Factura instantánea, todo lo que tienes que saber.

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) pondrá en marcha a partir del primer cuatrimestre del 2020 el programa Factura Instantánea.

“El objetivo de este programa es facilitar el proceso de facturación a los contribuyentes que realicen compras con tarjetas de crédito y débito.” – Explica Margarita Ríos Fajat, titular del SAT.

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¿Qué es la factura instantanea?

Es una nueva modalidad de facturación electrónica OPCIONAL en donde a través de la terminal punto de venta el contribuyente que realiza un pago con una tarjeta de crédito decidirá si desea en ese momento emitir su CFDI.

¿Dónde aparecerá la factura emitida?

La factura la emitirá la TPV (terminal punto de venta) con un QR. Como el que se muestra en la imagen a continuación. Para acceder a tu factura basta con abrir la cámara de tu celular y dirigirla hacia la imagen del código.

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En el comprobante de pago (ticket) aparecerá un código QR el cual se puede escanear para verificarla o revisarla directamente en la página del SAT

Bajo este mecanismo, el contribuyente ya no recibirá en su correo el comprobante fiscal.

¿Cuales son los datos que aparecerán en la factura instantánea?

  • La URL de acceso al servicio donde muestra los datos del comprobante.
  • Folio Fiscal del comprobante.
  • RFC del emisor.
  • RFC del receptor.
  • Total del comprobante.
  • Ocho últimos caracteres del sello digital del emisor del comprobante.

¿Cómo podré implementar este programa en mi negocio?

Este programa se implementará de manera gradual, iniciará en “negocios pequeños” como farmacias, gasolineras y restaurantes.

Para que este programa funcione durante los primeros 4 meses del 2020 el SAT y la Asociación de Bancos de México (ABM) trabajarán para reprogramar un millón 183 mil Terminales Puntos de Venta en todo el país. Lo cual no representará un costo para los negocios.

Cada establecimiento podrá elegir si expide la factura así o no.

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¿Y si soy cliente y no quiero que se genera la factura instantánea?

Será el cliente quien decida si quiere solicitar o no la factura, por lo que tampoco será obligatoria para él. De igual manera tendrá la opción de solicitar su factura de la manera tradicional.

“Es una decisión voluntaria del consumidor, no está obligado a dar de alta su RFC para su facturación.”SAT

¿Y si, sí quiero que al realizar una compra se genere la factura instantánea?

Para solicitar tu factura instantánea deberás incorporar el RFC a tu tarjeta, solicitando a la institución financiera que cargue tus datos al chip, o bien, en la primera compra, por única vez, solicitar al comercio que incorpore el RFC al momento de cobrar con la TPV.

Cosas a tener en cuenta:

  • Ningún contribuyente está obligado a realizar la facturación instantánea.
  • Las tarjetas departamentales están fuera de este proceso, pero podrían incorporarse eventualmente.
  • La factura instantánea sólo podrá generarse al RFC asociado con la tarjeta de debito/crédito con la cual se realiza el pago. Para generar una factura con otro RFC deberás hacerlo de la manera tradicional.
  • No sustituye la dinámica de facturación actual, ya que el pago en efectivo no entra en este beneficio y de no solicitar la factura al momento de hacer una compra, podrás solicitarla de la manera tradicional.

¡Que no cunda el pánico! Dice el SAT que:

  • El SAT no tendrá más control sobre las compras que hagan los usuarios con tarjetas de debido o crédito.
  • Se aplicará únicamente a las personas que quieran emitir las facturas de manera instantánea.
  • Ningún contribuyente está obligado a realizar la facturación instantánea.
  • Las compras de los ciudadanos están protegidas en caso de que no deseen darlas a conocer al Servicio de Administración Tributaria.
  • Su objetivo es facilitar la vida al contribuyente, haciendo más sencillo el proceso de facturación.
CTA-free-trial Posted on: 14/01/2020

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