Ser un emprendedor, es un largo camino lleno de baches pero muchísimas satisfacciones. Si ya eres emprendedor o estás considerándolo, aquí te decimos qué es lo que tienes que hacer para formalizar tu empresa ante el SAT como Persona Física.
El primer paso como emprendedor es tu inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
Si eres mayor de 18 años y cuentas con CURP, puedes realizar este procedimiento ingresando a la página del SAT.
Deberás contar con los siguientes datos:
- Información de la actividad que realizarás
- Domicilio en donde llevarás a cabo tu actividad
- Correo electrónico vigente y la CURP.
Una vez que termines de ingresar la información anterior, el sistema te generará tu acuse de inscripción y la Cédula de Identificación Fiscal.
Si tienes más dudas, esto te será de utilidad: 7 sencillos pasos para darte de alta ante el SAT
Conoce los regímenes fiscales de las personas físicas
Para fines fiscales, es necesario definir si un contribuyente realizará sus actividades económicas como persona física o como persona moral. Cada caso, determina requisitos y obligaciones diferentes, así como un trato fiscal distinto. Como mencionamos al inicio de este blog, hoy nos enfocaremos en personas físicas.
Persona física: Es un individuo que realiza cualquier actividad económica (vendedor, comerciante, empleado, etc.), tiene obligaciones que cumplir y derechos. Los regímenes en que se clasifican las Personas Físicas de acuerdo a sus actividades e ingresos son:- Salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado
- Actividades Empresariales y Profesionales
- Régimen de Incorporación Fiscal
- Arrendamiento y en general por el uso o goce temporal de bienes inmuebles
- Enajenación de Bienes,
- Adquisición de Bienes
- Intereses
- Obtención de Premios
- Dividendos y en general por las ganancias distribuidas por Personas Morales
Como emprendedor es importante conocer los detalles sobre la actividad que planeas realizar y contar con una estimación lo más cercana a la realidad de los ingresos que puedas tener en un mes y en un año, a fin de ayudarte a ubicar el régimen fiscal que te corresponda.
Elige tu régimen fiscal. El régimen debe ir de acuerdo con las actividades empresariales que llevarás a cabo:
- Régimen de Incorporación Fiscal: Pueden inscribirse aquellas personas físicas que realicen una actividad comercial o presten algún servicio por los que no requieran título profesional, siempre que sus ingresos anuales no excedan los dos millones de pesos.
- Actividad empresarial: pueden tributar aquellas personas físicas que obtienen ingresos por actividades comerciales (restaurantes, cafeterías, escuelas, farmacias, etc.), industriales (minería, textil y calzado, farmacéutica, construcción, etc.).
- Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras (sector primario): Pagarán sus impuestos en este régimen las personas físicas y morales, siempre que sus ingresos por dichas actividades representen cuando menos 90% de sus ingresos totales.
Como emprendedor debes elegir una plataforma amigable para tu facturación electrónica
De inicio el SAT ofrece en su sitio web una plataforma gratuita en la que puedes generar tus facturas. Según la experiencia y comentarios de los usuarios contribuyentes, les parece complicado el uso de la misma y la atención al usuario suele ayudar a resolver algunas dudas básicas, pero como emprendedor no se suele tener tiempo para ese tipo de aprendizaje a fondo. Sin embargo, existe opciones mucho más sencillas como un proveedor de facturación electrónica. Con la autorización del SAT, plataformas como Facturama te permiten generar tus facturas electrónicas en menos tiempo, ya que el uso de la plataforma está pensado para personas que no necesariamente cuenten con experiencia en estas cosas. Esta es una forma en que nuestra plataforma ayuda al emprendedor. Nuestro equipo de soporte resolverá todas tus dudas con gusto y te ayudará todo lo posible para que tu camino de emprendedor sea más fácil.Duda, ¿puedo emprender un negocio y recibir ingresos por salarios simultáneamente?
Sí, siempre que además de tu régimen de sueldos y salarios te des de alta en algún régimen de actividad empresarial por ejemplo, en el Régimen de Incorporación Fiscal siempre que tus ingresos por ambas actividades no superen los dos millones de pesos al año.
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