DIOT

¿Qué es la DIOT?

La DIOT es una de las obligaciones fiscales relacionadas con declarar el pago del IVA en los casos de transacciones con terceros.

¿Qué es la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros?

La Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) es aquella cuyo objetivo es informar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del Impuesto al Valor Agregado en las operaciones realizadas con proveedores.

Se presenta a más tardar el mes inmediato posterior al que corresponda el período o de manera semestral.

¿Quiénes presentan la DIOT?

Esta declaración la presentan personas físicas y morales que realicen actos o actividades gravados por la Ley del IVA y/o que tengan registrada la clave de obligación fiscal correspondiente al IVA; en caso de no haber tenido operaciones con terceros, aun así se debe declarar por el hecho de tener registrada dicha clave, en cuyo caso se selecciona la opción «La presenta sin operaciones».

También están obligados a presentar la DIOT la Federación, Entidades Federativas, Distrito Federal y sus organismos descentralizados y municipios.

Tipos de proveedores

Cabe mencionar que, al hablar de terceros, la autoridad fiscal sólo se refiere a la figura de proveedores y en ningún caso a los clientes. Los proveedores que se pueden relacionar son:

  • Nacional
  • Extranjero
  • Global

Tipos de operación

Las operaciones que se reportan en la DIOT incluyen algunas de las siguientes:

  • Prestación de servicios profesionales (todos los proveedores).
  • Arrendamiento de inmuebles (Proveedor Nacional y Proveedor Global).
  • Otros.

Cómo se presenta la DIOT

La Declaración Informativa de Operaciones con Terceros se presenta mediante el formato A-29 “Declaración Informativa de Operaciones con Terceros” contenido en el Portal del SAT. Es necesario tomar en cuenta las siguientes consideraciones:

  • Se deben reportar la totalidad de las operaciones realizadas con todos los proveedores.
  • La información de cada proveedor se debe considerar sin incluir el IVA.
  • Se deben incluir a los proveedores de tasa 0%.
  • Tratándose de personas morales, el campo que informa sobre el monto del IVA pagado no acreditable incluyendo importación es obligatorio; para personas físicas no es obligatorio, pero sí sugerido.

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Posted on: 25/04/2022

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