Si vendes gasolina o diésel en México — o eres de los que pide factura cada vez que carga combustible
Última actualización: Abril 2026 · Normativa vigente: CFDI 4.0 · RMF 2026 ·
Por: Mónica Gordillo, Contadora Pública
Portal del SAT para confirmar cambios recientes.
Si vendes gasolina o diésel en México — o eres de los que pide factura cada vez que carga combustible —, esto te toca. El SAT (Servicio de Administración Tributaria) publicó un nuevo complemento obligatorio para el CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet, la factura electrónica oficial en México) que entra en vigor el 24 de abril de 2026. A partir de ese día, toda factura de combustible que no lo incluya pierde validez fiscal.
No es un cambio menor. Afecta a gasolineras, distribuidores, empresas que deducen combustible y hasta al público general que pide factura. Te explico qué cambia, por qué y qué tienes que hacer antes de esa fecha.
¿Qué es el complemento de hidrocarburos y petrolíferos?
El complemento de hidrocarburos es un bloque de datos obligatorio que se incorpora al CFDI 4.0 cada vez que se factura la venta de gasolina regular, gasolina premium o diésel. Fue publicado por el SAT el 25 de marzo de 2026 y entra en vigor el 24 de abril del mismo año.
En términos prácticos: si hoy facturas combustible y no incluyes nada extra, a partir del 24 de abril eso ya no funciona. Tu PAC (Proveedor Autorizado de Certificación — la entidad que timbra tus facturas ante el SAT) rechazará el CFDI si no trae el complemento.
La medida fue impulsada por el SAT junto con la Secretaría de Energía (SENER), la Comisión Nacional de Energía (CNE) y la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT). ¿Para qué? Para frenar el huachicoleo y la introducción irregular de combustibles al mercado mexicano — un problema que genera pérdidas millonarias cada año.
¿A quién afecta el complemento de combustibles?
Gasolineras, distribuidores y comercializadores
Son los principales obligados. Si tu empresa vende gasolina o diésel con permiso vigente de la CNE, cada CFDI que emitas debe llevar el complemento. Sin él, la factura no se timbra y tus ventas quedan bloqueadas desde el sistema — no hay forma de saltárselo.
Para que dimensiones el impacto: imagina una gasolinera en Monterrey con tres dispensarios. Cada venta que se facture — Magna, Premium, diésel — necesita el complemento. Estamos hablando de cientos de CFDIs al día. Si tu sistema no está actualizado para el 24 de abril, la operación se frena en seco.
¿Y las empresas que deducen combustible?
Si tu negocio opera flotillas, transporte o logística, no estás obligado a emitir el complemento — pero sí te afecta recibirlo. Si tu proveedor de combustible te entrega un CFDI sin el complemento o con datos incorrectos después del 24 de abril, ese comprobante no tiene efectos fiscales. No podrás deducirlo ni acreditar el IVA (Impuesto al Valor Agregado).
La recomendación es directa: habla con tus proveedores hoy. Pregunta si ya tienen la actualización lista. Y capacita a tu equipo de cuentas por pagar para que rechace facturas de combustible sin complemento a partir de esa fecha.
Público general que pide factura en la gasolinera
Si solicitas factura por tus cargas de gasolina para deducirlas como persona física, el CFDI que te entreguen a partir del 24 de abril debe incluir el complemento. Si la estación de servicio no está actualizada, la factura que recibas no servirá ante el SAT.
API de facturación electrónica.
Si tu sistema necesita emitir CFDIs de combustible de forma automatizada, puedes integrarlo antes del deadline.
Crea tu cuenta gratuita y recibe folios de prueba para validar.
¿Qué datos incluye el complemento de hidrocarburos en cada factura?
Cada factura de combustible tendrá que incluir tres datos nuevos dentro de cada concepto de la factura (no en el encabezado general del CFDI, sino por producto):
| Dato | Qué es | Validación |
|---|---|---|
| Tipo de permiso | La categoría de actividad que tiene el emisor ante la CNE (distribución, venta al público, almacenamiento, etc.) | Debe coincidir con el catálogo oficial del SAT |
| Número de permiso | El identificador único del permiso otorgado por la CNE | Se cruza en tiempo real contra la lista L_CNE de permisos vigentes |
| Tipo de combustible | Gasolina regular, gasolina premium o diésel | Debe corresponder al catálogo de combustibles del SAT |
El detalle técnico que importa: si una factura tiene varios conceptos de combustible — por ejemplo, venta de Magna y Premium en el mismo CFDI —, cada concepto debe llevar su propia información del complemento. No basta con ponerlo una sola vez a nivel general.
La base legal es la Regla 2.7.1.48 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, publicada en el Anexo 29 del Diario Oficial de la Federación (DOF).
¿Cómo valida el SAT el complemento al timbrar?
El complemento funciona como un candado digital. Al momento de timbrar la factura, el sistema del PAC ejecuta estas validaciones automáticas:
- Verifica que el emisor tenga permiso vigente ante la CNE. Cruza el número de permiso declarado contra la lista L_CNE — un catálogo que la CNE publica y actualiza diariamente.
- Confirma que el tipo de permiso coincida con la actividad. Si tu permiso es de distribución pero estás facturando venta al público, la factura se rechaza.
- Valida el tipo de combustible contra el catálogo del SAT. Solo acepta las claves autorizadas: gasolina regular, premium y diésel.
Si algo no coincide en cualquiera de estos pasos, la factura simplemente no se timbra. No hay override ni excepción manual.
Factura de combustible: antes y después del 24 de abril
| Aspecto | Antes del 24 de abril | Después del 24 de abril |
|---|---|---|
| Datos en CFDI | CFDI estándar sin campos adicionales de combustible | CFDI con complemento de hidrocarburos obligatorio por concepto |
| Validación de permiso | No se valida permiso CNE al timbrar | Cruce automático en tiempo real contra lista L_CNE |
| Factura sin complemento | Válida fiscalmente | Sin efectos fiscales — no deducible, no acreditable |
| Cancelación | Proceso estándar de cancelación CFDI | Requiere aceptación expresa del receptor en el portal del SAT |
| Multa por incumplimiento | N/A | $17,000 — $97,000 MXN por comprobante (personas morales) |
¿Qué pasa si no incluyes el complemento de hidrocarburos?
Si no cumples, te va a doler — y rápido:
| Rol | Consecuencia |
|---|---|
| Emisores (gasolineras, distribuidores) | No pueden timbrar facturas. Sus ventas quedan bloqueadas desde el sistema — sin forma de evadir la validación. |
| Receptores (empresas, flotillas) | Las facturas sin complemento no sirven para deducir impuestos ni acreditar IVA. Gasto perdido. |
| Multas (personas morales) | Entre $17,000 y $97,000 pesos por comprobante, según lo establecido por el SAT. |
| Cancelación | Un CFDI con complemento de hidrocarburos solo puede cancelarse con la aceptación expresa del receptor en el portal del SAT. Nada de cancelaciones unilaterales. |
¿Qué debes hacer antes del 24 de abril de 2026?
Si eres gasolinera o distribuidor de combustible
- Verifica que tu permiso ante la CNE esté vigente en cne.gob.mx. Si venció o está en proceso de renovación, muévete ya — sin permiso vigente no podrás timbrar a partir del 24 de abril.
- Confirma con tu proveedor de software o PAC que la actualización del complemento ya está disponible en tu sistema de facturación. No esperes al último día.
- Haz pruebas antes del 24 de abril. Emite facturas de prueba en el ambiente sandbox de tu proveedor para detectar errores antes de que afecten tu operación real.
Si eres empresa que deduce combustible
- Habla hoy con tus proveedores de combustible. Pregunta directamente: “¿Van a estar listos para el 24 de abril?” Si no te dan una respuesta clara, busca alternativas.
- Capacita a tu equipo de cuentas por pagar. A partir del 24 de abril, cualquier factura de gasolina o diésel sin el complemento debe rechazarse. No aceptarla y esperar que “se arregle después” — para entonces ya no será deducible.
Si eres contador o administrador fiscal
- Notifica de inmediato a tus clientes del sector combustibles. Muchos no leen el DOF ni están enterados del cambio.
- Verifica que sus sistemas de facturación ya tengan programada la actualización. Si usan un sistema propio, puede requerir desarrollo — y quedan pocos días.
Errores comunes con el complemento de hidrocarburos y cómo evitarlos
De los +55,000 negocios que usan Facturama, los del sector combustibles ya están haciendo pruebas. Estos son los errores que más hemos visto en las primeras integraciones:
| Error | Por qué ocurre | Cómo evitarlo |
|---|---|---|
| Número de permiso incorrecto | Error de captura o confusión con permiso anterior | Consultar directamente en cne.gob.mx el número vigente |
| Permiso vencido | Renovación en trámite que no se completó a tiempo | Verificar vigencia mínimo 30 días antes del 24 de abril |
| Tipo de combustible equivocado | Usar la clave de gasolina premium cuando es regular (o viceversa) | Mapear las claves del catálogo SAT a tus productos internos antes de salir a producción |
| Complemento a nivel CFDI y no por concepto | Poner los datos del complemento una sola vez en lugar de por cada producto | Cada concepto de combustible en la factura debe tener su propio bloque del complemento |
| No hacer pruebas antes del 24 de abril | Asumir que “el sistema se actualiza solo” | Emitir facturas en sandbox mínimo 1 semana antes. Mejor pecar de precavido |
¿Tu empresa factura grandes volúmenes de combustible?
Para cadenas gasolineras, distribuidores mayoristas o empresas con flota propia, la facturación manual no es opción. Necesitas un sistema que automatice la emisión y validación de estos CFDIs sin margen de error — porque un complemento mal armado en cientos de facturas al día se convierte en un problema fiscal serio antes de que te des cuenta.
El API de facturación electrónica de Facturama te permite integrar la emisión de CFDI 4.0 directamente en tu sistema, ERP o punto de venta, con soporte para el complemento de hidrocarburos. Cada factura se valida automáticamente contra los catálogos del SAT y la lista L_CNE antes de timbrar.
Si necesitas timbrar CFDIs de combustible desde el día uno, puedes probarlo ahora: crea tu cuenta gratuita en Facturama y recibe folios de prueba para validar la integración antes del 24 de abril. La documentación del API está disponible para que tu equipo técnico empiece hoy.
Complemento de Hidrocarburos y Petrolíferos con Carta Porte: cómo conviven
Si tu operación incluye transporte de combustible — típico en distribuidores mayoristas, autotanques y flotas dedicadas —, tu CFDI tendrá que llevar dos complementos al mismo tiempo: el de Hidrocarburos y Petrolíferos (por el producto vendido) y el Complemento Carta Porte 3.1 (por el traslado).
¿En qué parte del CFDI va cada uno?
| Complemento | Dónde se captura | Qué valida |
|---|---|---|
| Hidrocarburos y Petrolíferos | Dentro de cada concepto de combustible en la factura | Permiso CNE vigente + tipo de combustible contra catálogo SAT |
| Carta Porte 3.1 | A nivel comprobante, como complemento del CFDI completo | Origen, destino, vehículo, operador y mercancías transportadas |
Ejemplo práctico: distribuidor de diésel
Imagina un distribuidor que vende 5,000 litros de diésel a una gasolinera en Querétaro y los entrega con su propio autotanque. El CFDI que emite ese día lleva:
- El concepto de venta (5,000 litros de diésel) con el complemento de Hidrocarburos y Petrolíferos — número de permiso CNE + clave de diésel.
- La sección de Carta Porte 3.1 con los datos del traslado — placas del autotanque, licencia del operador, origen (terminal), destino (gasolinera), clave de producto/servicio SAT del combustible transportado.
Los dos bloques coexisten sin problema. La única regla: cada uno en su lugar y con sus propias validaciones. Si uno de los dos falla, el CFDI completo se rechaza.
Preguntas frecuentes sobre el complemento de hidrocarburos y petrolíferos
¿El complemento aplica para gas LP o gas natural?
Por ahora el complemento aplica exclusivamente para gasolina regular, gasolina premium y diésel. El SAT podría ampliar el catálogo en futuras versiones del Anexo 29, así que conviene revisar el portal del SAT periódicamente si manejas otros combustibles.
¿Puedo usar el Complemento Carta Porte y el de Hidrocarburos en el mismo CFDI?
Sí, ambos complementos pueden coexistir en el mismo CFDI. Si transportas diésel o gasolina, el comprobante llevará los datos de hidrocarburos en cada concepto de combustible, y la información logística en la sección de Carta Porte. No se excluyen mutuamente.
¿Qué es la lista L_CNE y por qué importa para timbrar?
La lista L_CNE es un catálogo de permisos vigentes que la Comisión Nacional de Energía publica y actualiza diariamente. Cuando timbras un CFDI con el complemento de hidrocarburos, el sistema cruza el número de permiso del emisor contra esta lista en tiempo real. Si el permiso no aparece — ya sea porque venció, fue revocado o simplemente hay un error de captura — la factura se rechaza. Así de tajante.
¿Cuál es la multa por emitir facturas de combustible sin el complemento?
Para personas morales, la multa va de $17,000 a $97,000 pesos por cada comprobante emitido sin el complemento después del 24 de abril de 2026. Pero la multa es solo parte del problema: el CFDI sin complemento no tiene validez fiscal, así que tampoco podrá usarse para deducción ni acreditamiento de IVA.
¿Dónde consulto la documentación técnica oficial?
En sat.gob.mx, dentro de la sección “Factura Electrónica” → “Complementos de Factura”. La especificación técnica completa (XSD, catálogos y reglas de validación) está en el Anexo 29 de la RMF 2026, disponible en el DOF.
El reloj corre: prepárate antes del 24 de abril
El complemento de hidrocarburos no es un cambio cosmético ni algo que puedas resolver “después”. Si facturas, recibes o procesas CFDIs de combustible, afecta tu operación desde el día uno. La buena noticia: aún tienes tiempo de prepararte si actúas esta semana.
Verifica permisos, confirma con tu PAC o proveedor de software, y haz pruebas en sandbox. Si necesitas emitir CFDIs de combustible de forma automatizada, el API de Facturama ya soporta el complemento.
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Este artículo fue actualizado en abril de 2026 conforme a la Regla 2.7.1.48 de la RMF 2026 y la documentación publicada por el SAT, SENER, CNE y ATDT. La normativa fiscal puede cambiar — consulta siempre la
versión vigente en el Portal del SAT antes de tomar decisiones fiscales.
Facturama es una plataforma de facturación electrónica; no es un PAC ni sustituye asesoría fiscal profesional.








































