Una persona física es, junto con la persona moral, una de las dos figuras mediante las cuales es posible registrarse en el RFC, darse de alta en Hacienda y, por ende, pagar impuestos.
El día de hoy en Facturama vamos a profundizar más en las características que debe tener una persona fisica y cuales son las diferencias que tiene con una persona moral.
¿Qué es una Persona Física? Definición y Requisitos
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) explica que la Persona física es un individuo mayor de edad que realiza cualquier actividad económica y recibe una remuneración por ello (vendedor, comerciante, empleado, profesionista, etc.), a partir de ese momento, adquiere derechos y obligaciones.
Derechos que tiene una persona física ante el SAT
1. Derecho a inscribirse en el RFC
Toda persona física tiene derecho a registrarse con su nombre en el RFC desde el momento en que inicia un negocio, empieza con una actividad profesional o firma un contrato de relación de trabajo. Al inscribirse podrá facturar, deducir impuestos y cumplir todos los requerimientos que solicita el fisco.
2. Acceder a beneficios fiscales
Podrá aplicar deducciones personales por gastos médicos, intereses hipotecarios o colegiaturas y con ello tener menos carga fiscal o en un posible saldo a favor al presentar su declaración anual.
3. Solicitar devoluciones de impuestos
Si el SAT determina que pagaste impuestos de más, puedes solicitar una devolución, es un derecho al que eres acreedor incluso si tienes un pequeño negocio como si trabajas por cuenta ajena.
4. Ser informado y asesorado
Tienes derecho a recibir orientación gratuita del SAT para entender mejor tus derechos y obligaciones. La instituación tiene que resolver dudas sobre tu estado civil, actividad económica o cualquier otro tema relacionado con tu situación fiscal y debe hacerlo sin costo alguno.
5. Presentar aclaraciones y quejas
En caso de errores o inconformidades, puedes ejercer tu derecho a presentar aclaraciones o quejas, y solicitar que se revisen los actos de autoridad en términos de legalidad y justicia.
Obligaciones fiscales de una persona física
1. Inscribirse en el RFC
Es una de las primeras responsabilidades fiscales, tienes que darte de alta ante el SAT con tu nombre completo, indicar tu actividad económica y cumplir con todos los requisitos que te soliciten.
2. Emitir CFDI
Si ofreces servicios, tienes una empresa o estás iniciando un negocio, debes emitir comprobantes fiscales por cada operación con la finalidad de mantener la transparencia y permite acceder a deducciones.
3. Presentar declaraciones
Debes presentar declaraciones mensuales o anuales, dependiendo del régimen fiscal en el que estés inscrito. Esta obligación aplica tanto para quienes prestan servicios independientes como para quienes tienen ingresos por arrendamiento o actividades empresariales.
4. Pagar impuestos
El pago de impuestos como el ISR o el IVA es ineludible pues garantiza el funcionamiento del sistema fiscal y evita sanciones.
5. Mantener tu información actualizada
Si cambias de domicilio, régimen, actividad económica o incluso de estado civil, es tu deber informar al SAT para estar totalmente s en regla y que los datos asociados a tu RFC sean correctos.
6. Llevar contabilidad
Quienes tienen una empresa, actividad empresarial o están bajo ciertos regímenes deben llevar contabilidad formal. Esto implica registrar ingresos, egresos y otros movimientos para cumplir con las responsabilidades fiscales establecidas.
Regímenes fiscales de la persona física
Los regímenes para la Persona Física, una vez que tiene mayoría de edad y está debidamente registrada ante el SAT se clasifican de acuerdo con sus actividades e ingresos y son:
- Sueldos y salarios e ingresos asimilados a salarios
- Actividades empresariales y profesionales
- Régimen de Incorporación Fiscal
- Enajenación de bienes
- Actividades empresariales con ingresos a través de plataformas tecnológicas
- Régimen de arrendamiento
- Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras (sector primario)
- Intereses
- Obtención de premios
- Dividendos
- Demás ingresos
Proceso de inscripción en el RFC de personas físicas
Para darse de alta en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) como persona física, es posible hacer el trámite en línea a través del Portal del SAT o físicamente en las oficinas del SAT. Si se hace de manera presencial, los documentos necesarios para el trámite (todos en original) son:
- CURP
- Carta de naturalización expedida por la autoridad competente, tratándose de mexicanos por naturalización.
- Documento migratorio vigente, emitido por autoridad competente, en caso de extranjeros.
- Comprobante de domicilio fiscal.
- Poder notarial o Carta Poder con ratificación de firmas ante las autoridades fiscales o Fedatario Público para actos de administración, dominio o especiales en caso de representación legal.
- Identificación oficial vigente del contribuyente o representante legal.
- Acuse de preinscripción al en caso de iniciarlo en línea.
Requisitos adicionales para quienes se encuentren en los siguientes casos:
a) Residentes en el extranjero con o sin establecimiento permanente en México
- Documento notarial con el que se haya designado el representante legal para efectos fiscales.
- Documento certificado con el que acrediten su número de identificación fiscal del país en que residan, cuando tengan obligación de contar con éste.
b) Personas físicas que realicen actividades de exportación de servicios de convenciones y exposiciones.
- Documento con el que se acredite que el interesado es titular de los derechos para operar un centro de convenciones o de exposiciones.
c) Menores de edad (en original y copia certificada):
- Acta de Nacimiento del menor, expedida por el Registro Civil.
- Resolución judicial o documento emitido por Fedatario Público en el que conste la patria potestad o tutela del menor.
- Manifestación por escrito de la conformidad de los padres para que uno de ellos actúe como representante del menor.
- Identificación oficial vigente del padre o tutor que funja como representante del menor.
- Poder notarial que acredite la personalidad del representante legal o Carta Poder con ratificación de firmas ante las autoridades fiscales, Notario o Fedatario Público.
d) Personas con incapacidad legal, judicialmente declarada:
- Resolución judicial definitiva, en la cual se declare la incapacidad de la persona física y conste la designación del tutor o representante legal.
- Identificación oficial vigente del tutor o representante legal.
¿Qué diferencias hay entre una persona física y una persona moral?
La principal diferencia entre una persona física y una persona moral radica en su naturaleza; eso quiere decir que la persona física es cualquier individuo que realiza una actividad económica bajo su propio nombre, ya sea como profesionista, comerciante o empleado.
En cambio, la persona moral es una entidad creada por una o más personas, con una identidad jurídica propia, como una empresa o asociación.
Mientras que la persona física responde directamente con su patrimonio por sus obligaciones fiscales y legales, la persona moral actúa a través de representantes legales y su responsabilidad, en la mayoría de los casos, se limita al capital que aportaron sus socios.
De igual forma, las obligaciones fiscales y contables de una persona moral resultan ser más complejas, ya que su operación tiene una capacidad mayor e implica una estructura más formal y organizada.
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