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¿Se puede cancelar una factura?

Sí, pero con restricciones. El SAT regula estrictamente el proceso de cancelación para evitar que los contribuyentes cancelen facturas de forma arbitraria una vez que el receptor ya las dedujo.

Motivos de cancelación

Desde el esquema de cancelación 2022, toda cancelación requiere especificar un motivo:
Con motivo 01, debes proporcionar el UUID del CFDI sustituto. El SAT enlaza ambos comprobantes y el receptor puede verificar el reemplazo.

¿Quién puede cancelar?

Solo el emisor puede solicitar la cancelación. El receptor no puede cancelar una factura que recibió.

Proceso de cancelación

El flujo depende del monto y del tipo de CFDI:

Cancelación inmediata (sin aceptación del receptor)

Aplica cuando:
  • El monto del CFDI es menor a $1,000 MXN
  • El receptor tiene el mismo RFC que el emisor (autoconsumo)
  • Pasaron más de 24 horas desde el timbrado y el receptor no ha descargado el XML
  • Han pasado más de 72 horas desde el timbrado en cualquier caso

Cancelación con aceptación del receptor

Si el monto supera $1,000 MXN y el receptor descargó el XML en las primeras 24 horas:

Plazo para cancelar

Un CFDI de 2023 ya no puede cancelarse en 2025. Si hubo un error, la solución es emitir un CFDI de Egreso (nota de crédito) referenciando el CFDI original.

Estados de cancelación

Después de solicitar la cancelación, el CFDI puede estar en los siguientes estados:

Cancelar en Facturama

El acuse de cancelación (XML firmado por el SAT) queda disponible en:
{format}: Formato ( pdf | html ) {type}: Tipo de comprobante (issed || payroll) para API Multiemisor ( issuedLite ) {id}: Identificador unico de la factura

Vigencia del CFDI

Un CFDI timbrado tiene vigencia fiscal mientras no sea cancelado. No caduca por el paso del tiempo. Sin embargo:
  • El SAT verifica CFDIs históricos en auditorías
  • Los receptores usan el XML para deducir impuestos en la declaración del período
  • Un CFDI cancelado después de que el receptor lo dedujo puede generar inconsistencias fiscales y ajustes en la declaración del receptor