Fiscalización de ventas por catálogo, ¿se pagarán impuestos?

¿Cómo funciona la fiscalización de ventas por catálogo?

La Fiscalización de ventas por catálogo es un tema que ha causado confusiones desde finales del año pasado, tras el anuncio del paquete de reformas fiscales para 2022 que incluyó considerables modificaciones de fondo. Y es que en ese momento se generó una oleada de rumores al respecto que, al día de hoy, mantiene la interrogante entre quienes se dedican a ello: ¿pagaré o no impuestos por mi actividad?

¿Las ventas por catálogo se consideran informales? Regulación

Antes que nada, pongamos en perspectiva el concepto de la fiscalización que realizan las autoridades. Ésta se refiere a “meter en regla”, por así decirlo, a una actividad económica que no estaba bien regulada y por ende caen en la informalidad como las ventas por catálogo.

El combate a la informalidad es uno de los ejes de acción centrales del SAT en esta administración federal, un acierto si consideramos todo el flujo de efectivo que se queda sin entrar a las arcas. Es decir, dado que todos nos beneficiamos de las obras públicas y las medidas de mejora social implementadas por el Gobierno, se esperaría que igualmente todos paguemos los impuestos que hacen esto posible.

Pero, ¿son las ventas por catálogo informales? Si bien no es necesario para las vendedoras darse de alta en Hacienda para poder ofrecer los productos (y con ello se podría hablar en efecto de una informalidad), estrictamente hablando se trata de una actividad formal debido a que son las empresas las encargadas de estar legalmente constituidas.

Las ventas por catálogo en México

Se estima en 2.6 millones de personas dedicadas a la venta al detalle de bienes por catálogo. Según datos del INEGI, este tipo de comercio logró un máximo histórico en el primer trimestre del año, superando incluso el nivel récord previamente alcanzado.

La recuperación de las tiendas físicas posterior a la pandemia no ha representado un revés para las ventas minoristas, que continúan siendo las más dinámicas y significativamente mayores al comercio establecido.

Ya desde finales de 2021, el instituto estadístico mexicano había reportado el crecimiento del personal ocupado en este sector, que se incrementó un 11% en comparación con el semestre anterior.

¿Cómo pagan impuestos las marcas de ventas por catálogo?

Todas esas marcas que cuentan con las afiliadas para hacer llegar sus artículos de belleza, calzado o para el hogar hasta los clientes absorben las formalidades ante el SAT para operar en el país y también pagan los respectivos impuestos por las ventas por catálogo y distribución realizadas.

De esta manera, queda claro que firmas como Andrea o Avon, entre muchas otras, cumplen su parte en cuanto al pago de obligaciones tributarias. No obstante, las vendedoras no lo hacen, a pesar de que su labor entra en el rubro de «Actividades empresariales» según las formas de registro ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Es decir, cuando la afiliada realiza cada pedido para sus clientes finales, la empresa de la que es socia-vendedora debería emitirle una factura, y en ésta desglosarse los impuestos. Lo anterior se traduce como que las marcas de ventas por catálogo simplemente consideran a estas intermediarias como sus clientas.

Es por ello que desde hace un par de años se ha pretendido, por iniciativa de la SHCP, precisar en la Ley del ISR que las empresas retengan dicho gravamen a sus afiliadas. Como resultado, las empresas descontarían los impuestos en los comprobantes fiscales de sus asociados para que ya no sea necesario que éstos efectúen sus declaraciones personales al SAT, debido a que ya estaría pagando sus impuestos en el proceso de facturación.

Esto, sin embargo, no ha sucedido y únicamente se logró hacer una pequeña modificación al respecto.

SAT no cobrará impuestos por ventas por catálogo

A pesar de los temores manifestados desde hace meses, la respuesta es negativa. El propio SAT negó que existan nuevos impuestos por ventas por catálogo como tal. Más bien se trata de la inserción de un artículo transitorio que efectivamente entró en vigor este año junto con todos los cambios de la Miscelánea Fiscal 2022, incluyendo la nueva versión de facturación electrónica.

Esta modificación va en el sentido de agilizar la fiscalización de estas ventas. Y es que en este nuevo artículo transitorio se indica que la SHCP podrá, mediante reglas de carácter general, implementar un esquema que facilite la fiscalización de las personas que se dedican a la venta al menudeo de productos por catálogo y similares.

En síntesis, aún no hay reglamentaciones claras para las y los vendedores de perfumes, cosméticos, ropa, zapatos, artículos para el aseo, aditamentos de cocina, etc.

Combate a la defraudación por ventas por catálogo

La aclaración de la autoridad fiscal con respecto a la presunta fiscalización de las ventas al detalle (ventas por catálogo ) incluyó una explicación sobre lo que sí se puso sobre la mesa. Y es que mucho se ha dicho también que los depósitos bancarios de padres a hijos, los préstamos personales e incluso otros conceptos informales como las tandas entrarían en el ojo del huracán.

Estas confusiones se dieron por la nueva exigencia para los bancos de informar mensualmente (y no de forma anual) sobre los ingresos en efectivo de aquellos contribuyentes que se encuentren sometidos a una revisión o auditoría del SAT.

La razón se centra en el combate a la defraudación fiscal, uno de los pilares estratégicos del SAT con los que pretende incrementar la recaudación y erradicar la corrupción, más a menudo proveniente de personas morales que físicas.

Pero éste es un universo muy pequeño de casos comparado con la gran cantidad de individuos y empresas que tributan conforme a las leyes mexicanas (80.7 millones de contribuyentes activos, de acuerdo con la base del SAT). Así que el resto puede tener la tranquilidad de no encontrarse bajo la lupa mensual de sus estados de cuenta.

Reformas contra la informalidad

Ciertamente no se trata de una cacería, como el propio SAT ha desmentido, aunque lo cierto es que en las nuevas normas fiscales se sientan muy buenos precedentes para atraer a la formalidad a los sectores rezagados. Entre las nuevas medidas que destacan se encuentran:

  1. El reemplazo del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) por uno más robusto que abarca al comercio informal mediante tasas reducidas, el nuevo Régimen Simplificado de Confianza (Resico).
  2. Registro obligatorio del RFC para mayores de 18 años, evitando así los manejos financieros de terceras personas.
  3. Los reportes mensuales de depósitos en efectivos mayores a 15 mil pesos.
  4. Multas por facturación errónea, que evitarían malos usos del concepto de pago.

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Posted on: 17/05/2022

3 thoughts on “Fiscalización de ventas por catálogo, ¿se pagarán impuestos?

    1. Hola Elvia, buenas tardes
      Tu régimen viene indicado en tu constancia de situación fiscal que emite el SAT, en caso de no tenerla deberás solicitar una cita para tramitarla.
      Gracias.

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