Factura con Complemento de Donatarias Autorizadas

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¿Qué es el complemento de Donatarias Autorizadas?
Es un complemento que se usa para incluir la información requerida por el Servicio de Administración Tributaria a las organizaciones civiles o fideicomisos autorizados para recibir donativos, este permite hacer deducibles las facturas a los donantes mediante factura con Complemento de Donatarias Autorizadas.
Este complemento permite incorporar a una factura los siguientes datos:
- Número del oficio en que se haya informado a la organización civil o fideicomiso, la procedencia de la autorización para recibir donativos deducibles.
- Fecha del oficio en que se haya informado a la organización civil o fideicomiso, la procedencia de la autorización para recibir donativos deducibles.
- Señalamiento expreso que el comprobante que se expide se deriva de un donativo.
¿Qué elementos debe contener este complemento de Donatarias Autorizadas?
El SAT Sugiere utilizar Clave del Producto o servicio: 84101600 “Financiación de ayudas” y la Clave de unidad de medida: C62 “Uno”.- Versión
- Número de Autorización
- Fecha de Autorización
- Leyenda
Este comprobante ampara un donativo, el cual será destinado por la donataria a los fines propios de su objeto social. En el caso de que los bienes donados hayan sido deducidos previamente para los efectos del impuesto sobre la renta, este donativo no es deducible.Como cualquier CFDI también se deben especificar los datos del Cliente, Forma y Método de Pago, así como los demás campos obligatorios de cualquier factura.
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Con Facturama, la plataforma de facturación online más práctica, puedes generar los tipos de facturas que necesites. Solicita tu prueba de servicio ¡Hoy!Posted on: 04/06/2019
Buenas tardes, tengo duda si las Presidencias Municipales están obligadas a facturar una donación con complemento de donatarias autorizas ya que son empresas morales con fines no lucrativos y de acuerdo al art 82 de la lisr considero que no están obligadas.