Régimen de Sueldos y Salarios

El Régimen de Sueldos y Salarios es el régimen bajo el que tributan las personas trabajadoras que perciben un sueldo o salario a cambio de un servicio subordinado a una figura patronal.

¿Qué es el Régimen de Sueldos y Salarios?Declaración de los Trabajadores

El Régimen 605 de Sueldos y Salarios e Ingresos Asimilados a Salarios es el régimen fiscal al que pertenecen las personas físicas que generan ingresos mediante la prestación de sus servicios profesionales a empresas o a otras personas físicas.

Para los contribuyentes que se encuentran en este caso no existen condicionantes con respecto a la cantidad de empleadores que tengan, mientras todos y cada uno de ellos los tengan registrados como asalariados.

Ejemplos del Régimen de Sueldos y Salarios e Ingresos Asimilados a Salarios

  • Obreros y técnicos.
  • Profesionistas y oficinistas.
  • Asistentes y secretarias.
  • Cajeros y empleados de mostrador.
  • Funcionarios y trabajadores del Gobierno en niveles federal, estatal o municipal.
  • Miembros de las fuerzas armadas
  • Miembros de Sociedades Cooperativas de Producción que reciben rendimientos y anticipos.
  • Miembro de Sociedades y Asociaciones Civiles que reciben anticipos
  • Quienes prestan servicios a un prestatario en sus instalaciones.
  • Quienes trabajan para personas físicas o morales siendo comisionista o comerciante.

Obligaciones patronales para el Régimen 605Características

  • Registrar a los trabajadores ante el Registro Federal del Contribuyente (RFC).
  • Entregar factura electrónica de nómina, por cada pago que realice.
  • Realizas la retención mensual por salarios y enterar el impuesto.
  • Entregar en efectivo las cantidades que resulten a favor de los empleados por concepto de Subsidio al Empleo.
  • Presentar la Declaración Informativa Múltiple de Sueldos y Salarios (DIM)  del ejercicio anual a más tardar el 15 de febrero del siguiente año.
  • Hacer las deducciones de las cuotas para la constitución y fomento de Sociedades Cooperativas y de Cajas de Ahorro.
  • Hacer las deducciones de las pensiones alimenticias cuando exista denuncia de por medio.
  • Pagar a los trabajadores las indemnizaciones que llegasen a presentarse.
  • Calcular el impuesto anual de las personas que te hayan prestado servicios personales subordinados, excepto cuando el colaborador…
  • Inició la prestación de servicios después del 1º de enero del año de que se trate o dejó de prestar servicios antes del 1º de diciembre del año por el que se efectúe el cálculo.
  • Obtuvo ingresos anuales por salarios o conceptos asimilados que excedan de $400,000.00.
  • Obtenga ingresos acumulables distintos de salarios o conceptos asimilados a éstos.

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