¿Cómo indicar el Régimen Fiscal, el Código Postal y otros datos en la nueva factura 4.0?

Nuevos requisitos en la facturación 4.0

Ahora sí, por fin, llegó la hora de la nueva facturación 4.0 de forma obligatoria, luego de un montón de prórrogas. En esta sección del Blog de Facturama te hemos explicado algunos de los cambios en la versión de CFDI más importantes y lo que significan para ti.

¿Ya te pusiste al día con tu información fiscal? Recuerda que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) te está esperando para actualizar tu Cédula de Situación Fiscal (CIF) antes del cierre de año y así tener toda tu información en orden cuando quieras facturar y recibir facturas.

De momento, vale la pena destacar algunos de los puntos significativos que pudieran facilitarte la transición y que no están de más aclarar por si persisten ciertas dudas.

Ebook CFDI 4.0 - facturación 4.0

Información requerida en el CFDI 4.0Requisitos

En el nuevo esquema de facturación 4.0 que ya opera en México, es obligatorio ingresar los datos del emisor y del receptor del comprobante fiscal al momento de elaborar la factura. Estos datos que ahora se requieren fueron modificados en comparación con la versión 3.3 de CFDI; es decir, la anterior y que estuvo vigente hasta el 31 de marzo de 2023, de manera que algunos se eliminaron y otros se añadieron.

Por ejemplo, el Régimen Societario (SA de CV, SRL y demás) ya no se debe indicar. Tampoco es necesario incluir la CURP como anteriormente, bastando con el RFC para autenticar a ambos contribuyentes (quien emite y quien recibe).

¿Cuáles son los datos fiscales obligatorios en 2023?

Puede ocurrirte que, al emitir tus facturas electrónicas, realices la operación como un proceso ya mecanizado en tu mente por la fuerza de la costumbre. Pues es hora de cambiarte el chip porque ahora sí ya abandonamos la versión 3.3 de facturación electrónica y todos estos cambios incorporados ya son obligatorios en el esquema 4.0 de CFDI.

Por lo tanto, tanto con respecto a los datos personales que te corresponden, como en la solicitud de la información completa a todos tus receptores, deberás tener todo vigente y no bajar la guardia.

La información obligatoria de emisores y receptores que se ingresa en un comprobante fiscal es la siguiente:

  • Nombre completo (persona física).
  • Razón/Denominación Social (persona moral).
  • Régimen Fiscal (emisor y receptor).
  • Código Postal (del lugar de expedición y del domicilio fiscal del receptor).

Características de la nueva facturación

Por otro lado, en esta nueva factura 4.0 hay más variables que no debes dejar de lado:

  • El CFDI indica si la operación que motiva su expedición es objeto de impuestos indirectos.
  • Es posible relacionar más de un CFDI en los comprobantes relacionados.
  • Quienes exporten mercancías que no sean objeto de enajenación (o cuya enajenación sea a título gratuito) expedirán el comprobante fiscal de la operación.
  • El CFDI tiene nuevos apartados (nodos) para informar sobre operaciones con el público en general y las realizadas a cuenta de terceras personas.
  • Nuevos atributos para facturación a través de adquirientes de bienes que no sean enajenables.

El Régimen Fiscal y el Uso del CFDI 4.0 – Nuevos requisitos

En esta modalidad de facturación 4.0, el campo «Uso de CFDI», que solía ser flexible en la 3.3, ahora debe coincidir con el Régimen Fiscal del Receptor para validar que el gasto facturado sea justificable para su actividad económica.

Lo anterior quiere decir que, antes de elaborar tu comprobante fiscal, deberás consultar a tu Receptor cuál es el Uso de la Factura que necesita colocar, pues es lo que quedará reportado de su parte. Aquí debemos hacer énfasis en la revisión minuciosa del Catálogo de Usos del CFDI 4.0 del SAT, que necesariamente debe ser acorde al Régimen Fiscal.

También en cuanto al Emisor, el Régimen Fiscal se necesita como comprobación de que la actividad reportada se corresponda con su actividad económica; es decir, la que la venta realizada de cierto producto o la prestación de sus servicios, tenga que ver con su situación de registro.

Reubicación de la actividad económica

De ocurrir una falta de coincidencia entre el Régimen Fiscal y el Uso de CFDI, la autoridad fiscal (el SAT) tiene la facultad incluso de cambiarte de régimen para hacerlo coincidir con los usos que has estado reportando frecuentemente.

Esta modificación podría no ser del todo agradable, pues lo más seguro es que se acompañe de auditorías y sus consecuentes sanciones. Así que, podrá quizás ser algo engorroso y más si consideramos que es una novedad, pero es mejor apegarte lo mejor posible a las nuevas reglas.

Objeto del Impuesto en el llenado del comprobante

Otro de los campos novedosos es que ahora se señala el Objeto del Impuesto. Como su nombre indica, éste es un atributo que indica si la operación comercial es objeto o no de impuesto.

Las claves que se emplean, acordes a la recientemente renovada Guía de Llenado del CFDI 4.0, son:

  • No Objeto de Impuesto. Las actividades no objeto del impuesto son aquellas que el contribuyente NO realiza en territorio nacional
  • Sí Objeto de Impuesto. Se emplea cuando los contribuyentes están obligados al pago del IVA por desarrollar actividades económicas dentro del país, tales como: enajenación de bienes, prestación de servicios independientes, importación de bienes o servicios o prestación de bienes para su uso o goce temporal.
  • Sí Objeto de Impuesto y No Obligado al Desglose. Se refiere a las contribuciones del IEPS.
  • Sí objeto del impuesto y no causa impuesto. Se utiliza en el caso de una actividad que sea objeto del impuesto (IVA) pero que se encuentre exenta de éste.

Indicación del Domicilio Fiscal

Recordarás que en la versión 3.2, misma que dejó de emitirse en 2017, se requería el domicilio completo, el cual fue removido en la versión 3.3 del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI). Esta vez hace su regreso, pero parcialmente.

Es decir, en el caso de la obligatoriedad de proporcionar el Domicilio Fiscal, básicamente lo que se requiere forzosamente en el llenado del CFDI 4.0 es la indicación del Código Postal; no obstante, toma en cuenta que colocar la dirección completa es parte del requisito.

¿Cómo referir el Domicilio Fiscal del Emisor?

Una de las dudas más frecuentes radica en saber qué hacer cuando existen varias sucursales de un mismo negocio. Si tu rol es de Emisor del CFDI, tienes que saber elegir cuál es el Domicilio Fiscal de tu empresa para elaborar la factura.

La respuesta que brinda la autoridad en su Anexo 20 es que, cuando poseas más de un local o establecimiento, deberás señalar el domicilio en el que se expidan los comprobantes fiscales. Incluso si la matriz es otra, siempre apégate al lugar de la expedición, en donde ocurrió realmente la transacción que motiva el CFDI.

El Código Fiscal del Receptor

Para el caso del Receptor, dado que no se vería reflejado si tiene varias sucursales, el Código Postal que indiques dependerá exclusivamente del Domicilio Fiscal que tiene dado de alta en su Cédula de Identificación Fiscal.

Para decirlo en términos del llenado de la factura, el Código Postal, en caso de que sea diferente de los RFC Genéricos, debe estar asociado a la clave de RFC registrado en el campo RFC del Receptor.

Y ya que mencionamos a los RFC Genéricos, cabe señalar que cuando emitas una Factura Global deberás colocar tu propio Código Postal (de Emisor). Esto porque, como sabes, esa Factura Global emitida para el público en general significa que no hay un contribuyente activo que funja como receptor.

¿Tienes dudas sobre la facturación 4.0? – Contáctanos

Envíanos tus comentarios y sugerencias al correo electrónico info@facturama.mx o comunícate directamente en nuestro número 800 461 0618. ¡Estaremos felices de atenderte! 

Emite tu facturación fácilmente con Facturama

Facturama, facilita la operación contable de tu negocio, puedes generar las facturas que necesites sin complicaciones. Solicita tu prueba de servicio ¡Totalmente Gratis!

Posted on: 18/10/2022

2 thoughts on “¿Cómo indicar el Régimen Fiscal, el Código Postal y otros datos en la nueva factura 4.0?

  1. La clave 04 se refiere a actos que sean objeto de la LIVA, pero no causen el impuesto. En primera instancia podríamos considerar que en este punto encuadran los actos exentos; sin embargo, estos deben ser considerados dentro de la clave “02” si objeto del impuesto.

    Más bien, la clave “04” puede ser utilizada como bien lo señala el ejemplo del SAT, en el supuesto de la determinación de los intereses reales, que por una parte son objeto de la LIVA, pero que por la propia determinación no existe base, por lo que no se causa el impuesto (sin que se consideren exentos).

    Dicha situación ocurre cuando por la propia mecánica de ley se determina el valor de los actos o actividades, de una forma distinta al que se suele realizar; en los intereses es sabido que el gravamen corresponde al interés real, el cual se obtiene de restar los efectos inflacionarios al interés nominal.

    En el escenario puede existir un interés nominal pero no real; lo que actualizaría el supuesto de una operación que es objeto de la LIVA, pero no se causa ni tampoco es considerada exenta. Bajo esa premisa, se debe destacar que esta clave será utilizada principalmente por las entidades del sistema financiero. Asimismo, a la fecha de la publicación de esta nota, el SAT no cuenta con esta actualización en su programa de facturación, aunque algunos Proveedores Autorizados de Certificación (PAC) ya reportan la actualización y permiten utilizar la clave “04” del nodo “ObjetoImp”.

  2. HOLA, De la manera más atenta, solicito información para DEFINIR EXACTAMENTE a qué se refiere el rubro de ” RÉGIMEN FISCAL ” porque no pude o no supe a qué se refería. en una factura. Soy una persona de la tercera edad, jubilado y deseo esa aclaración. Mil gracias por su respuesta-

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

OBTÉN TUS 15 FACTURAS GRATIS

Te regalamos 30 días con 15 folios para hacer facturas y que conozcas Facturama.
Lo único que necesitas para comenzar, es tener a la mano tu RFC y un correo electrónico para probar nuestro servicio.
El correo que des de alta, es donde recibirás todas las notificaciones de tu actividad dentro de la plataforma.