CAAT

El CAAT es un código requerido obligatoriamente a los transportistas para hacer movimientos de comercio exterior para la declaración en los pedimentos correspondientes.

¿Qué es el CAAT?

El Código Armonizado Alfanumérico de Transportista (CAAT) es una clave que permite a las empresas de transporte realizar el registro de sus datos generales, así como de las unidades con que cuenta y el nombre de los conductores de dicho vehículo (en caso de ser terrestre).

¿Cómo se usa el Código CAAT? Función y Características

El Código CAAT se encuentra asociado a un RFC o a un nombre de usuario. Si es el caso, en ocasiones es posible registrar en un mismo código un segundo perfil para el mismo RFC o usuario. Su vigencia es anual y puede renovarse pasado un mes del vencimiento, conservando el mismo número de código CAAT.

Registro del CAAT

Todas las empresas dedicadas al autotransporte y entre cuyas actividades se encuentren el ingresar o extraer mercancías del territorio nacional necesitan registrarse ante el Gobierno mexicano para contar con su Código Armonizado Alfanumérico de Transportista.

El trámite del CAAT se realiza a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior Mexicana (VUCEM), en donde pueden tramitar tanto la obtención como la renovación del Registro del CAAT.

Este trámite electrónico puede realizarse en cualquier momento y el documento que se obtiene es el acuse de registro con el número de código alfanumérico.

Requisitos para registro del CAAT

Los requisitos para presentar el trámite varían según la modalidad del transporte. En todos los casos será necesario:

  • Estar inscrito y activo en el RFC.
  • Contar con e.Firma vigente.

Transporte terrestre.

  • Datos de los choferes nacionales o extranjeros.
  • Nombre del director general, en caso de persona moral.
  • Nombre, denominación o razón social de los socios o accionistas nacionales o extranjeros.
  • Datos de los vehículos.

Agentes navieros.

  • Nombre del director general, en caso de persona moral.
  • Nombre, denominación o razón social de los socios o accionistas nacionales o extranjeros.
  • Tipo de Agente: Agente Naviero, Agente consignatario de Buques o Agente internacional de carga.

Empresas aéreas.

  • Nombre del director general, en caso de persona moral.
  • Nombre, denominación o razón social de los socios o accionistas nacionales o extranjeros.
  • Tipo de Agente: Aéreo.

Empresas marítimas.

  • Nombre del director general, en caso de persona moral.
  • Nombre, denominación o razón social de los socios o accionistas nacionales o extranjeros.
  • Tipo de Agente: Agente Naviero, Agente consignatario de Buques o Agente internacional de carga.

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