El pasado mes de diciembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación una nueva disposición.
Como te comentamos en una publicación anterior a partir del surgió una nueva medida en cuestión de recaudación de impuestos.
Esta señala que las personas morales o empresa y las personas físicas con actividad empresarial que reciban servicios de subcontratación laboral estarán obligadas a efectuar la retención del 6% de IVA.
Este tema ha creado muchas confusiones, ya que como de costumbre, el SAT no ha sido muy específico en cuanto a la interpretación de su nueva norma.
Entonces, ¿quienes están obligados a retener el 6% de iva en ?
En teoría, según el Artículo 1o.-A:
Están obligados a efectuar la retención del impuesto que se les traslade, los contribuyentes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:
Sean personas morales o personas físicas con actividades empresariales, que reciban servicios a través de los cuales se pongan a disposición del contratante o de una parte relacionada de éste, personal que desempeñe sus funciones en las instalaciones del contratante o de una parte relacionada de éste, o incluso fuera de éstas, estén o no bajo la dirección, supervisión, coordinación o dependencia del contratante, independientemente de la denominación que se le dé a la obligación contractual. En este caso la retención se hará por el 6% del valor de la contraprestación efectivamente pagada.
5 casos ejemplo en los cuales aplica la retención del 6% de IVA por el SAT
Servicios de limpieza
1.- Si mi empresa se dedica a la venta de alimentos y celebró un contrato de servicios de limpieza con una parte relacionada o un tercero independiente. ¿Debo retener el 6% del IVA por dichos servicios en términos del artículo 1-A, fracción IV, de la Ley del IVA?
Respuesta: Sí, debe realizarse la retención ya que implica la puesta a disposición de personal que es aprovechado directamente por la empresa contratante. Con independencia de que el contratista sea parte relacionada o no.
Servicios de mantenimiento de equipos
2.- Si con motivo de mis actividades empresariales como persona física, requiero el mantenimiento preventivo de mis equipos de cómputo y para ello celebro un contrato de servicios con una persona moral donde se pone a mi disposición el personal para realizar dicho mantenimiento. ¿Debo retener el 6% del IVA por dichos servicios?
Respuesta: Sí, debe realizarse la retención ya que implica la puesta a disposición de personal cuyos servicios son aprovechados directamente por la contratante. Con independencia de la denominación que se le dé a la obligación contractual. Esto se debe a que dicha contratante es la beneficiaria directa del mantenimiento preventivo del equipo de cómputo.
Servicios de transporte de personal
3.- Si mi empresa requiere los servicios de transporte de personal y para ello celebró un contrato de servicios con una empresa que se dedica a ello. ¿Debo retener el 6% del IVA por dichos servicios?
Respuesta: Sí, debe realizarse la retención ya que implica la puesta a disposición de personal cuyos servicios son aprovechados directamente por la contratante fuera de sus instalaciones. Con independencia de la denominación que se le dé a la obligación contractual.
Servicios de un despacho contable o legal
4.- Si con motivo de mis actividades empresariales, requiero los servicios de un despacho contable o legal y para ello celebro un contrato de servicios para obtener una opinión contable o legal de mi empresa con una persona moral que implica que su personal realice funciones en mis instalaciones. ¿Debo retener el 6% del IVA por dichos servicios?
Respuesta: No, no se deberá realizar la retención puesto que las funciones realizadas por el personal puesto a disposición del contratante no son aprovechadas directamente por éste sino por el contratista que las requiere para la elaboración de los documentos entregables al contratante.
Servicios de un contador o un abogado
5.- Si soy una persona moral que, con motivo de mis actividades, requiero los servicios de un contador o un abogado y para ello celebró un contrato de servicios con dicha persona física. ¿Debo retener el 6% del IVA por dichos servicios?
Respuesta: No, no se deberá realizar la retención puesto que en este caso no se pone personal a disposición del contratante. Por otra parte, si el contratante es persona moral que reciba servicios personales independientes como es el caso, se deben retener dos terceras partes del IVA que le traslade el abogado o contador. Esto conforme a lo dispuesto en el artículo 1-A, fracción II, inciso a, de la Ley del IVA, en relación con el artículo 3, fracción I, inciso a, del Reglamento de la Ley del IVA.
¿Cómo hacer una factura con retención del 6% de IVA?
- Ingresa a tu cuenta de Facturama.mx, si no tienes una, inicia tu período de prueba y genera GRATIS tus primeras 15 facturas.
- Ve a Factura, selecciona tu cliente, tipo de comprobante y forma de pago.
- Selecciona tu producto, edítalo y agrega el IVA RET de 6%, guarda los cambios.
- Genera una vista previa o crea tu factura y envíala a tu cliente.
Buen día,
Para ver la posibilidad de que me pudieran apoyar con una consulta, trabajo como Servidor Público en un Organismo Descentralizado de Gobierno del Estado de Querétaro, con personalidad jurídica y patrimonio propio, fundada mediante decreto de creación, y para efectos de la ley del Impuesto Sobre la Renta Tributa en el Titulo III del régimen de las Personas Morales con Fines no Lucrativos (No contribuyentes) Art.79 FRACCION X.
Actualmente tenemos la duda si estamos obligados a retener el 6% de IVA, por los servicios subcontratados de vigilancia, jardinería y limpieza, ya que hasta el 2019. con fundamento en el Articulo 3° de la ley del IVA en la ultima parte del párrafo tres, no la llevamos a cabo; sin embargo con la reforma y la adición de la Fracción IV del articulo 1-A de la misma ley, no nos queda claro si tenemos que retener.
De antemano gracias por la atención que se sirvan dar a la presente!
Atte. Sergio Marín
¿Entonces esto quiere decir que de igual manera las constructoras independientes también están obligadas a retener el 6%?
si yo doy un servicio de afilado de una lima rotativa estoy oblige a la retencion del 6%
este material es propiedad de el cliente yo solo lo recojo se lo afilo y cobro el afilado
que de servicios deben de retener el 6% yo soy afiladora de herramientas
lima rotativa
Quisiera saber cómo procede este caso: en la empresa que laboro, s.a. de c.v. requiero servicio de transporte de carga, cuanto debe retener la empresa o persona física con actividad empresarial retener de IVA?
BUENOS DÍAS, TENGO UNA DUDA, DOY SERVICIOS DE TRANSPORTE DE PERSONAL, ME ENVIARON ORDENES DE COMPRA, NOTO QUE ÚNICAMENTE ME ESTÁN HACIENDO LA RETENCIÓN DEL 6% (ANTES ME HACÍAN EL 10.67%), Y TAMPOCO ME HICIERON LA RETENCIÓN DEL ISR 10%. ¿ÚNICAMENTE APLICA LA DEL 6%? YA NO APLICA LA DEL ISR?
el servicio que presto es en la industria del petróleo, y doy servicio de herramienta de fondo, el personal de la compañía solo realiza supervisiones cada 2 días para verificar que la herramienta veste funcionando,
para este servicio me tienen que retener el 6% del iva
soy un empresa que da servicio de lavado de toallas, debo retener el 6 % de iva, mi personal solamente carga y descarga la ropa?
buenas tardes
mi pregunta, yo como contribuyente PERSONA FISICA ACTIVIDAD EMPRESARIAL yo le presto servicios de perifoneo a una empresa moral, soy independiente de sus actividades y ademas le presto a varias empresas, nunca celebro contrato con eses empresa, mi pregunta es estoy obligado a retener el 6 % de IVA.
saludos cordiales
Buenas Tardes:
si tengo clases de ingles en mi oficina aplica retencion del 6%?
Gracias por su apoyo
YO PERSONA FISICA ACTIVIDAD EMPRESARAL LE FACTURO SERVICIO DE REPARACION DE ANUNCIOS DE NEON A UNA PERSWONA MORAL TENGO QUE FACTURAR CON RETENCION ????
Y a nosotros como contratistas nos están pegando con esa retención
Buenas tardes mi empresa da servicio de Logística de Agente Aduanal y transporte en estos caso nos debemos hacer el cargo a nuestros cliente que les damos el servicio de importación de sus mercancías o transportacion de las mismas vdd?
Si mi empresa requiere los servicios de camiones y grúas terrestres con operadores para el traslado de equipo de perforación y/o levantamiento del mismo con una grúa y para ello celebró un contrato de servicios con una empresa que se dedica a ello. ¿Debo retener el 6% del IVA por dichos servicios?
Si yo facture en el mes de enero sin retención y me pagaron lo que decía la factura. A partir de febrero hago la factura con retención y me la pagan, en marzo lo hago igual pero me descuentan la retención de enero , es correcto, yo pague el IVS de enero sin aplicar retención ¿es válido?
A SERVICIOS DE CONSUMO DE ALIMENTOS SE APLICA
Buen día, una pregunta, el impuesto del 6% al que se refieren en el ISR verdad, o es otro impuesto?
Perdon por la pregunta, ya vi que se refiere al IVA pero, este sera de tipo retenido o trasladado?
Hola muy buena tardes, disculpen para una factura de reembolso tambien se le aplicara la retención de iva
hola, persona mora retuvo 6% iva, en que parte de la presentacion de pagos provisionales se entera?
si se entera en retenciones se debe de sumar con el 10.66 de retencion de honorarios personas fisicas ?
De antemano gracias.
Buena información, es más fácil asimilar lo que comunican con los ejemplos que manifestaron. Gracias.
Desafortunadamente para mucha gente no queda claro, por que no quieren ver mas alla.
La mecanica es simple.- si pones personal tuyo al servicio de los demas en sus, fuera de las instalaciones claro q retienes, pero cuando das servicio con tu personal en tus instalaciones aunque sea para transportar claro q no retienes por q el carro es tu instalacion, es decir todo es del proveedor y más cuando tu rentas todo (nada es tuyo) para dar el servicio a otros, no retienes por q nada es tuyo.
Si yo PF RIF prestó el servicio de mantenimiento de equipo, ¿la empresa a la que le presto el servicio me tiene que retener el 6%?
El SAT, no es claro en sus comentarios; es confuso, en los primeros tres casos menciona que sí y en los siguientes que no, y es el mismo servicio en cuanto a personal.
Ahora bien, en ninguno de los casos se debe retener IVA, porque el que tiene los empleados a cargo es el patrón, no el contratante del servicio, este se beneficia del servicio prestado no de los empleados.
La retención solo aplica para las empresas de outsourcing, es simple, revisemos la exposición de motivos.
Existen los elementos suficientes para desvirtuar lo mencionado por el SAT
HOLA SOY UNA PERSONA FÍSICA Y MIS ACTIVIDADES SON DAR MANTENIMIENTO A VARIAS EMPRESAS ESTE SERVICIO LO HAGO CON MI PERSONAL , MIS HERRAMIENTAS Y MIS VEHÍCULOS , Y YO COMPRO LOS MATERIALES Y REFACCIONES A USAR EN EL SERVICIO. EN ESTE CASO TENGO QUE RETENER ALGÚN IMPUESTO (6%) ?
EL IMPUESTO COMO DEBO DE APLICARLO Y SOBRE QUE TENGO QUE APLICARLO ES DECIR AL TOTAL DE LA FACTURA AUN FACTURANDO MATERIALES Y MANO DE OBRA?
YA QUE ESTA EMPRESA QUIERE APLICARME LA RETENCIÓN DEL 6% DEL MONTO TOTAL DE LA FACTURA.
ESPERO Y ME PUEDAN APOYAR EN ESTA DUDA GRACIAS
buenas tardes
si soy persona fisica, presto servicios de mantenimiento a equipos de computo a una persona moral, me tienen que aplicar las 2 retenciones de Iva o solo la de las 2 terceras partes
Creo que el ejemplo de transportes también aplica la retención
Servicios de transporte de personal
3.- Si mi empresa requiere los servicios de transporte de personal y para ello celebró un contrato de servicios con una empresa que se dedica a ello. ¿Debo retener el 6% del IVA por dichos servicios?
Respuesta: Sí, debe realizarse la retención ya que implica la puesta a disposición de personal cuyos servicios son aprovechados directamente por la contratante fuera de sus instalaciones. Con independencia de la denominación que se le dé a la obligación contractual.
No esta claro… , que pasa en una construcción donde el personal va a trabajar en las instalaciones del contratante , pero este contrato no sólo incluye al personal también incluye materiales y no sería equitativo hacer retención sobre materiales…. Suministrando para dicho trabajo
Si soy un rotulista que obviamente tengo que salir a las instalaciones de quien contrato mi servicio, tengo que hacer la retencion del 6% de iva?
Y que hago con lo retenido del 6%?
soy persona física, le suministro agua potable a grupo Alsea, me quitan el 6% de retenciòn del IVA , suministro con mis camiones, los cuales regularmente manejo personalmente.
existe subcontrataciòn a quièn o còmo???. y ese IVA que me quitan a dònde va a parar?
Hola Juan, el IVA que te retienen puede ser acreditado, eso lo puedes ver con tu contador
O sea le cargo el 16 % y le marvo una retencion por parte del contratante, del 6%. Cierto???
Buenas tengo una duda Si la retencion del 6% es aplicada en el cobro, esta debe de reflejarse el en XML de la factura o solo en el XML del cobro
Hola, espero puedan aclarar mi duda, si por ejemplo yo soy una diseñadora freelance en una empresa de publicidad, muy pequeña, para mí aplica la retención del 6%? Es que mi jefa me dice que si.
QUIENES NOS DEDICAMOS A LA CONSTRUCCION TAMBIEN ESTAMOS OBLIGADOS?
SI ME DEDICO A LA CONSTRUCCION DEBO PONER EN MI FACTURA LA RETENCION DEL 6%
Si Mi empresa da servicios de ingenieria estructural me deben retener el 6 % ??? l
Soy persona fisica ( RIF ) y hago trabajos a guarderias del IMSS , esta año me dijeron que facturaria con retencion , que retenciones proceden??? 6% de Iva y algo mas ?
ME DEDICO A LA FABRICACION DE REFACCIONES PARA LA INDUSTRIA SOY UN NEGOCIO DE MAQUINADO. LES VENDO MIS PRODUCTOS FABRICADOS. APLICA PARA MI.
SOY PERSONA FISICA CON ACTIVIDAD EMPRESARIAL.
Equis cliente solicita transportación aérea por medio de helicóptero. Yo siendo el proveedor (la empresa de taxi aéreo), me aplica la retención?
Si soy una PM Constuctora, me contratan para hacer una obra, y yo a la vez subcontrato a la persona que trabaja el alumino y cristal debeo retener el 6%?
En el caso específico del transporte de agua, se entiende que es como fletes o acarreos, y al ser agua que se entrega mediante transporte, es.probable que el supuesto apliqué, solo porque la Ley de IVA si obliga a la persona moral a retener el IVA a toda persona física que se dedique a la transportación de cosas…
buenas noches, soy Persona fisica, actividad empresarial , doy servicio de mantenimiento de equipo de computo, y tambien facturo por servicio de vigilancia, con equipo de camaras de seguridad en mis instalaciones, es viable que me retengan la PERSONA MORAL ASOCIACION CIVIL EL 6% DE IVA
GRACIAS ..
Pablo..
Soy persona fisica presto servicio de alimentacion a una pelicula deben de retenerme el 6%
La persona moral me está dando por transferencia la retención de iva e ISR… Soy persona física… Yo tengo que pagar esas retenciones ante el SAT?
No se supone que la persona moral debe hacer el trámite de las retenciones y no darme ese dinero?
QUE CONFUSION. SI LOS SERVICIOS QUE YO PRESTO ME PIDEN Q VAYA Y HAGA UN ULTRASONIDO A UN TANQUE Y YO ENTREGO UN REPORTE DE INSPECCION ENTONCES TAMBIEN TENGO QUE RETENER?
persona física con actividad empresarial, tengo una cerrajería, si le realizo un trabajo eventual a una persona moral como cambiar la combinación a una chapa me deben retener el 6% de iva?
VIOLETA NO DEBEN RETENERTE EL 6% YA QUE NO EMPLEAS PERSONAL PARA LABORAR CON ELLOS, SOLO VENDES AGUA COMO VENDER CASA POR CASA Y EL AGUA SI ES POR GARRAFONES NO CAUSA IVA Y NO EXPLICAS QUE TIPO DE SUMINISTRO EFECTUAS.
buenas tardes soy una persona moral y le hice un trabajo de mantenimiento a una asociación civil .
?tengo que hacer la retención del 6 % de IVA?
tengo una duda si soy rif estoy obligado a retener iva, es que me estan pidiendo una factura asi
Hola buen dia pregunta como se presenta en la Diot esta retención