IETU

¿Qué es el IETU o Impuesto Empresarial a la Tasa Única?

El IETU es un impuesto aplicable a la enajenación de bienes, el otorgamiento del uso temporal de bienes y la prestación de servicios independientes.

¿Qué es el Impuesto Empresarial a la Tasa Única? – Definición

El Impuesto Empresarial a la Tasa Única es un gravamen de control sobre las actividades de renta o subrogación de inmuebles.

En otras palabras, este impuesto directo grava los ingresos provenientes de enajenación, prestación de servicios y uso o goce temporal de bienes.

Su origen, en 2008, fue planificado como apoyo al ISR; es decir, para evitar las deducciones y beneficios extraordinarios que tienen por objeto eludir el pago del Impuesto Sobre la Renta.

En 2014 quedó derogado según publicación del Diario Oficial de la Federación; sin embargo, la Ley del Impuesto Empresarial a la Tasa Única continúa vigente.

¿A quién aplica el IETU? – Tipo de contribuyente

Están obligadas las personas físicas con actividades empresariales o régimen intermedio si se dedican a:

  • Prestación de servicios profesionales.
  • Renta de bienes inmuebles.
  • Actividades del sector comercial, industrial, agropecuarias, ganaderas y silvícolas.

También, las personas morales residentes en territorio nacional; es decir, quienes residen en el extranjero pero tienen un establecimiento en nuestro país, sin importar el lugar donde se generen sus ingresos por actividades como:

  • Enajenación y expropiación de bienes
  • Prestación y realización de servicios en forma independiente
  • Entrega y otorgamiento del uso o goce de manera temporal sobre los bienes y servicios

¿Quiénes están exentos del IETU?

Se mantienen en el estatus de exentos los ingresos obtenidos por:

  • Entidades Federativas, Municipios, órganos constitucionales autónomos y entidades de administración pública paraestatal.
  • Partidos, asociaciones, coaliciones y frentes políticos legalmente constituidos.
  • Sindicatos obreros.
  • Asociones civiles organizadas con fines científicos, políticos, religiosos y culturales.
  • Cámaras de comercio e industria.
  • Agrupaciones de tipo agrícolas, ganaderas, pesqueras y silvícolas.
  • Colegios de profesionales.
  • Asociaciones patronales y los organismos que agrupen a las sociedades cooperativas, ya sea de productores o de consumidores.
  • Instituciones o sociedades civiles que funjan como administradoras de fondos o cajas de ahorro, las sociedades cooperativas de consumo o de ahorro y préstamo autorizadas para operar como entidades de ahorro y crédito popular.
  • Asociaciones de padres de familia y las sociedades de gestión colectiva.

Asimismo, algunos ingresos exentos del IETU son:

  • Recursos obtenidos por personas morales con fines no lucrativos o fideicomisos, autorizados para recibir donativos deducibles.
  • Los que perciban las personas físicas y morales, provenientes de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras, que se encuentren exentos del pago del ISR.
  • Enajenación de partes sociales, documentos pendientes de cobro y títulos de crédito, con excepción de certificados de depósito de bienes y de certificados de participación inmobiliaria no amortizables.
  • La enajenación de moneda nacional y moneda extranjera, excepto cuando la persona se dedique exclusivamente a la compraventa de divisas (90% de sus ingresos).

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Posted on: 30/08/2022

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