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Home Consejos Fiscales

Tabla RESICO 2025, calcula el impuesto a pagar fácil y rápido

01/07/2025
in Consejos Fiscales, Contabilidad Electrónica
Declaracion RESICO

Cuando se trata de inscribirse en un régimen de incorporación fiscal, los contribuyentes deben buscar aquel que le permita tener más beneficios sin descuidar las obligaciones con el SAT, la buena noticia es que existe un esquema bastante sencillo, pensado para personas físicas con ingresos no tan altos: el RESICO; y si lo que buscas es calcular tu ISR 2025 de forma rápida y sin complicaciones, la tabla RESICO puede ser tu mejor aliada.

Aunque este régimen también contempla a personas morales con ciertos requisitos, la mayoría de sus beneficios se enfocan en los contribuyentes individuales.

Contenido de nuestro Artículo

Toggle
  • ¿Qué es el RESICO y cómo opera?
  • ¿Quiénes quedan fuera del RESICO?
  • Obligaciones fiscales al registrarse en RESICO
  • Tabla de ISR RESICO para Personas Físicas 2025 (ANUAL RESICO)
  • Tabla de ISR RESICO 2025 (MENSUAL RESICO)
  • ¿Por qué existe una tabla anual y otra mensual en RESICO?
  • Cómo calcular el ISR en el RESICO
  • Otras tablas de ISR útiles este 2025
    • Tarifa para el cálculo de los pagos provisionales que se deban efectuar durante 2025, tratándose de
    • la enajenación de inmuebles a que se refiere la regla 3.15.4. de la Resolución Miscelánea Fiscal.
  • 2. Retenciones periódicas de ISR
    • Retención Diaria
    • Retención Semanal
    • Retención Decenal
    • Retención Quincenal
    • Retención Mensual
  • 3. Tarifas mensuales de pagos provisionales de ISR para Personas Físicas con Actividad Empresarial:
    • Enero
    • Febrero
    • Marzo
    • Abril
    • Mayo
    • Junio
    • Julio
    • Agosto
    • Septiembre
    • Octubre
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¿Qué es el RESICO y cómo opera?

El RESICO, es una modalidad fiscal que el SAT puso en marcha en el año 2022 para personas físicas. Su principal objetivo es simplificar el pago de impuestos, aplicando tasas bajas directamente sobre los ingresos obtenidos, sin necesidad de hacer deducciones.

Este esquema busca que los contribuyentes puedan cumplir con sus obligaciones fiscales de forma más sencilla, con menos trámites y una carga de ISR considerablemente menor.

¿Quiénes quedan fuera del RESICO?

No todos pueden acceder a este régimen. Quedan excluidos quienes son socios o accionistas de empresas, quienes trabajan casi exclusivamente para un solo cliente, o quienes operan mediante fideicomisos.

Se excluyen a aquellos que hayan estado en el régimen opcional para grupos de sociedades o quienes rebasen el tope de ingresos anuales permitido.

Obligaciones fiscales al registrarse en RESICO

Ingresar al Régimen Simplificado de Confianza implica ciertos compromisos ante el SAT, aunque mucho más ligeros en comparación con otros regímenes. De inicio, el contribuyente debe inscribirse en el RFC y seleccionar el régimen RESICO desde el portal del SAT.

Como cualquier otro contribuyente hay que emitir facturas electrónicas por cada ingreso recibido, llevar un control básico de sus operaciones y presentar declaraciones mensuales, incluso si no se generaron ingresos ese mes.

Además, se debe presentar una declaración anual, aunque en este régimen no se permite aplicar deducciones. El cálculo del ISR se realiza de forma muy sencilla, sin necesidad de contratar a un contador o entender fórmulas complicadas.

Y justo aquí entra en juego la famosa tabla RESICO: una herramienta indispensable que determina la tasa de ISR que debes aplicar, según tu nivel de ingresos anuales.

Tabla de ISR RESICO para Personas Físicas 2025 (ANUAL RESICO)

Ingresos Anuales (MXN)Tasa de ISR
Hasta $300,0001.00%
De $300,001 a $600,0001.10%
De $600,001 a $1,000,0001.50%
De $1,000,001 a $2,500,0002.00%
De $2,500,001 a $3,500,0002.50%

Tabla de ISR RESICO 2025 (MENSUAL RESICO)

Monto de los ingresosTasa aplicable
Hasta $25,000.001.00%
Hasta $50,000.001.10%
Hasta $83,333.331.50%
Hasta 208,333.332.00%
Hasta 3,500,000.002.50%

¿Por qué existe una tabla anual y otra mensual en RESICO?

La tabla anual sirve como referencia general para conocer la tasa de ISR que le corresponde a cada contribuyente según sus ingresos acumulados durante todo el año. Es la base que usa el SAT para definir el porcentaje que aplica a cada rango de ingresos.

Sin embargo, como los pagos del Impuesto sobre la Renta en RESICO se hacen mes a mes, también existe una tabla mensual. Esta permite aplicar de forma inmediata la tasa correspondiente al ingreso acumulado en ese periodo, facilitando así el cálculo y pago puntual del impuesto.

Ambas tablas se complementan: la anual orienta y marca el límite de ingresos permitido en el régimen, mientras que la mensual es la que se usa para calcular el impuesto en cada declaración periódica.

Cómo calcular el ISR en el RESICO

Gracias a estas tasas progresivas, los emprendedores pueden contribuir al SAT en proporción a lo que realmente ganan. Esto elimina complicaciones en los cálculos y hace mucho más accesible cumplir con sus obligaciones fiscales.

Cómo se calcula el ISR en el régimen RESICO

El proceso para calcular el ISR en este régimen es muy práctico:

  1. Suma tus ingresos del mes: Considera todos los ingresos brutos que tuviste en ese periodo, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
  2. Revisa la tabla de tasas: Identifica en qué rango se ubican tus ingresos anuales estimados para conocer el porcentaje que te corresponde.
  3. Haz el cálculo: Multiplica tus ingresos del mes por la tasa de ISR que te corresponde según la tabla.

Otras tablas de ISR útiles este 2025

Tarifa para el cálculo de los pagos provisionales que se deban efectuar durante 2025, tratándose de

la enajenación de inmuebles a que se refiere la regla 3.15.4. de la Resolución Miscelánea Fiscal.

Límite inferior en $Límite superior en $Cuota fija en $Porcentaje para aplicarse sobre el excedente del límite inferior
0.018,952.490.001.92%
8,952.5075,984.55171.886.40%
75,984.56133,536.074,461.9410.88%
133,536.08155,229.8010,723.5516.00%
155,229.81185,852.5714,194.5417.92%
185,852.58374,837.8819,682.1321.36%
374,837.89590,795.9960,049.4023.52%
590,796.001,127,926.84110,842.7430.00%
1,127,926.851,503,902.46271,981.9932.00%
1,503,902.474,511,707.37392,294.1734.00%
4,511,707.38En adelante1,414,947.8535.00%

2. Retenciones periódicas de ISR

Retención Diaria

Límite inferior en $Límite superior en $Cuota fija en $Porcentaje para aplicarse sobre el excedente del límite inferior
0.0124.540.001.92%
24.55208.290.476.40%
208.30366.0512.2310.88%
366.06425.5229.4016.00%
425.53509.4638.9117.92%
509.471,027.5253.9521.36%
1,027.531,619.51164.6123.52%
1,619.523,091.90303.8530.00%
3,091.914,122.54745.5632.00%
4,122.5512,367.621,075.3734.00%
12,367.63En adelante3,878.6935.00%

Retención Semanal

Límite inferior en $Límite superior en $Cuota fija en $Porcentaje para aplicarse sobre el excedente del límite inferior
0.01171.780.001.92%
171.791,458.033.296.40%
1,458.042,562.3585.6110.88%
2,562.362,978.64205.8016.00%
2,978.653,566.22272.3717.92%
3,566.237,192.64377.6521.36%
7,192.6511,336.571,152.2723.52%
11,336.5821,643.302,126.9530.00%
21,643.3128,857.785,218.9232.00%
28,857.7986,573.347,527.5934.00%
86,573.35En adelante27,150.8335.00%

Retención Decenal

Límite inferior en $Límite superior en $Cuota fija en $Porcentaje para aplicarse sobre el excedente del límite inferior
0.01245.400.001.92%
245.412,082.904.706.40%
2,082.913,660.50122.3010.88%
3,660.514,255.20294.0016.00%
4,255.215,094.60389.1017.92%
5,094.6110,275.20539.5021.36%
10,275.2116,195.101,646.1023.52%
16,195.1130,919.003,038.5030.00%
30,919.0141,225.407,455.6032.00%
41,225.41123,676.2010,753.7034.00%
123,676.21En adelante38,786.9035.00%

Retención Quincenal

Límite inferior en $Límite superior en $Cuota fija en $Porcentaje para aplicarse sobre el excedente del límite inferior
0.01368.100.001.92%
368.113,124.357.056.40%
3,124.365,490.75183.4510.88%
5,490.766,382.80441.0016.00%
6,382.817,641.90583.6517.92%
7,641.9115,412.80809.2521.36%
15,412.8124,292.652,469.1523.52%
24,292.6646,378.504,557.7530.00%
46,378.5161,838.1011,183.4032.00%
61,838.11185,514.3016,130.5534.00%
185,514.31En adelante58,180.3535.00%

Retención Mensual

Límite inferior en $Límite superior en $Cuota fija en $Porcentaje para aplicarse sobre el excedente del límite inferior
0.01746.040.001.92%
746.056,332.0514.326.40%
6,332.0611,128.01371.8310.88%
11,128.0212,935.82893.6316.00%
12,935.8315,487.711,182.8817.92%
15,487.7231,236.491,640.1821.36%
31,236.5049,233.005,004.1223.52%
49,233.0193,993.909,236.8930.00%
93,993.91125,325.2022,665.1732.00%
125,325.21375,975.6132,691.1834.00%
375,975.62En adelante117,912.3235.00%

3. Tarifas mensuales de pagos provisionales de ISR para Personas Físicas con Actividad Empresarial:

Enero

Límite inferior en $Límite superior en $Cuota fija en $Porcentaje para aplicarse sobre el excedente del límite inferior
0.01746.040.001.92%
746.056,332.0514.326.40%
6,332.0611,128.01371.8310.88%
11,128.0212,935.82893.6316.00%
12,935.8315,487.711,182.8817.92%
15,487.7231,236.491,640.1821.36%
31,236.5049,233.005,004.1223.52%
49,233.0193,993.909,236.8930.00%
93,993.91125,325.2022,665.1732.00%
125,325.21375,975.6132,691.1834.00%
375,975.62En adelante117,912.3235.00%

Febrero

Límite inferior en $Límite superior en $Cuota fija en $Porcentaje para aplicarse sobre el excedente del límite inferior
0.011,492.080.001.92%
1,492.0912,664.1028.646.40%
12,664.1122,256.02743.6610.88%
22,256.0325,871.641,787.2616.00%
25,871.6530,975.422,365.7617.92%
30,975.4362,472.983,280.3621.36%
62,472.9998,466.0010,008.2423.52%
98,466.01187,987.8018,473.7830.00%
187,987.81250,650.4045,330.3432.00%
250,650.41751,951.2265,382.3634.00%
751,951.23En adelante235,824.6435.00%

Marzo

Límite inferior en $Límite superior en $Cuota fija en $Porcentaje para aplicarse sobre el excedente del límite inferior
0.012,238.120.001.92%
2,238.1318,996.1542.966.40%
18,996.1633,384.031,115.4910.88%
33,384.0438,807.462,680.8916.00%
38,807.4746,463.133,548.6417.92%
46,463.1493,709.474,920.5421.36%
93,709.48147,699.0015,012.3623.52%
147,699.01281,981.7027,710.6730.00%
281,981.71375,975.6067,995.5132.00%
375,975.611,127,926.8398,073.5434.00%
1,127,926.84En adelante353,736.9635.00%

Abril

Límite inferior en $Límite superior en $Cuota fija en $Porcentaje para aplicarse sobre el excedente del límite inferior
0.012,984.160.001.92%
2,984.1725,328.2057.286.40%
25,328.2144,512.041,487.3210.88%
44,512.0551,743.283,574.5216.00%
51,743.2961,950.844,731.5217.92%
61,950.85124,945.966,560.7221.36%
124,945.97196,932.0020,016.4823.52%
196,932.01375,975.6036,947.5630.00%
375,975.61501,300.8090,660.6832.00%
501,300.811,503,902.44130,764.7234.00%
1,503,902.45En adelante471,649.2835.00%

Mayo

Límite inferior en $Límite superior en $Cuota fija en $Porcentaje para aplicarse sobre el excedente del límite inferior
0.013,730.200.001.92%
3,730.2131,660.2571.606.40%
31,660.2655,640.051,859.1510.88%
55,640.0664,679.104,468.1516.00%
64,679.1177,438.555,914.4017.92%
77,438.56156,182.458,200.9021.36%
156,182.46246,165.0025,020.6023.52%
246,165.01469,969.5046,184.4530.00%
469,969.51626,626.00113,325.8532.00%
626,626.011,879,878.05163,455.9034.00%
1,879,878.06En adelante589,561.6035.00%

Junio

Límite inferior en $Límite superior en $Cuota fija en $Porcentaje para aplicarse sobre el excedente del límite inferior
0.014,476.240.001.92%
4,476.2537,992.3085.926.40%
37,992.3166,768.062,230.9810.88%
66,768.0777,614.925,361.7816.00%
77,614.9392,926.267,097.2817.92%
92,926.27187,418.949,841.0821.36%
187,418.95295,398.0030,024.7223.52%
295,398.01563,963.4055,421.3430.00%
563,963.41751,951.20135,991.0232.00%
751,951.212,255,853.66196,147.0834.00%
2,255,853.67En adelante707,473.9235.00%

Julio

Límite inferior en $Límite superior en $Cuota fija en $Porcentaje para aplicarse sobre el excedente del límite inferior
0.015,222.280.001.92%
5,222.2944,324.35100.246.40%
44,324.3677,896.072,602.8110.88%
77,896.0890,550.746,255.4116.00%
90,550.75108,413.978,280.1617.92%
108,413.98218,655.4311,481.2621.36%
218,655.44344,631.0035,028.8423.52%
344,631.01657,957.3064,658.2330.00%
657,957.31877,276.40158,656.1932.00%
877,276.412,631,829.27228,838.2634.00%
2,631,829.28En adelante825,386.2435.00%

Agosto

Límite inferior en $Límite superior en $Cuota fija en $Porcentaje para aplicarse sobre el excedente del límite inferior
0.015,968.320.001.92%
5,968.3350,656.40114.566.40%
50,656.4189,024.082,974.6410.88%
89,024.09103,486.567,149.0416.00%
103,486.57123,901.689,463.0417.92%
123,901.69249,891.9213,121.4421.36%
249,891.93393,864.0040,032.9623.52%
393,864.01751,951.2073,895.1230.00%
751,951.211,002,601.60181,321.3632.00%
1,002,601.613,007,804.88261,529.4434.00%
3,007,804.89En adelante943,298.5635.00%

Septiembre

Límite inferior en $Límite superior en $Cuota fija en $Porcentaje para aplicarse sobre el excedente del límite inferior
0.016,714.360.001.92%
6,714.3756,988.45128.886.40%
56,988.46100,152.093,346.4710.88%
100,152.10116,422.388,042.6716.00%
116,422.39139,389.3910,645.9217.92%
139,389.40281,128.4114,761.6221.36%
281,128.42443,097.0045,037.0823.52%
443,097.01845,945.1083,132.0130.00%
845,945.111,127,926.80203,986.5332.00%
1,127,926.813,383,780.49294,220.6234.00%
3,383,780.50En adelante1,061,210.8835.00%

Octubre

Límite inferior en $Límite superior en $Cuota fija en $Porcentaje para aplicarse sobre el excedente del límite inferior
0.017,460.400.001.92%
7,460.4163,320.50143.206.40%
63,320.51111,280.103,718.3010.88%
111,280.11129,358.208,936.3016.00%
129,358.21154,877.1011,828.8017.92%
154,877.11312,364.9016,401.8021.36%
312,364.91492,330.0050,041.2023.52%
492,330.01939,939.0092,368.9030.00%
939,939.011,253,252.00226,651.7032.00%
1,253,252.013,759,756.10326,911.8034.00%
3,759,756.11En adelante1,179,123.2035.00%

Noviembre

Límite inferior en $Límite superior en $Cuota fija en $Porcentaje para aplicarse sobre el excedente del límite inferior
0.018,206.440.001.92%
8,206.4569,652.55157.526.40%
69,652.56122,408.114,090.1310.88%
122,408.12142,294.029,829.9316.00%
142,294.03170,364.8113,011.6817.92%
170,364.82343,601.3918,041.9821.36%
343,601.40541,563.0055,045.3223.52%
541,563.011,033,932.90101,605.7930.00%
1,033,932.911,378,577.20249,316.8732.00%
1,378,577.214,135,731.71359,602.9834.00%
4,135,731.72En adelante1,297,035.5235.00%

Diciembre

Límite inferior en $Límite superior en $Cuota fija en $Porcentaje para aplicarse sobre el excedente del límite inferior
0.018,952.490.001.92%
8,952.5075,984.55171.886.40%
75,984.56133,536.074,461.9410.88%
133,536.08155,229.8010,723.5516.00%
155,229.81185,852.5714,194.5417.92%
185,852.58374,837.8819,682.1321.36%
374,837.89590,795.9960,049.4023.52%
590,796.001,127,926.84110,842.7430.00%
1,127,926.851,503,902.46271,981.9932.00%
1,503,902.474,511,707.37392,294.1734.00%
4,511,707.38En adelante1,414,947.8535.00%

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