La Maquiladora Certificada es aquella registrada ante las autoridades hacendarias para operar en la figura de empresa transformadora o ensambladora asociada con partes relacionadas extranjeras sin establecimiento permanente en México gozando de las facilidades fiscales adherentes.
¿Qué es una Maquiladora Certificada? – Concepto
Una Maquiladora Certificada es una empresa que opera bajo un Programa IMMEX con el fin de importar insumos y componentes necesarias para sus manufacturas con tratamiento fiscal especial y que al mismo tiempo cuenta con registro en el Esquema de Certificación de Empresas.
Registro en el Esquema de Certificación de Empresas ( Maquiladora Certificada)
Las empresas interesadas deben realizar la solicitud para la aplicación de un crédito fiscal y renovarlo de forma anual, con un costo por trámite de 30 mil pesos.
Este registro aplica cuando el IVA y el IEPS se causen con motivo de la introducción a territorio nacional de mercancías bajo los regímenes aduaneros de importación temporal para elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o de exportación; de depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos; de elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado y recinto fiscalizado estratégico.
Obligaciones de la Maquiladora Certificada – Regulación
Las empresas bajo el amparo del Decreto IMMEX (Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación) incluyendo las Maquiladora Certificada deberán cubrir los siguientes requisitos:
- Verificar el cumplimiento de obligaciones para mantener beneficios fiscales.
- Control de inventarios acorde al SAT, sin saldos vencidos de materias primas importadas.
- Contar con sellos digitales vigentes.
- Tener vigente su programa IMMEX y cumplir las obligaciones.
- No tener anomalías pasadas de obligaciones fiscales.
- Cumplir con el porcentaje mínimo de retornos y/o cambios de régimen.
- Presentar avisos ante cualquier cambio de denominación o razón social, o domicilio fiscal.
- Transmitir los informes de descargo de cada uno de los pedimentos de retorno, cambios de régimen, transferencias virtuales, extracciones o regularizaciones de mercancías.
- Entregar, en su caso, los comprobantes fiscales que amparen la enajenación de las mercancías a empresas de la industria automotriz, así como los relativos a avisos de donación y destrucción de las operaciones sujetas al esquema de créditos o garantías.
- Realizar operaciones de comercio exterior únicamente con transportistas que cuenten con el registro de Código Alfanumérico Armonizado del Transportista (CAAT).
- Presentar el alta de las empresas con las que se realizan pedimentos de transferencias virtuales, así como el RFC de las empresas con las que se realizan procesos de sub-maquila.
- Estar al corriente en el pago de las cuotas obrero-patronales ante el IMSS.
- Permitir a las autoridades aduaneras las inspecciones de supervisión para verificar el debido cumplimiento de los requisitos que dieron lugar a la certificación.
- Si la maquiladora solicita en devolución saldos a favor de IVA, vigilar las resoluciones emitidas por las autoridades hacendarias para confirmar que no fuera negado.
- Presentar la solicitud de renovación anual de la certificación de IVA e IEPS.
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