Ingresos acumulables para el régimen de honorarios

Ingresos acumulables para el Régimen de honorarios

Aprende las claves para optimizar tus impuestos y cumplir con tus obligaciones fiscales de manera efectiva conociendo sobre los ingresos acumulables

El régimen de honorarios es un sistema de tributación que se aplica a las personas que prestan servicios profesionales de manera independiente, como abogados, médicos, consultores, arquitectos, entre otros.

En este régimen, los ingresos acumulables son aquellos que deben ser considerados para calcular el impuesto sobre la renta que debe pagar el contribuyente al Servicio de Administración Tributaria (SAT).

En este artículo te explicaremos un poco más sobre los ingresos acumulables.

Pero ¿qué es un ingreso?

Un ingreso se refiere a la entrada o recepción de dinero o recursos a una persona, empresa u organización. Los ingresos pueden tomar muchas formas y se utilizan para medir la cantidad de dinero que una entidad recibe durante un período de tiempo específico. Los ingresos son un componente fundamental en la contabilidad y la gestión financiera, ya que reflejan la capacidad de generar dinero y financiar gastos.

Es importante tener en cuenta que los ingresos pueden ser brutos o netos. Los ingresos brutos representan la cantidad total de dinero que se recibe antes de deducir impuestos u otros gastos, mientras que los ingresos netos son la cantidad que queda después de deducir los costos y gastos relacionados tanto para las personas físicas como para personas morales.

A continuación, te explicamos los ingresos acumulables en el régimen de honorarios:

1. Honorarios profesionales:

Los honorarios que un profesional independiente recibe por sus servicios se consideran ingresos acumulables. Esto incluye los pagos que recibe por la realización de consultas, asesorías, trabajos técnicos, médicos, legales, contables, entre otros.

2. Comisiones y bonificaciones:

Las comisiones y bonificaciones que un profesional recibe en el ejercicio de su actividad también se consideran ingresos acumulables. Esto podría aplicar, por ejemplo, a un agente de seguros que recibe comisiones por la venta de pólizas y la acumulación de los ingresos que tiene cada año.

3. Arrendamiento de bienes:

Si el profesional tiene bienes que arrienda, como un consultorio, oficina o equipo, los ingresos que obtiene por concepto de arrendamiento se consideran ingresos acumulables.

4. Actividades empresariales complementarias:

Si el profesional realiza actividades empresariales adicionales que no son propiamente de su profesión pero que están relacionadas con ella, los ingresos derivados de estas actividades también se consideran acumulables. Por ejemplo, si un médico tiene una farmacia o una tienda de productos médicos.

5. Regalías:

Si el profesional recibe regalías por el uso de derechos de autor, patentes o marcas registradas, estos ingresos también se consideran acumulables.

6. Intereses y dividendos:

Los intereses y dividendos que el profesional obtiene de inversiones financieras también pueden considerarse ingresos acumulables, aunque en algunos casos podrían estar sujetos a un régimen fiscal diferente.

7. Otros ingresos:

Cualquier otro ingreso que el profesional reciba en el ejercicio de su actividad profesional independiente y que no esté específicamente exento por la ley se considera acumulable.

Es importante señalar que, en algunos casos, existen deducciones y gastos que pueden restarse de los ingresos acumulables para calcular la base gravable sobre la cual se aplica el impuesto sobre la renta. 

Estas deducciones pueden incluir gastos relacionados con la actividad profesional, como alquiler de oficina, servicios públicos, material de trabajo, entre otros.

¿Quiénes son sujetos del régimen de honorarios?

En México, el régimen de honorarios se aplica a profesionales independientes que prestan servicios de manera autónoma, sin establecer una relación laboral formal con sus clientes. Los sujetos que pueden estar bajo este régimen incluyen:

  1. Profesionistas: Esto abarca una amplia gama de ocupaciones, como abogados, médicos, contadores, arquitectos, ingenieros, diseñadores, consultores, y otros profesionales que ofrecen servicios técnicos o intelectuales.
  2. Artistas: Aquí se incluyen músicos, actores, escritores, pintores, escultores y otros artistas independientes que generan ingresos a través de su trabajo creativo.
  3. Técnicos: Profesionales técnicos que prestan servicios especializados, como técnicos de informática, reparadores de equipos electrónicos, instaladores de sistemas, etc.
  4. Comerciantes y comercio: En algunos casos, las personas que realizan actividades comerciales y venden bienes o servicios pueden estar sujetas al régimen de honorarios si operan de manera independiente y no constituyen una empresa formal.
  5. Consultores: Personas que brindan servicios de asesoramiento en diversas áreas, como consultores de negocios, asesores financieros, asesores de marketing, etc.

Es importante destacar que el régimen de honorarios es una forma de tributación en la que el profesional independiente emite facturas por sus servicios y es responsable de pagar impuestos sobre los ingresos generados.

Los profesionales sujetos a este régimen deben registrarse ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y cumplir con sus obligaciones fiscales, como presentar declaraciones de impuestos de manera periódica. También pueden estar sujetos a retenciones de impuestos por parte de sus clientes, dependiendo de la situación.

Sin embargo, las leyes fiscales y regulaciones pueden cambiar con el tiempo, por lo que es importante consultar con un contador o asesor fiscal en México para obtener información actualizada y específica sobre el régimen de honorarios y cómo se aplica a su situación particular.

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Posted on: 22/09/2023

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