El Régimen de Sueldos y Salarios es el régimen bajo el que tributan las personas trabajadoras que perciben un sueldo o salario a cambio de un servicio subordinado a una figura patronal.
¿Qué es el Régimen de Sueldos y Salarios? – Declaración de los Trabajadores
El Régimen 605 de Sueldos y Salarios e Ingresos Asimilados a Salarios es el régimen fiscal al que pertenecen las personas físicas que generan ingresos mediante la prestación de sus servicios profesionales a empresas o a otras personas físicas.
Para los contribuyentes que se encuentran en este caso no existen condicionantes con respecto a la cantidad de empleadores que tengan, mientras todos y cada uno de ellos los tengan registrados como asalariados.
Ejemplos del Régimen de Sueldos y Salarios e Ingresos Asimilados a Salarios
- Obreros y técnicos.
- Profesionistas y oficinistas.
- Asistentes y secretarias.
- Cajeros y empleados de mostrador.
- Funcionarios y trabajadores del Gobierno en niveles federal, estatal o municipal.
- Miembros de las fuerzas armadas
- Miembros de Sociedades Cooperativas de Producción que reciben rendimientos y anticipos.
- Miembro de Sociedades y Asociaciones Civiles que reciben anticipos
- Quienes prestan servicios a un prestatario en sus instalaciones.
- Quienes trabajan para personas físicas o morales siendo comisionista o comerciante.
Obligaciones patronales para el Régimen 605 – Características
- Registrar a los trabajadores ante el Registro Federal del Contribuyente (RFC).
- Entregar factura electrónica de nómina, por cada pago que realice.
- Realizas la retención mensual por salarios y enterar el impuesto.
- Entregar en efectivo las cantidades que resulten a favor de los empleados por concepto de Subsidio al Empleo.
- Presentar la Declaración Informativa Múltiple de Sueldos y Salarios (DIM) del ejercicio anual a más tardar el 15 de febrero del siguiente año.
- Hacer las deducciones de las cuotas para la constitución y fomento de Sociedades Cooperativas y de Cajas de Ahorro.
- Hacer las deducciones de las pensiones alimenticias cuando exista denuncia de por medio.
- Pagar a los trabajadores las indemnizaciones que llegasen a presentarse.
- Calcular el impuesto anual de las personas que te hayan prestado servicios personales subordinados, excepto cuando el colaborador…
- Inició la prestación de servicios después del 1º de enero del año de que se trate o dejó de prestar servicios antes del 1º de diciembre del año por el que se efectúe el cálculo.
- Obtuvo ingresos anuales por salarios o conceptos asimilados que excedan de $400,000.00.
- Obtenga ingresos acumulables distintos de salarios o conceptos asimilados a éstos.
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