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Home Consejos Fiscales Carta Porte

¿Cómo usar la Carta Porte del SAT para operaciones internacionales?

24/07/2024
in Carta Porte
Uso de la Carta Porte para operaciones internacionales

El Complemento Carta Porte que sirve para amparar las operaciones de traslado de mercancías o de servicios de transporte dentro del territorio nacional, no deja de lado las actividades de comercialización internacional por cuanto hace a la movilización de dichos bienes una vez llegados al país o antes de sacarlos para su exportación.

Por eso, las empresas e individuos que se dedican a actividades de comercio exterior también deben ponerse al día en lo referente a las normativas de este complemento de factura electrónica.

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  • Implicaciones del Complemento Carta Porte para el Comercio Exterior
    • Interrogantes de la Carta Porte para importar y exportar
  • Emisión del Complemento Carta Porte
    • Cómo se emplea el Complemento Carta Porte
    • Emisores del CFDI con Carta Porte
  • Llenado del Complemento Carta Porte para fines internacionales
    • Transporte Internacional (TranspInternac)
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  • Emisión del Complemento Carta Porte. – Procedimiento
    • ¿Cómo se emplea el Complemento Carta Porte?
    • Emisores del CFDI con Carta Porte
  • Emite el Complemento Carta Porte del SAT para tus actividades de Comercio Exterior
    • Cómo hacer un CFDI con Carta Porte fácil y rápido

Implicaciones del Complemento Carta Porte para el Comercio Exterior

Para poder realizar la operación de importación o exportación completa, además del cumplimiento de las normas internacionales en materia de transportación (incluyendo la Carta Porte Internacional), el pago de las tasas correspondientes y los trámites aduanales, se requiere la emisión de un Complemento de Carta Porte que se añade a la factura correspondiente.

Es decir, tanto los transportistas como los importadores/exportadores necesitan mostrar obligatoriamente, desde que entró en vigor en 2021, el cumplimiento en la emisión del CFDI con dicho complemento.

De esta manera, las unidades de transporte podrán circular con libertad dentro de los límites geográficos nacionales y estar en condiciones de transitar por las aduanas carreteras o embarcar sus mercancías en puertos y aeropuertos, así como hacer uso del servicio ferroviario internacional.

Interrogantes de la Carta Porte para importar y exportar

Dado que se trata de un nuevo elemento incorporado a la facturación de las personas físicas y morales que trasladan sus mercancías dentro y fuera del país, el SAT emitió un documento con Preguntas y Respuestas que ayudan a salir de dudas ante cualquier escenario. En lo concerniente a las operaciones en el extranjero, se encuentran las siguientes:

A.      Para efectos del traslado en territorio nacional de mercancía de importación o de exportación, ¿será necesario emitir un CFDI con el Complemento Carta Porte?

Sí, se debe emitir un CFDI con el complemento. Adicionalmente tendrás que contar con los documentos que amparan el traslado de los bienes o mercancías de manera internacional.

B.      Si me dedico al traslado de bienes o mercancías vía marítima, ¿debo contar con el número de identificación asignado por la Organización Marítima Internacional?

Sí, ya que este dato es requerido para la emisión del CFDI con el complemento.

C.       Si me dedico al traslado internacional de bienes o mercancías vía marítima, ¿debo conocer la nacionalidad de la embarcación?

Sí, debes proporcionar este dato en el CFDI con Carta Porte. 

Emisión del Complemento Carta Porte

A partir de junio de 2021, todos los contribuyentes que requieran trasladar bienes o mercancías en territorio nacional deben generar un CFDI con Complemento Carta Porte con el fin de relacionar dichos productos trasladados, sus ubicaciones de origen, los puntos intermedios y destinos.

También se registran las modalidades de transporte y las vías empleadas para ello: terrestre, marítima, fluvial, aérea o ferroviaria; además de incluir el traslado de Hidrocarburos y Petrolíferos.

Con esta resolución del Servicio de Administración Tributaria (SAT), cuya obligatoriedad inició el 30 de septiembre de ese mismo año, no solamente se ampara la tenencia de los artículos durante su traslado, sino que se brindan garantías de transparencia fiscal y eficacia administrativa.

Cabe resaltar que la Carta que en 2021 entró en vigor era la versión 1.0, misma que fue sustituida por la 2.0 y es obligatorio emitirla en esta nueva versión desde el 1 de enero de 2022, aunque contenga información errónea. Para el 1 de diciembre de 2024 comenzarán a aplicarse multas por contener errores.

Cómo se emplea el Complemento Carta Porte

En el llenado del Complemento Carta Porte se deja constancia detallada de toda la transacción comercial y su respectiva movilización de bienes, lo cual queda registrado en el archivo XML de la Carta Porte y su representación en PDF.

El complemento acompaña a dos tipos de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet dependiendo de cómo se organiza la empresa que produce o vende los productos movilizados: CFDI de Ingreso o CFDI de Traslado. Si no se trata de cualquiera de ambos CFDI, entonces el Complemento Carta Porte no puede aplicarse.

Emisores del CFDI con Carta Porte

El CFDI al que se añade el Complemento Carta Porte debe ser emitido por:

  • Empresa productora. La propia compañía que produce, transforma o comercializa los bienes y mercancías, transportándolos en unidades de transporte propias, expiden el CFDI de tipo Traslado con Complemento Carta Porte.
  • Intermediarios o agentes de transporte. Los proveedores que trasladan la carga en unidades de la empresa que los contrata emiten un CFDI de tipo Traslado con Complemento Carta Porte.
  • Operadores logísticos. Las empresas que ofrecen servicios integrales de planeación, transportación y gestión de todo el proceso deben emitir CFDI de tipo Ingreso con Complemento Carta Porte.

Llenado del Complemento Carta Porte para fines internacionales

Diversas secciones del Comprobante Fiscal hacen alusión a los requerimientos internacionales. En el llenado de los campos del Complemento Carta Porte para el comercio exterior intervienen distintas consideraciones, como la modalidad del transporte. Conoce algunos de los campos más relevantes a continuación (algunos son obligatorios y otros son complementarios).

Transporte Internacional (TranspInternac)

Campo obligatorio para registrar si los bienes o mercancías que son transportadas, ingresan o salen del territorio nacional. Sólo se pueden registrar los valores “Sí” o “No”.

1.       Una vez seleccionado el valor “Sí” se debe registrar información en los campos «EntradaSalidaMerc» y «ViaEntradaSalida».

2.       Tratándose de un CFDI de tipo “I” (Ingreso) se deberá relacionar los números de pedimento dentro de la sección «InformacionAduanera» para los bienes o mercancías que se trasladan asociadas al servicio. 

3.       Tratándose de un CFDI de tipo “T” (Traslado) se debe registrar la información del número de pedimento dentro de la sección «InformacionAduanera» para cada uno de los bienes o mercancías registrados a nivel CFDI que se están trasladando.

Entrada o Salida de Mercancías (EntradaSalidaMerc)

Campo condicional para registrar si los bienes o mercancías ingresan o salen del territorio nacional. Sólo se pueden registrar los valores “Entrada” o “Salida”.

Vía de entrada o salida (ViaEntradaSalida)

Campo condicional para registrar la clave de la vía de ingreso o salida de los bienes o mercancías en territorio nacional, contenida en el Catálogo del Complemento Carta Porte, c_CveTransporte, publicado en el portal del SAT. Ejemplo: ViaEntradaSalida= 03

Clave transporteDescripción del tipo de transporte
01Autotransporte Federal
02Transporte Marítimo
03Transporte Aéreo
04Transporte Ferroviario
05Ducto

Tipo de Estación (TipoEstacion)

Campo condicional para registrar la clave del Catálogo del Complemento Carta Porte, «c_TipoEstacion» del tipo de estación por el que pasan los bienes o mercancías durante su traslado en los distintos medios de transporte.

1.       Si el campo «TranspInternac» contiene el valor “No” y si existe la sección «TransporteFerroviario», «TransporteMaritimo» o «TransporteAereo» de la sección «Mercancias», este campo se debe registrar y contener una clave del mencionado catálogo.

2.       Por el contrario, si el campo «TranspInternac» contiene el valor “Sí” este campo no debe registrarse siempre que el Origen o Destino de los bienes o mercancías sea fuera de territorio nacional, por lo que el campo «Pais» de la sección «Ubicación» debe contener una clave distinta de “MEX”. También es posible registrar una clave del catálogo del complemento Carta Porte «c_TipoEstacion».

Clave de estaciónDescripción del tipo de estaciónClave de transporte
01Origen Nacional02, 03 y 04
02Intermedia02, 03 y 04
03Destino Final Nacional02, 03 y 04

Fracción arancelaria (FraccionArancelaria)

Campo condicional que sirve para registrar la clave de la fracción arancelaria del Catálogo de Comercio Exterior, «c_FraccionArancelaria», publicado también en el sitio del SAT y que corresponde a la descripción de los bienes o mercancías que se trasladan en importación o exportación.

1.       Este dato se vuelve requerido cuando el campo EntradaSalidaMerc contenga información.

2.       Si el campo TranspInternac contiene el valor “Sí”, este campo contendrá alguna de las claves del catálogo c_FraccionArancelaria.

3.       En caso de que el campo TranspInternac contenga el valor “No”, este campo no debe existir.

c_FraccionArancelariaDescripción
64011002Calzado para hombres y mujeres.

UUID del comprobante de comercio exterior (UUIDComercioExt)

Campo condicional para registrar el folio fiscal o UUID del Comprobante de Comercio Exterior que se relaciona.

1.       Este dato se vuelve requerido cuando el campo «EntradaSalidaMerc» contenga el valor “Salida”.

2.       Este campo puede existir siempre que el valor registrado en el campo «TranspInternac» es “Sí” y si la exportación es considerada definitiva (de tipo A1).

Permiso SCT Marítimo (PermSCT)

Campo opcional para registrar la clave del tipo de permiso proporcionado por la SCT del Catálogo del Complemento Carta Porte «c_TipoPermiso», el cual debe corresponder a la navegación que se está utilizando para el traslado de los bienes o mercancías. Ejemplo: PermSCT= TPTM01.

ClaveDescripciónClave de transporte
TPTM01Permiso temporal para navegación de cabotaje02

Número OMI (*NumeroOMI)

Campo requerido para registrar el número de identificación asignado por la Organización Marítima Internacional a la embarcación encargada de transportar los bienes o mercancías. Ejemplo: NumeroOMI= 8655748

Unidades de arqueo bruto (*UnidadesDeArqBruto):

Campo requerido para registrar el valor de las unidades de arqueo bruto conforme a las medidas internacionales definidas por el ITC para cada tipo de buque o embarcación en la que se transportan los bienes o mercancías. Ejemplo: UnidadesDeArqBruto= 7582.023

Permiso SCT Aéreo (*PermSCT)

Campo requerido para registrar la clave del Catálogo del Complemento Carta Porte «c_TipoPermiso» del tipo de permiso proporcionado por la SCT o la autoridad análoga para el transporte de bienes o mercancías vía aérea. Ejemplo: PermSCT= TPTA01.

Tipo permisoDescripción
TPTA01Concesión y/o autorización para el servicio regular nacional y/o internacional para empresas mexicanas.
TPTA02Permiso para el servicio aéreo.
TPTA03Permiso para el servicio nacional.

Emisión del Complemento Carta Porte. – Procedimiento

A partir de junio de 2021, todos los contribuyentes que requieran trasladar bienes o mercancías en territorio nacional deben generar un CFDI con Complemento Carta Porte con el fin de relacionar dichos productos trasladados, sus ubicaciones de origen, los puntos intermedios y destinos.

También se registran las modalidades de transporte y las vías empleadas para ello: terrestre, marítima, fluvial, aérea o ferroviaria; además de incluir el traslado de Hidrocarburos y Petrolíferos.

Con esta resolución del Servicio de Administración Tributaria (SAT), cuya obligatoriedad inició el 30 de septiembre de ese mismo año, no solamente se ampara la tenencia de los artículos durante su traslado, sino que se brindan garantías de transparencia fiscal y eficacia administrativa.

Cabe resaltar que la Carta que en 2021 entró en vigor era la versión 1.0, misma que fue sustituida por la 2.0 y es obligatorio emitirla en esta nueva versión desde el 1 de enero de 2022, aunque contenga información errónea. Para el 1 de agosto de 2023 comenzarán a aplicarse multas por contener errores.

¿Cómo se emplea el Complemento Carta Porte?

En el llenado del Complemento Carta Porte se deja constancia detallada de toda la transacción comercial y su respectiva movilización de bienes, lo cual queda registrado en el archivo XML de la Carta Porte y su representación en PDF.

El complemento acompaña a dos tipos de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet dependiendo de cómo se organiza la empresa que produce o vende los productos movilizados: CFDI de Ingreso o CFDI de Traslado. Si no se trata de cualquiera de ambos CFDI, entonces el Complemento Carta Porte no puede aplicarse.

Emisores del CFDI con Carta Porte

El CFDI al que se añade el Complemento Carta Porte debe ser emitido por:

  • Empresa productora. La propia compañía que produce, transforma o comercializa los bienes y mercancías, transportándolos en unidades de transporte propias, expiden el CFDI de tipo Traslado con Complemento Carta Porte.
  • Intermediarios o agentes de transporte. Los proveedores que trasladan la carga en unidades de la empresa que los contrata emiten un CFDI de tipo Traslado con Complemento Carta Porte.
  • Operadores logísticos. Las empresas que ofrecen servicios integrales de planeación, transportación y gestión de todo el proceso deben emitir CFDI de tipo Ingreso con Complemento Carta Porte.

Emite el Complemento Carta Porte del SAT para tus actividades de Comercio Exterior

Si manejas negocios nacionales e internacionales, invariablemente deberás emitir la factura por la actividad de distribución de tus productos para demostrar a las autoridades tributarias todo lo concerniente al ingreso de dinero por tus ventas, los montos erogados por las movilizaciones y, por supuesto, el pago de impuestos, entre otros asuntos fiscales.

El Complemento Carta Porte agregado al CFDI aplica tanto si distribuyes tus mercancías por medios propios durante su trayecto en México como si contratas un servicio de transporte que lo haga por ti. Aplica, asimismo, si eres persona física o moral.

Cómo hacer un CFDI con Carta Porte fácil y rápido

No hay más remedio que aprender a manejar los conceptos del complemento, especialmente si operas en el exterior, pues algunos de los campos se relacionan con la documentación extranjera que necesitas tramitar. Por ejemplo, demostrar el pago de cuotas arancelarias de importación.

La buena noticia es que con Facturama podrás hacerlo de manera simplificada y, una vez hayas generado el primero, también automatizada. Expedir tu CFDI con Carta Porte es sumamente fácil a través de nuestra plataforma de facturación en línea.

¿Operas negocios en el extranjero? Facturama es tu aliada en facturación. Solamente debes seguir los pasos para generar el Complemento Carta Porte de nuestro tutorial.

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