Estamos en esa etapa del año en la que como empresa nos toca realizar el pago de PTU o Reparto de Utilidades a nuestros empleados. Aquí te compartimos todo lo que necesitas saber sobre este pago:
¿Que es PTU en Contabilidad o Reparto de Utilidades?
La PTU es la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la empresa y se trata de una prestación con la que todos los patrones están obligados a cumplirle a sus colaboradores.
En caso de que la empresa no haya obtenido utilidades durante el ejercicio fiscal anterior, no hay reparto.
Si la empresa generó un ingreso anual declarado para el ISR ante el SAT que supere los $300,000 pesos, entonces está obligada a repartir las utilidades entre ellos.
¿Cómo se debe repartir la PTU?
Una vez determinada la utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales:
- La primera se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios.
- La segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.
¿Cuándo se paga el PTU o reparto de utilidades?
El reparto de utilidades entre los trabajadores deberá efectuarse dentro de los sesenta días posteriores a la presentación de su declaración anual de impuestos.
Las personas físicas deben presentar la declaración anual a más tardar el último día de Marzo del año siguiente, y deberán pagar la PTU (Participación de los Trabajadores en las Utilidades) a más tardar el último de Mayo.
Las personas morales tienen hasta el 30 de abril para presentar su declaración anual, por lo que deben pagar la PTU a más tardar el 30 de Junio.
¿Hay empresas exentas del reparto de las PTU en México?
Sí, las empresas que no están obligadas a realizar el reparto de utilidades son (Artículo 126 LFT):
- Las que sean de nueva creación y se encuentren dentro del primer año de funcionamiento.
- También si han elaborado un producto nuevo, quedan exceptuadas durante los dos primeros años.
- Las compañías de índole minera siempre que sean de nueva creación, durante el periodo de exploración.
- el Instituto Mexicano del Seguro Social y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
- También están exentas las instituciones de asistencia privada, reconocidas por las leyes
- Las empresas que tengan un capital menor del que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria, previa consulta con la Secretaría de Economía.
- Las empresas que no hayan generado utilidades.
¿Qué pasa si no pago el PTU y ningún trabajador lo reclama?
El último párrafo del artículo 122 de la Ley Federal del Trabajo, establece que: el importe de las utilidades no reclamadas en el año en que sean exigibles se agregará a la utilidad repartible del año siguiente.
¿Se paga impuestos por el reparto de utilidades?
Sí habrá retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR), pero sólo la parte que exceda del equivalente a 15 días de salario mínimo.
Algunos puntos que debes tener en cuenta:
- Directores, gerentes y administradores no serán considerados para el reparto de utilidades.
- El pago de PTU no debe considerarse como parte del salario.
- Se considerará a las madres que se encuentren en períodos pre y post natales, al igual que a los trabajadores que fueron víctimas de un accidente de riesgo de trabajo como empleados en servicio activo.
- No se compensarán los años de pérdida de utilidades con los de ganancia.
Cómo saber si la información que te ofrece el patrón es real ? Si en verdad fue emitido por hacienda, si es real la ptu
Tu empleador debe mostrar su declaración anual donde aparece el campo de ptu previo al pago, revisa la Ley Federal del Trabajo, ahí lo marca.
Es verdad que la empresa walmart de México no genera utilidades tengo varios años trabajando con ellos y cada año dicen lo mismo que no generamos utilidades.
Hola buenas tardes!
que pasa si no tengo para pagar la ptu a mis trabajadores, tengo alguna prorroga?
Gracias
Pague una parte de las utilidades en Mayo y el reto lo pague el 2 de Junio pero los recibos se timbraron algunos en Mayo y otros en Junio…. son deducibles? cuando debo enterar el impuesto?
Gracias