Desde la puesta en marcha de la facturación 4.0, obligatoria a partir de abril de 2023, no sólo se modificaron ciertos requisitos a la hora de emitir los Comprobantes Fiscales, sino también al momento de cancelar facturas 4.0 con respecto a la validación del proceso.
Conforme se acerca el cierre de año y necesitas poner en orden tu cierre contable y fiscal, resultará muy útil repasar las nuevas condiciones para cancelar CFDI y que de paso tomes en cuenta ciertas obstrucciones que podrías encontrarte.
Condiciones para cancelar facturas
En nuestro e-Book sobre la nueva versión de CFDI 4.0 donde se detallan las novedades de la facturación electrónica en México, ya te habíamos contado un poco acerca de cuál es la manera de cancelar facturas en esta reciente modalidad.
En suma, hay que recordar los sencillos pasos a tomar:
- El emisor de la factura indicará el motivo de la cancelación, para lo cual elegirá entre cuatro posibles valores.
- Se indicará el folio fiscal que sustituye al CFDI cancelado en la validación con clave 01.
- Se incluyen validaciones para limitar la cancelación de CFDI al ejercicio correspondiente.
- Los plazos para la cancelación serán actualizados.
Motivos de cancelación de CFDI
Por su parte, los 4 motivos de cancelación son:
Clave del motivo | Descripción | Casos aplicados |
01 | Errores con relación | Equivocaciones en la Clave del Producto, Valor Unitario, Descuento u otro dato, cuando requieren reexpedición. |
02 | Errores sin relación | Equivocaciones en la Clave del Producto, Valor Unitario, Descuento u otro dato, cuando no es necesario relacionar con otro CFDI. |
03 | No se llevó a cabo la operación | Se emitió CFDI por una operación que no se materializó. |
04 | Operación nominativa, relacionada en una Factura Global | Cuando se incluye una ventana en la Factura Global para Público en General y después un cliente solicita su CFDI individual. |
Modificaciones de las reglas fiscales
Las modificaciones fiscales que trajo consigo la actual versión 4.0 de CFDI, vigente desde 2022, incluyeron reformas con respecto a las obligaciones de los contribuyentes, los pagos de adeudos, el cumplimiento de impuestos, procedimientos para los distintos regímenes fiscales y otros procedimientos tributarios, todos publicados en l Diario Oficial de la Federación.
Una de esas renovaciones fue la ampliación del plazo de cancelación del CFDI, ya que ahora se puede efectuar a más tardar el 31 de enero del año siguiente a su expedición.
Cabe citar que, luego de las reformas de 2022, se añadió una multa por no cancelar el CFDI dentro del plazo mencionado; asimismo, aplican multas por no cancelarlos en caso de haberse emitido con errores o sin causa. Para ambos casos, el monto de dicha sanción equivale a entre el 5% y 10% del monto de cada factura.
No obstante, la Resolución Miscelánea Fiscal 2023 incluye una facilidad administrativa. Así, la RMF menciona que la cancelación del CFDI se podrá realizar a más tardar en el mes en el cual se deba presentar la declaración anual del ISR correspondiente al ejercicio fiscal en el cual se expidió el citado Comprobante Fiscal.
Es decir, las personas morales podrán cancelar hasta marzo próximo, mientras que las personas físicas podrán hacerlo hasta abril del siguiente año, los meses en que respectivamente deben realizar sus declaraciones anuales del Impuesto Sobre la Renta.
Requisitos para cancelar CFDI de ejercicios previos
Los requisitos mínimos que debes cumplir son los usuales, pero es pertinente recordarlos:
- Tener activo y al día tu Buzón Tributario.
- Que el receptor acepte la cancelación.
- Cuando la operación que ampare el CFDI cancelado subsista, emitir un nuevo CFDI.
- Declaración complementaria correspondiente, dentro del mes a la cancelación.
Retrasos en la cancelación de facturas
Es posible que en las últimas fechas de diciembre exista saturación en el servicio de cancelaciones de facturas del Portal del SAT por el gran número de usuarios que generalmente intentan realizar sus cancelaciones antes de concluir el año. Además, es común que en estas épocas el SAT realice mantenimiento a su Módulo de Cancelaciones (como sucedió el año pasado).
Dichas fallas y retrasos podrían originar que nuestra plataforma presente irregularidades. Pese a tratarse de un error del SAT y por ende de una situación ajena a Facturama, podría haber vencimiento del tiempo de espera y no hacer efectiva la cancelación.
Nuestra recomendación es volver a enviar la solicitud de cancelación una vez que se verificó la falla en el primer intento.
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