DOF

¿Qué función tiene el DOF (Diario Oficial de la Federación?

El DOF es la publicación oficial de todas las leyes y decretos del Gobierno mexicano para su aplicación y cumplimiento.

¿Qué es el Diario Oficial de la Federación? – Medio y Funcionamiento

El Diario Oficial de la Federación es definido por las autoridades como el órgano gubernamental «de carácter permanente e interés público, cuya función consiste en publicar en el territorio nacional las leyes, decretos, reglamentos, acuerdos, circulares, órdenes y demás actos expedidos por los Poderes de la Federación, en sus respectivos ámbitos de competencia, a fin de que éstos sean aplicados y observados conforme a derecho».

¿Qué tipo de publicaciones realiza el DOF?

De acuerdo con el Sistema de Información Legislativa, son materia de publicación:

  1. Las leyes y decretos expedidos por el Congreso de la Unión.
  2. Los decretos, reglamentos, acuerdos y órdenes del Ejecutivo Federal que sean de interés general.
  3. Los acuerdos, circulares y órdenes de las Dependencias del Ejecutivo Federal.
  4. Los Tratados celebrados por el Gobierno.
  5. Los acuerdos de interés general emitidos por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
  6. Los actos y resoluciones que determine el Presidente de la República.
  7. Los actos que determine la Constitución y las leyes ordenen que se publiquen en el Periódico Oficial.

Fundamento legal del DOF – Operación y Alcance

La Ley del Diario Oficial de la Federación, del 24 de diciembre de 1986, reglamenta su edición. Asimismo, la publicación de leyes en el Diario Oficial de la Federación se sustenta en el Art. 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Art. 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y en la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales.

Los orígenes de este diario de carácter oficial en México se remontan al 2 de enero de 1810, cuando circuló la «Gaceta del Gobierno de México», tras lo cual los gobiernos siguientes publicaron sus disposiciones legales en un vocero propio.

La Constitución de 1917 reglamentó, en el Art. 89, que el Ejecutivo reconoce la existencia de una ley y ordena su cumplimiento cuando ha sido publicada en el «Diario Oficial. Secretaría de Gobernación. Órgano del Gobierno Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos».

Al promulgarse la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales, la publicación adquirió su nombre actual.

¿Cuándo se publica el DOF y dónde se lee? – Vigencia

Las publicaciones son de lunes a viernes y las excepciones, además de los fines de semana, son en los días feriados oficiales: 1 de enero, primer lunes de febrero (en conmemoración del 5 de febrero), tercer lunes de marzo (por el 21 de marzo), 1 y 5 de mayo, 16 de septiembre, tercer lunes de noviembre (correspondiendo al 20 de noviembre) y 25 de diciembre. No obstante, de ser necesario puede publicarse en alguno de los días festivos mencionados.

En cuanto a dónde leer el Diario Oficial de la Federación, éste se consulta en su sitio web y únicamente se encuentra disponible de forma electrónica, ya que su edición impresa finalizó en 2019. El Archivo General de la Nación contiene los ejemplares anteriores a 2008; además, según indica el DOF en su portal, ya es posible visualizar en línea los contenidos de las ediciones desde 1921 y los índices de las publicaciones desde 1917.

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Posted on: 11/08/2022

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