Facturación 4.0 CFDI – Conoce todos los cambios del SAT

Facturación 4.0

Actualiza tus facturas con la versión 4.0 del CFDI

Tal como anunciara el SAT en fechas recientes, la nueva versión del CFDI 4.0 es ya una realidad que entró en vigor a partir del 1 de enero de 2022. Conoce lo que este cambio significa para que puedas emitir tus facturas electrónicas cumpliendo con la última actualización fiscal.

Ebook CFDI 4.0 - facturación 4.0

Principales cambios en la reforma fiscal del SAT

La Reforma Fiscal 2022 vino acompañada de importantes cambios, como las modificaciones al Código Fiscal de la Federación (CFF), así como a las respectivas Leyes del ISR, IVA, IEPS e ISAN que se relacionan con la reforma, adición y derogación a diversas disposiciones.

A la par de estas novedades, destacan especialmente los nuevos ordenamientos acerca de la emisión de CFDI, constituyendo los principales asuntos fiscales con los que deben estar familiarizados los contribuyentes en México porque de ello depende la forma en que van a facturar.

A partir de la fecha obligatoria fijada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para adoptar el nuevo formato de facturación en 2022, los proveedores de timbrado deberán migrar o hacer todos los cambios necesarios en sus plataformas para adaptarse al CFDI 4.0, por lo que será mejor que te mantengas al día en tu sistema de facturación online.

La nueva facturación electrónica 4.0 en un vistazo

Los cambios más importantes que se implementan en los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) se resumen en:

  1. Se especificarán el nombre y el domicilio fiscal del emisor y del receptor de la factura.
  2. Indicará si las operaciones amparadas son objeto de impuestos indirectos.
  3. Llevará nuevos apartados para informar sobre operaciones con el público en general y las realizadas a cuenta de terceras personas.
  4. Podrán identificarse las operaciones donde haya una exportación de mercancías.
  5. Ahora podrán cancelarse las facturas, siempre que se señale la razón de ello y se haga dentro del plazo fijado.

¿Cuándo ha entrado en vigor la factura 4.0?

Mediante su Portal de Servicios al Contribuyente, la autoridad fiscal dio a conocer que la entrada en vigor de la versión 4.0 del CFDI inicia el 1 de enero de 2022 de manera no obligatoria. Dicha obligatoriedad comenzará el 1 de abril de 2023, lo que significa que los Proveedores Autorizados de Certificación (PAC) tendrán un plazo de adaptación de un año con tres meses. Cumplido ese periodo, los contribuyentes que no estén facturando bajo el esquema CFDI 4.0 no podrán emitir sus comprobantes fiscales.

Ventajas de las modificaciones al CFDI 4.0

Las medidas adoptadas, de acuerdo con el SAT, tienen el objetivo de responder a la Miscelánea Fiscal. Asimismo, se busca robustecer el timbrado electrónico y los servicios agregados.

Para la autoridad tributaria, se incrementará la calidad de la información recibida por parte de los contribuyentes a través de sus CFDI emitidos. Esto se traduce en que brindará un mayor control en la determinación de impuestos basados en el flujo de efectivo, como el IVA.

Por lo tanto, uno de los beneficios del CFDI 4.0 es que facilitará las declaraciones sobre las transacciones que se realizan de manera diferida, ya que permitirá identificar la factura original de la cual proviene la operación.

En contraparte, los contribuyentes se benefician al agilizarse sus declaraciones con información prellenada. Además, podrán recibir mejores servicios del SAT.

¿Cuáles son los cambios al CFDI 4.0?

Aunque ya mencionamos los puntos más relevantes de las nuevas disposiciones, cabe apuntar el desglose de las modificaciones que traen consigo y que serán efectivas desde el arranque de 2022.

Así, los cambios a la factura electrónica no solamente implican la emisión de CFDI, que pasan de la versión 3.3 a la 4.0, sino que se realizarán también ajustes a dos documentos complementarios: el CFDI de retenciones e información de pagos y el Complemento de recepción de pagos.

Nueva versión CFDI 4.0

Uno de los aspectos fundamentales de los nuevos comprobantes fiscales se relaciona con la especificación del régimen fiscal del receptor, un dato que será obligatorio y sin el cual no será posible la expedición de la factura. De igual manera:

  • El nombre y domicilio fiscal de emisor y de receptor son datos obligatorios.
  • Identifica si las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos indirectos a través de la especificación del régimen fiscal.
  • Identificará si las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos indirectos a través de la especificación del régimen fiscal.
  • Es posible relacionar más de un CFDI en las secuencias de comprobantes relacionados para una trazabilidad más eficiente.
  • Añadidura y eliminación de atributos para facturar operaciones de exportación.
  • Nuevos atributos para facturación a través de adquirientes de bienes que no sean enajenables.

Se añaden dos nuevos nodos:

  • a Información global: para los comprobantes globales expedidos a público en general.
  • b) A cuenta de terceros: la información que se pide para efectos de la facturación a cuenta de terceros se incluye en el cuerpo del CFDI.

Cambios al CFDI de Retenciones e Información de Pagos

La factura que ampara retenciones de impuestos e información de pagos realizados es aquella que permite documentar dichas operaciones para el caso de los contribuyentes que residen en el extranjero.

Este CFDI se refiere a dividendos, arrendamiento en fideicomiso, enajenación de acciones, fideicomiso no empresarial, intereses, intereses hipotecarios, pagos a extranjeros, planes de retiro, premios, operaciones con derivados y sector financiero.

Las novedades que trae consigo son:

  • Se actualiza a la versión 2.0.
  • Son también obligatorios el nombre y domicilio fiscal del emisor y del receptor.
  • Incluye un nodo que permitirá relacionar el CFDI correspondiente.
  • Se añade un atributo para incluir el lugar de expedición como en el CFDI.
  • Se agregan atributos para el régimen del emisor.
  • Nuevos atributos condicionales en los totales para utilidad e ISR.

Formato nuevo para el Complemento de Pagos en 2022

El Complemento para recepción de pagos, es decir aquél que debe expedirse junto con el CFDI cuando se reciben pagos en parcialidades o de manera diferida, también se ve renovado. Ahora ya solamente podrá emplearse con el CFDI tipo P. Adicionalmente:

  • Su versión se actualiza a la 2.0.
  • Nuevo campo para expresar los importes totales de los pagos realizados de los nodos Pago.
  • Mediante atributo añadido se indicará si el pago es objeto o no de impuestos, detallando los Traslados y Retenidos.

Condiciones para cancelar facturas 2022

La cancelación de facturas es una novedad incorporada para satisfacción del contribuyente. Se realiza de la siguiente manera:

  • El emisor de la factura debe indicar el motivo de la cancelación. Para ello habrá cuatro posibles valores.
  • Es necesario indicar el folio fiscal que sustituye al CFDI cancelado en la validación con clave 01.
  • Se incluyen validaciones para limitar la cancelación de CFDI al ejercicio correspondiente.
  • Los plazos para la cancelación fueron actualizados.

 

Otras modificaciones en la reforma fiscal del SAT en 2022

De forma adicional a todo lo anterior, las consideraciones que deben tomar en cuenta las personas físicas y morales que tributarán bajo la nueva modalidad del CFDI 4.0 son las siguientes:

  • Existen nuevos catálogos y reglas de validación.
  • Se añade un atributo para los casos de sector primario.
  • Se sustituye el complemento a cuenta de terceros por un elemento nuevo a nivel de concepto.
  • Se incluye la información para los comprobantes globales que emitirán los contribuyentes del nuevo Régimen Simplificado de Confianza, vigente desde el 2022.

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Posted on: 01/01/2022

35 thoughts on “Facturación 4.0 CFDI – Conoce todos los cambios del SAT

    1. Si te refieres al aplicativo del SAT, no vas a tener ningún problema. Cuando se realizo la transición de la versión 3.2 a 3.3 ellos ajustaron y actualizaron el programa de facturación, espero que sea de utilidad la respuesta. Saludos.

  1. Hola.
    ¿Cualquiera de sus paquetes de facturas o la suscripción anual al plan premium incluye todos los complementos que puedan requerirse en un CFDI o se generan cobros adicionales por complemento?

  2. Hola buen día, tengo una pequeña duda, al artículo menciona que será también obligatorio el domicilio fiscal del emisor y del receptor, ¿Aplicará también para la emisión de un recibo de nómina?. Es decir, ¿se tendrá que agregar la dirección del trabajador?

    Gracias, saludos

  3. No he podido facturar con la nueva versión…. no me aparecen los impuestos retenidos ni el total… por lo que no me deja sellar…

    Será problema del sistema? o algo no estoy considerando…

    Gracias y saludos

  4. Hola buen dia, se desea facturarle a una empresa que tiene sucursales, ¿Que código postal se debe considerar, el de la matriz o el de la sucursal?. Gracias.

  5. En la entrada se menciona que el Regimen Fiscal del receptor tambien sera obligatorio, pero no encuentro donde agregarlo a una factura o cliente en mi catalogo. Ya esta habilitado el sistema para soportar 4.0?

    1. Ja ja ja ja no te preocupes, esto es para las personas que roban mucho, perdón, para los que venden mucho y no pagan impuestos, o tenían facturaciones falsas, o compran artículos robados y los revenden, como por ejemplo los guachicoles.
      Y no creo que ese sea tu caso, así que tranquilo, que se preocupen otros.

  6. Que tan cierto es que en la nueva version 4.0 ya no se debe poner el regimen capital, en este caso de las personas morales.

  7. Buen dia, en la version 4.0 en el caso de cancelacion y sustitucion se podra relacionar la factura anterior, lo que pasa un proveedor me dice que ya no es necesario solo con especificar el motivo 1,2, 3,4 por tus comentarios gracias

  8. Buen Día
    Descargamos el Demo e hicimos una prueba con una factura que ya teníamos, pero al momento de hacer la captura de las cantidades no nos cuadra el resultado final con el que tenemos en la Factura. Nos gustaría poder desglosar el IEPS, somos una gasolinera.

  9. BUEN DÍA.

    TENGO UNA DUDA EN EL NOMBRE DEL CLIENTE POR EJEMPLO LAS SIGLAS S A DE CV Y S DE R L DE C V SE ELIMINARAN DEL NOMBRE POR EJEMPLO LUNA , S.A DE C.V Y SOLO QUEDARIA LUNA AL MOMENTO DE REGISTRARLA

  10. Una vez que los trabajadores entreguen copia de su situación fiscal, deberé poner ése codigo postal en el sistema de nómina?

  11. Buena tarde, que tal, ahora donde timbrar nomina si solo hay de tipo ingresos y egresos, que alguien me explique por favor.

    Que más nos espera….. con reformas y mas reformas.

  12. buenas tardes. llegó este correo en no desedo: Te informamos que a partir del 01 de julio de 2022 por disposición fiscal en materia de emisión de comprobantes CFDI en su nueva versión 4.0, será necesario que los datos de facturación en tu Recibo Telmex estén actualizados antes del 30 de junio, de lo contrario tu Recibo Telmex dejará de ser un comprobante fiscal.
    Quien está contratada con telmex es mi esposa, es discapacitada y no trabaja. ¿debe seguir este trámitea llamado 4.0?

  13. Hola buenas tardes, normalmente facturo con la versión 4.0, pero veo que muchas personas la desconocen y no me quieren proporcionar su regimen fiscal, para evitarme ese problema, puedo facturar con la versión pasada 3.3?

  14. BUENAS NOCHES PERTENEZCO A UNA ASOCIACIÓN RELIGIOSA CADA MES FACTURO AGUA, GAS, ETC., EL DIA DE AYER FUI A FACTURAR EL GAS Y ME PONEN LOS DATOS DE LA CONSTANCIA DE SITUACIÓN FISCAL DE LA IGLESIA PRINCIPAL Y ME DICEN QUE YA NO PUEDEN FACTURAR CON LOS DATOS DE MI IGLESIA Y ME PIDEN LA CONSTANCIA, PERO ANTES SI ME FACTURABAN SIN PROBLEMA QUE DEBO HACER

    1. Hola Elisa, mientras la iglesia a la que perteneces tenga su constancia de situación fiscal y esta dentro de las obligaciones del régimen, te podrán emitir sin problema la factura correspondiente.

  15. Buenas tardes, no se si estoy en lo correcto;
    Facturarle a un paciente con Regimen RESICO honorarios medicos solo aparecera el nombre pero no el RFC del paciente esto porque es porque ya no seran deducibles para las personas en el RESICO
    Es correcto ?
    Donde aparece este artuculo o apartado para mostrarlo a mis pacientes

    Gracias

  16. Hola, tengo una duda, hay alguna restricción en que pueda cancelar una factura 4.0 de diciembre 2022 en enero 2023, esto se puede hacer?

    FActure a un cliente pero me rechazo la factura por falta de iva, esta la emiti el 23 de diciembre 2022 en version cfdi 4.0. Esta factura puedo solicitar la cancelacion hoy 5 de enero para poder refacturarle con iva la nueva factura. ?
    recuerdo que habia una restriccion de 2021 a 2022 de no poder cancelar facturas de 2021 en 2022.

    1. Hola Gris, buenas tardes
      Recordemos que el Uso del CFDI esta ligado totalmente al Régimen Fiscal por lo tanto te recomiendo que revises cuales son aplicables de acuerdo al Régimen Fiscal en el que te encuentras.
      Gracias.

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