Qué pasa si cambio mi Domicilio Fiscal?Consecuencias

Tendrás que informar puntualmente sobre tu cambio de Domicilio Fiscal para evitar multas. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) te solicita que sea dentro de los 10 días hábiles siguientes al cambio de domicilio.

Pasos para modificar tu Domicilio Fiscal ante el SAT:

  1. Ingresa al Portal del SAT y haz clic en INICIAR este trámite.
  2. Registra los datos de tu e.Firma.
  3. Captura la información del domicilio que se va a actualizar.
  4. Confirma los datos capturados.
  5. Concluye los datos de tu e.Firma y envía.
  6. Imprime el acuse de actualización de situación fiscal.

¿Quiénes deben realizar el trámite?

Las personas físicas que:

  1. Establezcan su domicilio fiscal en lugar distinto al último manifestado en el RFC.
  2. Deban actualizar datos que no impliquen un cambio de ubicación, como teléfono fijo, teléfono móvil, correo electrónico, tipo de vialidad, tipo de inmueble, referencias adicionales, características del domicilio, o entre calles, así como en los casos de cambio de nomenclatura o numeración oficial.
  3. Deban considerar un nuevo domicilio fiscal en términos del Artículo 10 del CFF.

Verificación del cambio de domicilio

Después de tal notificación, te recomendamos verificar que el proceso esté terminado y tu registro contenga la nueva información. Esto, también dentro de los 10 días hábiles posteriores al aviso.

Ingresa al Portal del SAT y sigue los pasos que allí se describen para verificar tu Domicilio Fiscal. El trámite es gratuito y lo puedes realizar en línea en cualquier momento; sólo necesitas ingresar con tu Contraseña y RFC, teniendo a la mano el número de folio que te proporcionaron.

Casos inhabilitados para el servicio online

De acuerdo con el SAT, las personas físicas que se encuentren en el estado de «Suspensión por defunción», así como aquellas que no hayan proporcionado la información suficiente relacionada con su identidad, domicilio y en general sobre su situación fiscal, no pueden realizar el cambio de domicilio por Internet.

Si ésta es tu situación, tendrás que presentar el trámite ante la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente.

¿Cuál es mi Domicilio Fiscal? – Concepto y Uso

A menudo se confunde el domicilio particular con el fiscal, aunque no es del todo erróneo suponer que puedes brindar la ubicación de tu casa para cumplir este requerimiento. Eso sí, no en cualquier caso, y la legislación es muy clara sobre cuándo aplica esto.

Dependiendo si eres persona física o persona moral, las bases para conocer qué dirección postal puedes informar al SAT como tu Domicilio Fiscal son las siguientes:

a) Domicilio Fiscal de Personas Físicas

  • Si no tienes un establecimiento, tu Domicilio Fiscal es tu casa habitación.
  • Si te dedicas a actividades empresariales, es el local donde principalmente las llevas a cabo.
  • Si tienes otras actividades, es el sitio en que desarrollas tu trabajo.
  • Si no existen los casos anteriores, es aquél registrado en tu banco u otra entidad financiera.

b) Domicilio Fiscal de Personas Morales

  • Para residentes nacionales, el principal local del negocio.
  • Para residentes en el extranjero, el establecimiento que tengan en México.
  • De ser varios establecimientos, el local principal.

El SAT puede multarte por omitir tu domicilioSanciones

La obligatoriedad de proporcionar el Domicilio Fiscal al SAT está tan claramente señalada por las leyes fiscales que, cuando los contribuyentes indiquen un lugar distinto al que les corresponda, hayan manifestado un domicilio ficticio o hayan omitido reportar este dato, que el órgano fiscalizador puede aplicar multas que van de los 3,870 a los 11 mil pesos.

Así lo establece el Art. 79, Fracc. VI, del Código Fiscal de la Federación, el ordenamiento jurídico que recoge los procedimientos de recaudación de impuestos, los recursos administrativos y otras regulaciones en torno a los entes económicos.

¿Y si dejo de vivir en México?

El Código Fiscal de la Federación (CFF) indica claramente qué hacer en esta situación, estableciendo que «las personas físicas o morales que dejen de ser residentes en México deberán presentar un aviso ante las autoridades fiscales, a más tardar dentro de los 15 días inmediatos anteriores a aquél en el que suceda el cambio de residencia fiscal».

Asimismo, dicho Código indica que «cuando las personas físicas o morales omitan presentar dicho aviso, no perderán la condición de residentes en México».

¿Cómo registrar a un Receptor en el extranjero? – Procedimiento

De acuerdo con el Anexo 20 del SAT, cuando el receptor del comprobante sea un residente en el extranjero, se debe registrar la clave del país de residencia. Dicho campo es obligatorio cuando el RFC del Receptor es un RFC Genérico extranjero, y se incluya el Complemento de Comercio Exterior.

Ejemplo: Si la residencia fiscal de la empresa extranjera receptora del comprobante fiscal se encuentra en Estados Unidos, se debe registrar lo siguiente:

ResidenciaFiscal= USA

c_PaisDescripción 
USAEstados Unidos (los) 

El domicilio fiscal es necesario para facturar – Datos obligatorios

Además de informar al organismo tributario en dónde puede localizarte y, por ende, cuál es la sede central de tus negocios, este dato es algo que necesitarás cuando quieras emitir o recibir una factura electrónica en México.

Y es que los datos mínimos que deberás conocer de tu cliente para elaborar la factura por los productos que le vendiste o los servicios que le prestaste son: su RFC, el Nombre si es persona física o la Denominación o Razón Social si es persona moral, el Régimen Fiscal en ambos casos y el Código Postal de su Domicilio Fiscal.

Por supuesto, los mismos datos serán requeridos de tu parte cuando necesites recibir un comprobante fiscal por tus transacciones.

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Los datos de tus clientes, y los tuyos también, estarán precargados automáticamente una vez que actualices la información fiscal en los casos necesarios; es decir, tanto para empezar en la modalidad 4.0 de facturación como para simplemente renovar datos, como fue el caso de esta entrada de blog.

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Posted on: 11/10/2022

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