Las facturas electrónicas que emites y recibes son documentos fiscales que contienen toda la información que al SAT le interesa conocer acerca de tus transacciones económicas… o casi toda. Algunas veces, es necesario añadir datos fiscales complementarios para ir más a detalle sobre ciertas cuestiones específicas.
¿Por qué se deben emitir los Complementos de CFDI? – Relevancia
Los Complementos de Facturas son elementos anexados para ampliar la información sobre una operación relacionada con una industria o actividad específica.
Algunos de estos sectores, bajo la regulación del SAT, necesitan que se detallen ciertos datos concretos. Su existencia es necesaria dado que sería imposible contener todos tipo de informes fiscales relevantes en el esquema del comprobante.
En otras palabras, los nodos y campos de llenado con que nos encontramos al elaborar un Comprobante Fiscal son uniformes, lo que en términos del Anexo 20 del SAT se conoce como “el estándar técnico del CFDI”.
Es decir, proporcionamos los datos personales de identificación fiscal (como la Razón Social y el Régimen Fiscal) y damos cuenta de los detalles de la operación comercial que motivó la generación de la factura (tales como el importe total de la compra, los impuestos incluidos, así como la cantidad y el valor unitario de los artículos, básicamente).
Por eso, cuando realizamos alguna transacción particular que amerita proporcionar mayor claridad se hace indispensable la generación del respectivo Complemento. Así, la autoridad fiscal podrá estar en condiciones de revisar nuestras operaciones con mayor profundidad.
¿Cómo se usan los Complementos en la facturación? – Procedimiento
Siempre que emitas un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) que requiera Complemento, toma en cuenta anexarlo cuando elabores dicha factura, la cual puede ser de distintos tipos. Recuerda que puede haber CFDI variantes (de Ingreso, de Egreso, de Nómina, entre otros).
Tanto este documento como su Complemento agregado van a ser generados de acuerdo con el tipo de servicio que provees, la naturaleza de la transacción realizada o el caso específico que así lo requiera.
El Complemento emitido se anexará al XML, detallando a cuál factura se le añade y los motivos. Para el órgano tributario, en los casos de declaraciones y otros tipos de rendición de cuentas, los Complementos son documentos con valor fiscal.
Con esto se diferencian de las Addendas, que son meramente añadiduras comerciales para fines administrativos de las empresas y que carecen de interés de fiscalización, por lo que no es necesario resguardarlos y presentarlos en posibles casos de auditorías.
Ejemplo de uso de Complemento de factura
Por ejemplo, si eres un intermediario logístico que subcontrata a una empresa transportista, entonces generarás un CFDI de Traslado con su respectiva versión 2.0 del Complemento Carta Porte. Esto, porque tanto el propietario de los bienes como la figura del agente de transporte sólo deben respaldar el traslado.
Con respecto al caso contrario; es decir, para esa persona moral dedicada al autotransporte federal que realiza físicamente la movilización de la mercancía, necesitará un CFDI de Ingreso al cual también le incorporará dicho Complemento Carta Porte, especificando el rol que tuvo en la operación. Y esto se debe a que las empresas que prestan el servicio de transportación tienen que amparar el pago recibido a manera de ingreso comercial.
En suma, cada CFDI con Complemento responde a un tipo de actividad, de contribuyente o de operación, incluso cuando se trata de donaciones; de allí la diferencia en la naturaleza de todos los complementos, como veremos a continuación.
Clases de Complementos del Comprobante Fiscal – Diferencias
Te adelantábamos que hay distintas variedades de Complemento y, aunque no los emplees todos, vamos a repasar algunos de ellos.
Complemento Carta Porte
El Complemento Carta Porte se elabora para avalar los movimientos de carga nacionales e internacionales a su paso por tramos federales.
Complemento de Comercio Exterior
Por su parte, el Complemento de Comercio Exterior se utiliza para posibilitar fiscalmente la importación y exportación de bienes y productos del país.
Complemento IEDU
El Complemento de Instituciones Educativas (IEDU) es expedido por las escuelas privadas para que los receptores puedan gozar del estímulo fiscal (deducciones de impuestos).
Complemento del INE
En tanto, el Complemento INE deben elaborarlo quienes, en tiempos electorales, proporcionan un servicio o producto a los partidos, precandidatos o candidatos y asociaciones políticas.
Complemento para Donatarias
Por su lado, el Complemento para Donatarias o de Donativos, es requerido a las organizaciones civiles o similares que están autorizados para recibir donativos.
Complemento del Sector de Ventas al Detalle
Con respecto al Complemento de Detallistas, se trata de un anexo opcional que se contempla para ayudar a las tiendas minoristas a administrar su información comercial; por ejemplo, para gestionar sus inventarios y llevar los asuntos contables como las compras realizadas y el pago a proveedores.
Complemento de Notarios Públicos
Mientras tanto, el Complemento de Notarios Públicos se refiere al que es empleado exclusivamente por los notarios públicos cuando avalan operaciones de compra-venta de bienes inmuebles.
Complemento Para Terceros
Para emitir el Complemento Concepto Por Cuenta de Terceros, es necesario operar en calidad de comisionista o prestador de servicios de cobranza, así como celebrar un contrato con el comitente o prestatario en el que expresamente se señale el pago a cuenta de una tercera persona.
Complemento de Leyendas Fiscales
Este Complemento de Leyendas Fiscales, también disponible en nuestra API de facturación, permite la inclusión de leyendas que, si bien se encuentran consideradas en las disposiciones fiscales, no se mencionan en el estándar técnico del comprobante. Generalmente se refieren a ciertas leyes o resoluciones que regulan una actividad.
Complemento de Recepción de Pagos
Finalmente, el Complemento de Pago se elabora siempre que apliquen los Pagos en Parcialidades o Diferidos (PPD), por lo cual nunca será necesario cuando se realiza el Pago completo en Una Sola Exhibición (PUE).
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