Conoce todo sobre las SAS o Sociedades por Acciones Simplificadas: su significado, ventajas y requisitos
En el mundo empresarial, cada vez más emprendedores y pequeños empresarios buscan opciones flexibles y ágiles para iniciar y gestionar sus negocios. En este contexto, la Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) ha surgido como una forma atractiva y eficiente de constituir una empresa en diversos países.
A continuación te explicamos qué es la Sociedad por Acciones Simplificada, una estructura legal que ha ganado popularidad por su simplicidad administrativa y sus beneficios para los emprendedores.
Analizaremos sus principales rasgos y características que hacen de la SAS una opción a considerar para quienes buscan establecer su propio negocio.
¿Qué es la Sociedad por Acciones Simplificada?
Las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) en México es una forma de constitución empresarial que busca fomentar la creación de empresas de manera ágil y sencilla.
Este tipo de sociedad permite la constitución de una empresa con un mínimo de dos socios, sin necesidad de capital social mínimo, y ofrece una serie de ventajas como la reducción de trámites y costos, mayor flexibilidad en su estructura y funcionamiento, así como la posibilidad de llevar a cabo trámites en línea para su creación y modificación.
La SAS representa una opción atractiva para emprendedores y pequeños empresarios que deseen establecer un negocio de forma rápida y sin complicaciones, contribuyendo al desarrollo económico y la generación de empleo en el país.
¿Cuáles son las características de la Sociedad por Acciones Simplificada, S.A.S?
Las características principales de la Sociedad por Acciones Simplificada, S.A.S, en México son las siguientes:
1. Responsabilidad limitada de los socios o accionistas, que se limita al monto de sus aportaciones.
2. No es necesario apartar utilidades para fondo de reserva.
3. Debe calificarse como micro o pequeña empresa, con ingresos que no superen el límite establecido (que varía cada año) publicado en el Diario Oficial de la Federación.
4. Las modificaciones en los estatutos deben realizarse a través de un fedatario público.
5. No están sujetas a requisitos de escritura pública u otras formalidades.
6. Pueden transformarse a otro régimen societario en cualquier momento si así lo desean.
7. Las controversias entre accionistas se resuelven mediante mecanismos alternativos como la mediación o conciliación en primera instancia.
8. Salvo acuerdo contrario, las utilidades se distribuyen en proporción a las acciones de cada socio.
9. Deben cumplir con obligaciones de transparencia en el Sistema Electrónico de Publicaciones Empresariales.
10. Los accionistas no pueden tener el control o administración de otras sociedades mercantiles en México.
Es importante tener en cuenta que si la S.A.S supera el límite de ingresos establecido, deberá transformarse a otro régimen societario. Si esto no se lleva a cabo, los accionistas serán responsables frente a terceros de manera subsidiaria, solidaria e ilimitada, además de cualquier otra responsabilidad en la que puedan haber incurrido.
Además, no se requiere un capital mínimo para su constitución y se simplifica su operación mediante un esquema flexible de administración.
Administrador de la S.A.S
Un Administrador de una Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S) es una figura clave en la estructura de esta entidad legal. La S.A.S es una forma jurídica de empresa que ofrece ciertas ventajas y flexibilidades en su constitución y funcionamiento, y el Administrador es el encargado de gestionar y representar la sociedad en nombre de sus accionistas.
La función principal del Administrador es tomar decisiones ejecutivas y operativas para el buen funcionamiento de la S.A.S. Algunas de las responsabilidades más destacadas son:
Representación legal
El Administrador actúa como el representante legal de la S.A.S. Esto significa que tiene la autoridad para vincular legalmente a la empresa en contratos, acuerdos, y otras transacciones.
Gestión y dirección
El Administrador tiene la responsabilidad de dirigir las operaciones diarias y tomar decisiones estratégicas para el crecimiento y desarrollo de la empresa. Esto incluye la planificación financiera, la definición de políticas internas, la gestión de recursos humanos y la toma de decisiones sobre la producción o la prestación de servicios.
Cumplimiento normativo
El Administrador debe asegurarse de que la S.A.S cumpla con todas las leyes, regulaciones y obligaciones fiscales vigentes. Es responsable de presentar informes y documentación requerida por las autoridades gubernamentales y de mantener el cumplimiento en materia laboral y tributaria.
Rendición de cuentas
El Administrador debe rendir cuentas ante los accionistas y responder a sus inquietudes. Es común que se realicen reuniones periódicas de la junta directiva o asamblea de accionistas, donde se presenten informes sobre la situación de la empresa y se tomen decisiones relevantes.
Responsabilidad fiduciaria
El Administrador debe actuar con diligencia y lealtad hacia la empresa y sus accionistas. Esto implica tomar decisiones en el mejor interés de la S.A.S, evitando conflictos de interés y asegurándose de proteger los activos y la reputación de la empresa.
Es importante destacar que el número de administradores y sus funciones pueden variar según lo establecido en los estatutos de la S.A.S al momento de constituir una sociedad.
Algunas empresas pueden tener un solo administrador, mientras que otras pueden contar con un equipo directivo más amplio. Además, las responsabilidades específicas de un administrador pueden variar dependiendo de la estructura y naturaleza de la empresa.
En cualquier caso, su papel es fundamental para el éxito y cumplimiento de los objetivos de la Sociedad por Acciones Simplificada.
¿Qué debe contener el estatuto de la Sociedad por Acciones Simplificada?
El estatuto de una Sociedad por Acciones Simplificada (SAS) es un documento fundamental que establece las reglas y normas internas bajo las cuales la empresa operará y se regirá. A continuación, se describen los elementos que debe contener el estatuto de una SAS:
- Nombre de la sociedad: Se debe indicar el nombre completo de la empresa, que debe incluir las palabras “Sociedad por Acciones Simplificada” o su abreviatura “SAS” al final.
- Objeto social: Debe especificarse la actividad principal o las actividades que la sociedad realizará. Esto define el propósito y alcance de la empresa.
- Domicilio: Se debe señalar la dirección donde la empresa tendrá su sede principal.
- Plazo de duración: Se establece el tiempo de vida de la empresa. En algunos países, como Colombia, se fija por defecto un plazo indefinido, pero es posible establecer una duración específica si así se desea.
- Capital social: Se debe indicar el monto total del capital social con el que la empresa se constituirá. Además, se debe detallar la forma en que los accionistas aportarán su capital y la cantidad de acciones en las que se dividirá dicho capital.
- Aportes de los accionistas: Especifica los aportes en dinero, bienes o trabajo que cada accionista realizará para adquirir las acciones de la sociedad.
- Administración de la sociedad: Aquí se describen los órganos de gobierno y administración de la SAS, como la junta de accionistas, el representante legal o gerente, y cualquier otro organismo de toma de decisiones que se establezca.
- Reuniones de accionistas: Se detallan las normas para convocar y celebrar reuniones de accionistas, así como los requisitos para que las decisiones sean válidas.
- Distribución de utilidades: Se estipulan las normas para la distribución de ganancias o utilidades entre los accionistas.
- Transferencia de acciones: Se establecen las reglas para la transferencia de acciones entre accionistas y terceros, si procede.
- Disolución y liquidación: Se establecen las condiciones bajo las cuales la sociedad puede ser disuelta y cómo se realizaría el proceso de liquidación y distribución de activos.
- Modificaciones estatutarias: Se describen los procedimientos para realizar cambios en el estatuto en el futuro, así como las mayorías necesarias para aprobar tales modificaciones.
¿Cuáles son los requisitos para constituir una Sociedad por Acciones Simplificada?
Para establecer una Sociedad por Acciones Simplificada, S.A.S, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
- Todos los accionistas deben contar con una firma electrónica o e.firma.
- Al menos uno de los accionistas debe tener la autorización de la denominación de la sociedad, la cual se puede obtener en línea a través del siguiente enlace: Portal Tu Empresa.
- Los accionistas deben dar su consentimiento de manera electrónica, siguiendo los estatutos sociales proporcionados por la Secretaría de Economía para la creación de la S.A.S.
- Se generará un contrato social de constitución de la sociedad, el cual será firmado electrónicamente por todos los accionistas y entregado de forma digital.
- La Secretaría de Economía enviará telemáticamente el contrato para su inscripción en el Registro Público de Comercio, y posteriormente, el sistema generará digitalmente el documento de inscripción de la sociedad en el registro.
- Los accionistas no pueden ser simultáneamente accionistas con capacidad de toma de decisiones en otro tipo de sociedad mercantil (por ejemplo: administrador, accionista mayoritario, etc.).
¿Qué tipo de beneficios fiscales tienen las S.A.S?
Las sociedades por acciones simplificadas pueden obtener diversos beneficios fiscales, dependiendo de su fecha de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
Sociedades por Acciones Simplificadas inscritas después del 4 de mayo de 2017:
Si tu S.A.S se inscribió después del 4 de mayo de 2017 en el RFC, se considera que optaste por el esquema de tributación basado en flujo de efectivo. Este enfoque te permite pagar el Impuesto sobre la Renta (ISR) acumulando solo los ingresos y deducciones efectivamente realizados durante el período correspondiente.
Si en algún momento deseas cambiar este esquema de tributación, puedes hacerlo presentando un caso de aclaración en el Portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) dentro del mes siguiente a la fecha de inscripción.
Sociedades por Acciones Simplificadas inscritas antes del 4 de mayo de 2017:
En el caso de que tu S.A.S. haya sido inscrita en el RFC antes del 4 de mayo de 2017, se considera que seleccionaste el esquema de tributación basado en flujo de efectivo desde el 1 de enero de 2017.
Los beneficios fiscales de este esquema para personas físicas, incluyen la acumulación de ingresos y deducciones efectivas para el cálculo del ISR y la exención de presentar la DIOT. Si tienes intención de modificar este esquema de tributación, era necesario realizarlo antes del 15 de junio de 2017 según lo que indica la ley.
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