Prestaciones por renuncia

¿Cuáles son las prestaciones por renuncia?

Las Prestaciones por renuncia son un derecho laboral para el trabajador, a quien el patrón debe pagar lo correspondiente, de acuerdo con las leyes mexicanas.

¿Qué es la renuncia?

Según definición de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), órgano desconcentrado de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), la renuncia es “una facultad del trabajador para dar por terminada voluntariamente la relación de trabajo, por convenir así a sus intereses”.

Prestaciones por renuncia

Las Prestaciones por renuncia a las que tiene derecho el trabajador al renunciar son:

  1. Salarios correspondientes a los días laborados y no pagados.
  2. Aguinaldo.
  3. Vacaciones.
  4. Prima vacacional.
  5. Participación de utilidades adeudadas.
  6. Prima de antigüedad, siempre que haya laborado 15 años o más.

En caso de no ser otorgado alguno de estos pagos, el empleado puede acudir a la Profedet, donde un abogado le brindará asesoría legal, gratuita y personalizada.

El plazo máximo para reclamar este incumplimiento es de un año a partir de la renuncia; en caso del pago de la participación de utilidades será de un año a partir de que sean exigibles.

Cuándo se debe pagar el finiquito

El pago del finiquito como parte de las prestaciones por renuncia se debe cumplir cuando ocurra:

  • Renuncia voluntaria.
  • Al término de un contrato temporal o entrega de proyecto específico.
  • Al ser despedido, justificada o injustificadamente; en el primer caso, se sumaría la suma por liquidación.
  • Ante una falta del patrón que origine rescisión de contrato.
  • Por enfermedad, con gratificación de invalidez.

Cálculo del Finiquito

Para calcular el finiquito deben considerarse los días trabajados después de la última paga junto con el pago proporcional del aguinaldo y prima vacacional de ese año. También se suman los días vacacionales no disfrutados y el PTU, así como la prima de antigüedad cuando ésta es de 15 años.

A todo ello se agregan las prestaciones de ley o superiores a las de la ley, si es el caso. Por ejemplo, bonos navideños, vales de despensa, caja de ahorro, premios de puntualidad o productividad, etc.

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Posted on: 25/04/2022

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