Complemento Por Cuenta de Terceros

El Complemento Por Cuenta de Terceros es el anexo agregado a un comprobante fiscal por parte de quien paga en nombre de un tercero.

Adiós al Complemento “Por Cuenta de Terceros”: lo que debes saber sobre su sustitución en CFDI 4.0

Durante años, el Complemento “Por Cuenta de Terceros” fue una herramienta útil para documentar operaciones cuando un contribuyente actuaba como comisionista o realizaba cobros en representación de otra persona. Este complemento se anexaba al comprobante fiscal emitido por quien realizaba pagos o facturaciones en nombre de un tercero.

En ese esquema, la Resolución Miscelánea Fiscal permitía que los terceros, bajo contratos de comisión o cobranza, emitieran CFDI en representación de sus comitentes. Adicionalmente, cuando el tercero efectuaba erogaciones por cuenta del contribuyente, estaba obligado a entregar los CFDI correspondientes, además de emitir una factura propia con el complemento “Identificación del recurso y minuta de gasto por cuenta de terceros”, para reportar los montos recibidos, los gastos realizados y cualquier remanente devuelto.

¿Qué cambió con el CFDI 4.0 en el complemento de terceros?

Con la entrada en vigor del CFDI versión 4.0, el SAT eliminó el uso del complemento “Por Cuenta de Terceros” y su estructura anterior. En su lugar, se introdujo un nuevo mecanismo más transparente: el uso del nodo “A cuenta de terceros” dentro del detalle de cada concepto facturado.

Esta nueva forma de facturar permite identificar con precisión cuándo una operación pertenece al emisor y cuándo se realiza en representación de un tercero, sin requerir un complemento adicional. Ahora, dentro de cada concepto del CFDI, se debe detallar:

  • El RFC del tercero
  • Su nombre o razón social
  • El domicilio fiscal registrado
  • El monto correspondiente

Requisitos para operar bajo este esquema

Aunque ha cambiado la forma de documentar este tipo de operaciones, los requisitos generales siguen siendo estrictos. Tanto el contribuyente que actúa como tercero como el comitente deben:

  • Estar registrados y activos en el RFC.
  • Contar con un Certificado de Sello Digital (CSD) vigente.
  • No estar en la lista de contribuyentes con operaciones presuntamente inexistentes (artículo 17-H, fracción X del CFF).

¿Por qué se eliminó el complemento de terceros cambio?

La eliminación del complemento anterior responde al objetivo del SAT de mejorar el control fiscal, evitar simulaciones y garantizar que cada operación quede claramente identificada dentro del comprobante. El uso del nodo “A cuenta de terceros” dentro del XML del CFDI permite un mayor nivel de detalle y trazabilidad, reduciendo ambigüedades en la relación entre el emisor y el tercero beneficiado.

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