El Complemento de Donativos es el requisito que deben cumplir las Donatarias al recibir algún tipo de donación.
¿Qué es el Complemento de Donativos?
El Complemento para Donatarias o de Donativos es un complemento con información adicional requerida por el Servicio de Administración Tributaria a las organizaciones civiles o similares que están autorizados para recibir donativos.
Normativa para el Complemento de Donatarias
Entre las reglas de la autoridad hacendaria se establece que:
- Las donatarias deberán señalar expresamente que amparan donativos deducibles de ISR y contener el número y fecha del oficio constancia de la autorización para recibir dichos donativos.
- Cuando amparen bienes que hayan sido deducidos previamente, para los efectos del ISR, se indicará que el donativo no es deducible.
- Las facturas que amparen donativos deducibles deberán señalar cantidad, valor y descripción de los bienes donados o, en su caso, el monto del donativo.
- Las facturas que amparen donativos deducibles que expidan las entidades públicas, deberán incorporar el Complemento de Donatarias, asentando en el campo o atributo denominado “No. Autorización” la palabra “Gobierno”.
Cuáles son las Donatarias Autorizadas
Las Donatarias Autorizadas son aquellos organismos autorizados por el SAT para emitir Recibos de donativos deducibles. Entre ellos se incluye a organizaciones civiles, fideicomisos, instituciones de asistencia pública, instituciones educativas, culturales, ecológicas, de investigación científica u otros tipos de OSC.
Tipos de donaciones
El SAT señala algunos ejemplos de donaciones que pueden darse, entre ellos:
- Donativo recibido en dinero
- Donativo recibido en especie
- Donativo recibido en numerario con público en general (factura global)
- Donativo recibido en especie con público en general (factura global)
¿Qué son los Recibos de Donativos?
El Recibo de Donativos es un comprobante fiscal expedido por las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) para sus donantes y que éstos puedan deducirlos de sus impuestos.
Datos que contienen las facturas de donativos
La información que se incorpora a los CFDI expedidos por las Donatarias son los siguientes:
- Número de autorización para recibir donativos deducibles.
- Fecha del oficio.
- Leyenda.
La Leyenda es el señalamiento expreso de que el comprobante se deriva de un donativo. Un texto común para las leyendas es: “Este comprobante ampara un donativo, el cual será destinado por la donataria a los fines propios de su objeto social. En el caso de que los bienes donados hayan sido deducidos previamente para los efectos del Impuesto Sobre la Renta, este donativo no es deducible. La reproducción no autorizada de este comprobante constituye un delito en los términos de las disposiciones fiscales”.
Cómo generar recibos de donativos
Si eres una asociación civil o de carácter cultural, ecológico u otro de los ya descritos y necesitas elaborar tus comprobantes de donativos, en Facturama tienes a tu disposición esta herramienta. Sigue nuestros sencillos pasos para generar un recibo deducible con el complemento de donativos:
- Ingresa a nuestra página.
- Ve a “Factura” y selecciona el comprobante “Recibo Deducible”.
- Selecciona “Cliente” y “Forma de Pago”.
- Agrega el Número y Fecha de Autorización, así como la Leyenda descriptiva.
- Añade los datos del producto y las claves del SAT correspondientes
- Selecciona tu producto y genera el recibo.
Ejemplo de Recibo de Donativos
Éste es un ejemplo con aparecen los datos que contiene un CFDI para deducciones por donación: