Una de esas consideraciones que debe evaluar todo CEO y CFO de una empresa para establecer las nuevas metas laborales, incluyendo el rendimiento, es con respecto a la plantilla laboral y los despidos justificados que deben realizarse.
En este artículo te explicaremos lo que debes saber con respecto a la liquidación por despido laboral: qué dice la ley, la suma a la que debe equivaler y otros detalles que rigen en México.
La importancia de conocer el cálculo del finiquito y la liquidación
El finiquito y la liquidación son términos que se manejan en el ámbito laboral y que son de igual importancia tanto para empleadores como para empleados. Conocer su cálculo de manera correcta asegura que los pagos sean justos y correctos y evitar conflictos legales que pueden surgir ante un despido o la finalización de una relación laboral.
Para los empleados, comprender estos conceptos significa exigir sus derechos y asegurarse de recibir lo que les corresponde según la ley. En muchas ocasiones, por desconocimiento, los trabajadores aceptan pagos menores o simplemente no reclaman ciertos montos que les corresponden, como la prima de antigüedad o el pago proporcional de beneficios como el aguinaldo.
Para las empresas, llevar a cabo un cálculo correcto del finiquito o la liquidación es clave para evitar demandas laborales o sanciones por incumplimiento de la Ley Federal del Trabajo (LFT). Un pago mal calculado o incompleto puede derivar en conflictos legales costosos y dañar la reputación de la empresa.
Por ello, tanto empleados como empleadores deben conocer a detalle los elementos que conforman un finiquito y una liquidación, las diferencias entre ambos y la forma en que se calculan. Por esa razón empezaremos este artículo mostrando la diferencia entre uno y otro.
Diferencia entre finiquito y liquidación
Antes de entrar en materia, repasemos los conceptos básicos para evitar confusiones al momento de emplear la jerga laboral. Veamos a continuación las diferencias entre finiquito y liquidación.
- FINIQUITO: ocurre con el término de la relación de trabajo de forma voluntaria entre ambas partes, como cuando el empleado renuncia de modo voluntario (mas no únicamente por ello).
- LIQUIDACIÓN: se trata de la indemnización debida a una decisión tomada por parte de la empresa (únicamente) para prescindir del trabajador.
Situaciones en que se paga el finiquito
Al trabajador le corresponderá el pago del finiquito en alguna de las siguientes situaciones:
- Al renunciar al empleo de manera voluntaria.
- Al concluir el contrato temporal, entregarse el proyecto o específico o cumplirse el periodo determinado en la contratación.
- Al ser despedido, justificada o injustificadamente.
- Al rescindir el contrato por una falta grave cometida por el patrón.
- En caso de invalidez por enfermedad; aquí se añade prima de antigüedad y gratificación por invalidez.
- Con la muerte del trabajador (pago a familiares).
Conceptos que debes conocer antes de calcular un finiquito
Antes de mostrarte como calcular un finiquito de manera correcta, es importante conocer ciertos términos del ámbito laboral que te permitirán conocer mejor tus derechos y obligaciones.
Salario Diario Integrado (SDI)
El SDI es el salario base de un trabajador considerando todas las prestaciones de ley y otros beneficios que recibe. En pocas palabras, es el monto que se usa para calcular indemnizaciones, aportaciones de seguridad social y otros pagos laborales y se obtiene sumando el sueldo base con prestaciones adicionales (tales como aguinaldo proporcional, prima vacacional y bonos) y dividiéndolo entre los días del año.
Salario Mensual Integrado (SMI)
El SMI es el sueldo mensual de un trabajador considerando las prestaciones de ley pero a diferencia del salario neto o bruto, este concepto integra pagos adicionales que forman parte de las obligaciones del empleador. Es un concepto muy importante para determinar indemnizaciones y montos de liquidación.
Prestaciones de ley
Se refiere a los beneficios mínimos que todo trabajador formal en México debe recibir conforme a la LFT. Incluyen:
- Aguinaldo (mínimo 15 días de salario por año trabajado).
- Prima vacacional (mínimo 25% del salario correspondiente a sus días de vacaciones).
- Vacaciones de acuerdo con la antigüedad.
- Participación en el reparto de utilidades (PTU).
- Seguridad social (IMSS, INFONAVIT, AFORE).
En algunos casos, las empresas dan prestaciones superiores a la ley, como seguros de gastos médicos, vales de despensa o bonos de productividad, que también pueden ser considerados en el cálculo del finiquito.
Derechos del trabajador al término de la relación laboral
Cuando un trabajador deja su empleo, ya sea por renuncia o despido, tiene derecho a recibir ciertos pagos dependiendo de la situación:
- Si renuncia voluntariamente, le corresponde el finiquito, que incluye el pago de días trabajados, partes proporcionales de aguinaldo y vacaciones.
- Si es despedido injustificadamente, tiene derecho a una liquidación, que incluye indemnización constitucional y otros beneficios adicionales según el tiempo laborado.
Conocer estos conceptos es fundamental para entender los cálculos y evitar irregularidades en el pago al finalizar la relación laboral.
Cómo se calcula el Finiquito
Para calcular el finiquito deben tomarse en cuenta los días trabajados después de su última paga junto con el monto proporcional por el aguinaldo y prima vacacional de ese año, así como los días vacacionales que no se gozaron y lo correspondiente al PTU (Reparto de Utilidades).
A esta suma se agregan las prestaciones de ley o superiores a las de la ley, cuando se apliquen. Es el caso de las establecidas en el Contrato Colectivo de Trabajo, como los bonos navideños, vales de despensa, caja de ahorro, premios de puntualidad o productividad, entre otros estímulos para los trabajadores. En la figura del finiquito sólo se toma en cuenta la prima de antigüedad si el colaborador formó parte de la nómina por más de 15 años. También existe una calculadora de finiquito y
¿Cuándo ocurre la liquidación?
El Artículo 51 de la Ley Federal del Trabajo establece las causas de rescisión sin responsabilidad para el trabajador. Las más comunes se deben a:
- Reestructura de áreas laborales.
- Cierre de la empresa.
- Desaparición del puesto de trabajo.
También tiene derecho a liquidación el trabajador que no reciba por escrito el aviso del término de la relación laboral con los motivos para ello, situación que va en contra de lo establecido por la ley. Lo que es más, la LFT da por nulo un despido que no se notificó por escrito. Otros escenarios incluyen la disminución de su salario, violencia u hostigamiento sexual por parte del patrón, condiciones que atenten contra su salud o exigirle actos que menoscaben su dignidad.
Casos en que se exenta la liquidación
Ahora bien, no siempre que existe un despido debe haber una liquidación. Según el Artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo, puede haber causas justificadas de despido. En tales casos corresponde el pago de finiquito, pero no de la indemnización; por ejemplo:
- Si el trabajador acumula 3 faltas en 30 días sin permiso para ello.
- Si miente sobre sus títulos académicos o conocimientos para ejercer el puesto.
- Si ejerce hostigamiento o acoso sexual.
- Si incurre en actos de violencia.
- Si acude al centro de trabajo bajo la influencia del alcohol o drogas.
- Si daña los bienes de la empresa.
¿Cómo se calcula de la liquidación?
Calcular el monto de la liquidación es una tarea que debe quedar clara para ambas partes de una relación laboral. Siempre que el pago de la liquidación sea procedente, se deben cumplir con tres obligaciones básicas:
- El ya explicado finiquito
- La prima de antigüedad
- La indemnización por el despido
Prima de antigüedad
Por ley, al empleado liquidado se le pagará una prima por el tiempo en que laboró en la empresa. La prima de antigüedad debe ser de 12 días del vigente por cada año trabajado.
Indemnización
Indemnizar por despido implica cumplir con las siguientes exigencias constitucionales:
- Pago de 3 meses de salario
- Salarios vencidos e intereses (despido injustificado)
- 20 días de salario por cada año de servicio prestado (despido injustificado)
¿A cuánto corresponde la liquidación?
Con los datos anteriores, es muy sencillo hacer las cuentas. Todo dependerá de a cuánto ascienden el Salario Mensual Integrado y el Salario Diario Integrado.
- En cuanto a los 3 meses de salario, éste se calcula multiplicando el Salario Mensual Integrado (SMI) por 3.
- El Salario Diario Integrado (SDI) se obtiene de dividir el salario mensual entre 30 días. Si una persona recibe 10,000 mxn pesos al mes, entonces 10000/30 = 333.33
- Para obtener el concepto de los 20 días de salario por año trabajado, se multiplica el SDI por lo correspondiente. Por ejemplo el sueldo de $10,000 y con un supuesto de 2 años laborales, resulta en $13,953.60 pesos.
- Por aguinaldo, el monto mínimo de ley debe corresponder a 15 días de salario.
- La prima vacacional, en tanto, equivale al 25% del salario dado multiplicado por los días de vacaciones que corresponden a cada según su antigüedad).
- Año 1: 6 días
- Año 2: 8 días
- Año 3: 10 días
- Año 4: 12 días
- De 5 a 9 años: 14 días
- De 10 a 14 años: 16 días
- De 15 a 19 años: 18 días
- De 20 a 24 años: 20 días
- De 25 a 29 años: 22 días
- De 30 a 34 años: 24 días
Condiciones de la indemnización
Hay muchos matices cuando ocurre un despido con indemnización.Algunas de las consideraciones fundamentales son:
- Si el motivo por el cual ocurre el despido no se encuentra en el Art. 47 de la LFT, el tiene derecho a solicitar el pago de la liquidación por despido injustificado.
Debe tomarse en cuenta que, sobre el monto de la liquidación, corresponde al hacer el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Impuestos y deducciones en el pago de finiquito y liquidación
El finiquito y la liquidación están sujetos a impuestos teniendoalgunas excepciones y beneficios fiscales.
Retención de ISR en el finiquito
- Los pagos ordinarios como sueldos, aguinaldo y prima vacacional están sujetos a retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
- El aguinaldo está exento de ISR hasta el equivalente a 30 días de la UMA
- La prima vacacional también tiene una parte exenta: hasta el 25% del salario mensual del trabajador.
Retención de ISR en la liquidación
- La indemnización por despido está exenta hasta 90 días de salario mínimo.
- Cualquier cantidad superior a ese monto se considera ingreso y se le aplica la tarifa del ISR.
Ejemplo de cálculo: Si una liquidación incluye $50,000 de indemnización y la parte exenta es de $30,000, solo $20,000 estarán sujetos a impuestos.
Recomendaciones legales para empresas y empleados
Par lasa empresas es de suma importancia que documentes todo el proceso y tengas evidencia del motivo de la terminación laboral para evitar demandas de manera futura. Recursos humanos debe realizar el cálculo correcto de la suma que se brindará al empleado, ya que un error en el pago del finiquito o liquidación puede derivar en problemas legales.
En nuestras recomendaciones, siempre enfatizamos en entregar un recibo detallado que tenga una especificación de todos los conceptos pagados y éste debe estar firmado por las partes involucradas. Recuerda que la firma del trabajador debe ser voluntaria y con conocimiento de lo recibido pues de eso depende que exista un cierre de común acuerdo entre ambas partes.
Para los empleados, recomendamos que siempre revises los cálculos antes de firmar el finiquito, por eso te hemos presentado antes los pasos de cómo calcular la suma que te corresponde. Siempre debes consultar con un abogado o un experto en caso de dudas sobre el monto y no temas en solicitar un recibo desglosado para evitar confusiones o malentendidos de cada uno de los conceptos que se te estarán pagando.
Si tienes alguna inconformidad, te recomendamos no firmar bajo presión si consideras que el pago es incorrecto.
Preguntas frecuentes sobre finiquito y liquidación
1. ¿Cuál es la diferencia entre finiquito y liquidación?
El finiquito se paga cuando el trabajador renuncia o termina su contrato, incluyendo salario pendiente, aguinaldo y vacaciones. La liquidación se paga cuando hay despido injustificado e incluye indemnización adicional.
2. ¿Cómo se calcula el finiquito si renuncio voluntariamente?
Se suman los días trabajados, el aguinaldo proporcional, las vacaciones no gozadas y la prima vacacional.
3. ¿La empresa puede negarse a pagar el finiquito?
No, el finiquito es un derecho del trabajador, sin importar la causa de terminación laboral.
4. ¿Cuánto tiempo tiene la empresa para pagar el finiquito o liquidación?
Debe pagarse al momento de la separación del trabajador o dentro de los días posteriores acordados.
5. ¿Se puede demandar si el finiquito o liquidación son incorrectos?
Sí, el trabajador puede presentar una demanda ante la Junta de Conciliación y Arbitraje.
sI acumulo más de tres faltas en un mes, ¿se considera un despido sin liquidación?
se puede perder el trabajo si “el empleado tiene más de tres faltas de asistencia en un período de treinta días, sin permiso del patrón o sin causa justificada, pero en este se te dará tu liquidación ya que no te pueden despedir sin haberte liquidado antes.
Si tengo 3 meses y 14 días cuanto me tocaría o de finiquito por despido injustificado
Si tengo 10 años y medio con un sueldo semanal de 3000 cuarto me tocaria por despido injustificado
Hola Salvador, buenas tardes
Te recomiendo que te acerques a tu contador para que te apoye con el cálculo correcto tomando todas las variables como vacaciones, prestaciones, etc.
Gracias.
Si tengo 7 años, trabajando para una empresa solicito un permiso de 2 dias , solamente de voz y regreso al tercer día y checo mi hora de entrada y el mismo arquitecto manipula el aparato de de entrada del personal y se me despide x faltas acumuladas según ellos pero ahí cámara de seguridad como debo de proceder además de que see trato con palabras altisonantes
Buenas si el lugar donde trabajo desde que entré no me dio contrato pero el patrón estaba enterado de que estaba laborando y son 7 años sin seguro, sin aguinaldo y días de descanso no tenía , asta este último año y 6meses que me subieron de puesto a montacarguista pero con medio sueldo 1200 cuando en realidad son 2400 y solo me quieren reconocer el trabajo de 1año y medio del montacargas
Hola, en mi caso me fue de mucha utilidad una calculadora en línea como milicuado.com
Cuanto me toca x 32 años soy gerente sueldo $12150.00 más comiciones oscilan de 5000 a 6500 x mes si me quitan del puesto que procede
Si tengo 3 años y medio laborando y renuncio,cuanto me toca de agunaldo?, mi salario diario era de $227.1, ingrese el 6 sep del 2018 y renuncie el 13 de marzo del 2023
Cómo puedo proceder si yo era encargada y un día llegó el supervisor y me cambiaron de puesto y .me dijieron que si no aceptaba que me hiban a liquidar pero uno por necesidad de no perder su trabajo tuve que aceptar estuve hablando con los gerentes para pedir mi cambio porque yo no puedo estar solamente parada y mucho menos aguantarme de hacer mis necesidades porque me dijo la de auditoría que no podía moverme ni siquiera para ir al baño si no hay quien me cubra y yo por salud tengo que estar en movimiento les expedido a los encargados mi cambio y solo me dan largas es por eso que yo quiero renunciar .
Me ponen falta injustificadas y no faltó que pasá si él resivos está firmado cómo un gabarato y nos es mi firma
fui despedido de la empresa megacable .tengo 6 años laborando,estaba como supervisor de promotores .entro un jefe de zona nuevo y realizo una estadistica de que ubo en un promedio de 6 meses muchos clientes q contrataron el servicio pero no realizaron un pago a la empresa por lo cual despidieron a varios vendedores a mi cargo ,ellos se apoyaron con su sindicato y los restablecieron en su puesto lo cual les causo mucha molestia y dijeron que alguien se tenia que ir y en este caso pues me toco ami ,lo malo es que yo no tengo sindicato por eso recurro a ustedes para ver que me pueden aconsejar
despido
Buen Dia, Cuanto tarda en resolverce una demanda por despido injustificado?
Todo muy bien explicado; no obstante, muy importante considerar que el art. 47, fracción X, de la LFT en México dice que para rescindir la relación laboral sin responsabilidad para el patrón, el trabajador debe acumular más de tres faltas de asistencia en un período de treinta días, sin permiso o sin causa justificada; es decir, son 4 faltas, no 3 como lo dice su artículo. Saludos