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Home Nóminas

Tablas ISR 2025 en México: Calcula lo que pagarás

21/05/2025
in Nóminas

Seguramente en algún momento te has preguntado… ¿Cómo calcular el ISR? El ISR es el Impuesto sobre la Renta, un impuesto que se aplica a los ingresos obtenidos por una persona física o moral. Se aplica tanto a los ingresos que se perciben por actividades laborales, como a los obtenidos por actividades comerciales o de inversión.

El ISR es un impuesto federal que se aplica a todas las personas físicas y jurídicas que obtengan ingresos en territorio mexicano, incluyendo a los trabajadores asalariados, empresarios, profesionales independientes, artistas, entre otros. El impuesto se calcula sobre la base de los ingresos netos obtenidos durante el año fiscal, es decir, después de deducir los gastos autorizados y las deducciones fiscales correspondientes.

Es importante destacar que el ISR es un impuesto progresivo, lo que significa que su tasa aumenta a medida que aumentan los ingresos de la persona o empresa.

Además, existen diferentes tarifas y regímenes fiscales según la actividad económica y el nivel de ingresos de cada contribuyente.

Contenido de nuestro Artículo

Toggle
  • ¿Por qué se cambian las Tarifas del ISR?
    • Necesidad de recaudar más ingresos fiscales:
    • Reducción de la desigualdad:
    • Estimular el crecimiento económico:
    • Ajuste por inflación:
  • TABLA DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (ISR)
  • ¿Cómo calcular la tarifa de ISR que se debe pagar?
    • Calcular el ingreso anual bruto:
    • Calcular las deducciones autorizadas:
    • Restar las deducciones
    • Buscar en la tabla correspondiente
    • Sumar la cuota fija y el impuesto
  • OTRAS TABLAS DEL ISR QUE DEBES CONOCER EN SU ACTUALIZACIÓN 2024
  • Tarifas ISR 2024: retención diaria
  • Tablas ISR: retención semanal
  • Tablas ISR: pagos quincenales
  • Tarifas ISR 2025 pagos mensuales
  • Tarifas ISR 2025: anual
  • Tarifas bimestrales para los RIF
  • 1er Bimestre: Enero-Febrero 2025
  • 2do Bimestre: Marzo – Abril 2025
  • 3er Bimestre: Mayo – Junio 2025
  • 4to Bimestre: Julio – Agosto 2025
  • 5to Bimestre: Septiembre – Octubre 2025
  • 6to Bimestre: Noviembre – Diciembre 2025
  • Tarifas aplicables a gastos provisionales
  • Tarifas que incluye el subsidio al Empleo
  • Actualizaciones a la UMA
    • ¿Por qué no cambiaron las tablas del ISR en 2025?
    • Impacto del ISR en diferentes sectores según las tablas ISR 2025
    • Expide las facturas en línea de tu empresa con Facturama

¿Por qué se cambian las Tarifas del ISR?

Existen varias razones por las que el gobierno decide cambiar las tarifas de ISR y queremos mencionarte algunas de las más comunes:

Necesidad de recaudar más ingresos fiscales:

Si el gobierno necesita más dinero para financiar sus gastos, puede aumentar las tarifas de ISR para recaudar más ingresos.

Reducción de la desigualdad:

Si se desea reducir la brecha entre los ingresos más altos y más bajos, puede aumentar las tasas de impuestos para aquellos que ganan más.

Estimular el crecimiento económico:

Si el gobierno desea estimular el crecimiento económico, puede reducir las tasas de impuestos para incentivar la inversión y el consumo.

Ajuste por inflación:

Las tarifas pueden ser ajustadas para reflejar los cambios en el costo de vida y la inflación

TABLA DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (ISR)

Las tablas ISR 2025 en México son un conjunto de tablas y tarifas que se utilizan para calcular el impuesto a pagar en función de los ingresos obtenidos.

Estas tablas se actualizan anualmente y se basan en el salario mínimo diario vigente y en la inflación acumulada; todo de acuerdo a la resolución miscelánea fiscal.

A continuación, se presentan las tablas ISR 2025 para personas físicas residentes en México:

Base gravable anualCuota fijaPorcentaje sobre excedente del límite inferior
Hasta $123,580.80$01.92%
De $123,580.81 a $249,243.12$2,376.286.4%
De $249,243.13 a $392,840.52$10,997.5810.88%
De $392,840.53 a $750,000.00$34,067.5816%
De $750,000.01 a $1,000,000.00$108,067.5817.92%
De $1,000,000.01 en adelante$166,067.5831.92%

¿Cómo calcular la tarifa de ISR que se debe pagar?

Para calcular el impuesto a pagar, se debe seguir los siguientes pasos:

Calcular el ingreso anual bruto:

Esto incluye todos los ingresos obtenidos durante el año, ya sea por actividades laborales, comerciales o de inversión.

Calcular las deducciones autorizadas:

Se pueden deducir ciertos gastos, como los gastos médicos y dentales, los intereses hipotecarios, las donaciones a instituciones autorizadas, entre otros.

Restar las deducciones

Realiza la resta de las deducciones autorizadas del ingreso anual bruto (o en el límite inferior ubicado en tu nivel salarial) para obtener la base gravable anual.

Buscar en la tabla correspondiente

Busca en la tabla que hemos presentado antes, o bien en en el Diario Oficial de la Federación (DOF) o en el portal del Servicio de Administración Tributaria, el rango en el que se encuentra la base gravable anual y aplicar la cuota fija y el porcentaje correspondiente sobre el excedente.

Sumar la cuota fija y el impuesto

Debes realizar la suma resultante del porcentaje sobre el excedente para obtener el impuesto a pagar. Es importante recordar que el ISR se debe pagar de manera anual y se puede hacer en una sola exhibición o en pagos parciales a lo largo del año.

Además, las empresas y empleadores también tienen la obligación de retener y pagar el ISR correspondiente a sus empleados y trabajadores.

OTRAS TABLAS DEL ISR QUE DEBES CONOCER EN SU ACTUALIZACIÓN 2024

Tarifas ISR 2024: retención diaria

Límite inferior $Límite superior $Cuota fija $% para aplicarse sobre el excedente del límite inferior
0.0124.540.001.92
24.54208.290.476.40
208.30366.0512.2310.88
366.06425.5229.4016.00
425.53509.4638.9117.92
509.471,027.5253.9521.36
1,027.531,619.51164.6123.52
1,619.523,091.90303.8530.00
3,091.914,122.54745.5632.00
4,122.5512,367.621,075.3734.00
12,367.63En adelante3,878.6935.00

Tablas ISR: retención semanal

Límite inferior $Límite superior $Cuota fija $% para aplicarse sobre el excedente del límite inferior
0.01171.780.001.92
171.791,458.033.296.40
1,458.042,562.3585.6110.88
2,562.362,978.64205.8016.00
2,978.653,566.22272.3717.92
3,566.237,192.64377.6521.36
7,192.6511,336.571,152.2723.52
11,336.5821,643.302,126.9530.00
21,643.3128,857.785,218.9232.00
28,857.7986,573.347,527.5934.00
86,573.35En adelante27,150.8335.00

Tablas ISR: pagos quincenales

Límite inferiorLímite superiorCuota fija% para aplicarse sobre el excedente del límite inferior
$$$%
0.01368.100.001.92ok
368.113,124.357.056.40
3,124.365,490.75183.4510.88
5,490.766,382.80441.0016.00
6,382.817,641.90583.6517.92
7,641.9115,412.80809.2521.36
15,412.8124,292.652,469.1523.52
24,292.6646,378.504,557.7530.00
46,378.5161,838.1011,183.4032.00
61,838.11185,514.3016,130.5534.00
185,514.31En adelante58,180.3535.00

Tarifas ISR 2025 pagos mensuales

Límite inferiorLímite superiorCuota fija% Sobre excedente
del límite inferior
0.01746.040.001.92
746.056,332.0514.326.40
6,332.0611,128.01371.8310.88
11,128.0212,935.82893.6316.00
12,935.8315,487.711,182.8817.92
15,487.7231,236.491,640.1821.36
31,236.5049,233.005,004.1223.52
49,233.0193,993.909,236.8930.00
93,993.91125,325.2022,665.1732.00
125,325.21375,975.6132,691.1834.00
375,975.62En adelante117,912.3235.00

Tarifas ISR 2025: anual

Límite inferiorLímite superiorCuota fija% Sobre excedente
del límite inferior
0.012,238.120.001.92
8,952.5075,984.55171.886.40
75,984.56133,536.074,461.9410.88
133,536.08155,229.8010,723.5516.00
155,229.81185,852.5714,194.5417.92
185,852.58374,837.8819,682.1321.36
374,837.89590,795.9960,049.4023.52
590,796.001,127,926.84110,842.7430.00
1,127,926.851,503,902.46271,981.9932.00
1,503,902.474,511,707.37392,294.1734.00
4,511,707.38En adelante1,414,947.8535.00

Tarifas bimestrales para los RIF

Las Tarifas Bimestrales para los RIF (Regímen de Incorporación Fiscal) se refieren a los impuestos que los contribuyentes que se encuentran en este régimen deben pagar cada dos meses por los ingresos que obtienen en su actividad económica. 

RIF es un régimen fiscal simplificado que permite a pequeños empresarios y emprendedores que estén empezando un negocio, cumplir con sus obligaciones fiscales de una manera más sencilla. En este régimen, los contribuyentes pueden pagar sus impuestos de manera bimestral y tienen ciertas reducciones en las cargas fiscales. 

Las tarifas bimestrales del RIF varían según el tipo de actividad económica que realice el contribuyente y se basan en un porcentaje fijo sobre los ingresos obtenidos. De igual manera, algunos cálculos consideran el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) como referencia en el pago de impuestos y derechos. El porcentaje va desde el 1% al 8% dependiendo de la actividad que se realice.

 A continuación una tabla que explica los porcentajes de acuerdo a que le indican las leyes fiscales y a cálculo del por ciento para aplicarse:

1er Bimestre: Enero-Febrero 2025

Límite inferiorLímite superiorCuota fija% para aplicarse sobre el excedente del límite inferior
$$$%
0.011,492.080.001.92
1,492.0912,664.1028.646.40
12,664.1122,256.02743.6610.88
22,256.0325,871.641787.2616.00
25,871.6530,975.422,365.7617.92
30,975.4362,472.983,280.3621.36
62,472.9998,466.0010,008.2423.52
98,466.01187,987.8018,473.7830.00
187,987.81250,650.4045,330.3432.00
250,650.41751,951.2265,382.3634.00
751,951.23En adelante235,824.6435.00

2do Bimestre: Marzo – Abril 2025

Límite inferiorLímite superiorCuota fija% Sobre excedente
del límite inferior
0.012,984.160.001.92
2,984.1725,328.2057.286.40
25,328.2144,512.041,487.3210.88
44,512.0551,743.283,574.5216.00
51,743.2961,950.844,731.5217.92
61,950.85124,945.966,560.7221.36
124,945.97196,932.0020,016.4823.52
196,932.01375,975.6036,947.5630.00
375,975.61501,300.8090,660.6832.00
501,300.811,503,902.44130,764.7234.00
1,503,902.45En adelante471,649.2835.00

3er Bimestre: Mayo – Junio 2025

Límite inferiorLímite superiorCuota fija% Sobre excedente
del límite inferior
0.014,476.240.001.92
4,476.2537,992.3085.926.40
37,992.3166,768.062,230.9810.88
66,768.0777,614.925,361.7816.00
77,614.9392,926.267,097.2817.92
92,926.27187,418.949,841.0821.36
187,418.95295,398.0030,024.7223.52
295,398.01563,963.4055,421.3430.00
563,963.41751,951.20135,991.0232.00
751,951.212,255,853.66196,147.0834.00
2,255,853.67En adelante707,473.9235.00

4to Bimestre: Julio – Agosto 2025

Límite inferiorLímite superiorCuota fija% Sobre excedente
del límite inferior
0.015,968.320.001.92
5,968.3350,656.40114.566.40
50,656.4189,024.082,974.6410.88
89,024.09103,486.567,149.0416.00
103,486.57123,901.689,463.0417.92
123,901.69249,891.9213,121.4421.36
249,891.93393,864.0040,032.9623.52
393,864.01751,951.2073,895.1230.00
751,951.211,002,601.60181,321.3632.00
1,002,601.613,007,804.88261,529.4434.00
3,007,804.89En adelante943,298.5635.00

5to Bimestre: Septiembre – Octubre 2025

Límite inferiorLímite superiorCuota fija% Sobre excedente
del límite inferior
0.017,460.400.001.92
7,460.4163,320.50143.206.40
63,320.51111,280.103,718.3010.88
111,280.11129,358.208,936.3016.00
129,358.21154,877.1011,828.8017.92
154,877.11312,364.9016,401.8021.36
312,364.91492,330.0050,041.2023.52
492,330.01939,939.0092,368.9030.00
939,939.011,253,252.00226,651.7032.00
1,253,252.013,759,756.10326,911.8034.00
3,759,756.11En adelante1,179,123.2035.00

6to Bimestre: Noviembre – Diciembre 2025

Límite inferiorLímite superiorCuota fija% Sobre excedente
del límite inferior
0.018,952.490.001.92
8,952.5075,984.55171.886.40
75,984.56133,536.074,461.9410.88
133,536.08155,229.8010,723.5516.00
155,229.81185,852.5714,194.5417.92
185,852.58374,837.8819,682.1321.36
374,837.89590,795.9960,049.4023.52
590,796.001,127,926.84110,842.7430.00
1,127,926.851,503,902.46271,981.9932.00
1,503,902.474,511,707.37392,294.1734.00
4,511,707.38En adelante1,414,947.8535.00

Tarifas aplicables a gastos provisionales

En México, las tarifas aplicables a los pagos provisionales son los impuestos que deben pagarse de forma anticipada durante el año fiscal en curso. Estos pagos se hacen en función de los ingresos estimados del contribuyente y se realizan trimestralmente en los siguientes periodos: marzo, junio, septiembre y diciembre. 

Las tarifas aplicables a los pagos provisionales varían según el tipo de actividad económica que realice el contribuyente y el monto de sus ingresos. En general, las tarifas se calculan como un porcentaje de los ingresos estimados y se establecen en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Es importante señalar que el monto de los pagos provisionales que se realizan durante el año fiscal se consideran como anticipos del impuesto anual que se debe pagar al final del año. Es decir, al momento de presentar la declaración anual, se realiza una comparación entre los pagos provisionales realizados y el impuesto que realmente corresponde pagar según los ingresos obtenidos durante el año.

Si los pagos provisionales fueron mayores que el impuesto anual, se puede solicitar una devolución.

Límite inferiorLímite superiorCuota fija% para aplicarse sobre el excedente del límite inferior
$$$%
0.018,952.490.001.92
8,952.5075,984.55171.886.40
75,984.56133,536.074,461.9410.88
133,536.08155,229.8010723.5516.00
155,229.81185,852.5714,194.5417.92
185,852.58374,837.8819,682.1321.36
374,837.89590,795.9960,049.4023.52
590,796.001,127,926.84110,842.7430.00
1,127,926.851,503,902.46271,981.9932.00
1,503,902.474,511,707.37392,294.1734.00
4,511,707.38En adelante1,414,947.8535.00

Tarifas que incluye el subsidio al Empleo

Las Tarifas Aplicables de Subsidio al Empleo son un conjunto de montos fijos que el gobierno mexicano establece cada año, con el fin de proporcionar apoyo económico a los trabajadores con salarios bajos y a sus empleadores.

El subsidio se otorga en forma de un crédito fiscal que se puede aplicar al impuesto sobre la renta (ISR) que debe pagar el empleador.

El monto del subsidio varía dependiendo del salario del trabajador y de la zona geográfica en la que se encuentra la empresa.

Límite inferior 1Límite inferior 2Límite superiorCuota fijaPor ciento para aplicarse sobre el excedente del límite inferior 1Subsidio para el empleo mensual
$$$$%$
0.010.01746.040.001.92407.02
746.05746.051,768.9614.326.40407.02
746.051,768.972,653.3814.326.40406.83
746.052,653.393,472.8414.326.40406.62
746.053,472.853,537.8714.326.40392.77
746.053,537.884,446.1514.326.40382.46
746.054,446.164,717.1814.326.40354.23
746.054,717.195,335.4214.326.40324.87
746.055,335.436,224.6714.326.40294.63
746.056,224.686,332.0514.326.40253.54
6,332.066,332.067,113.90371.8310.88253.54
6,332.067,113.917,382.33371.8310.88217.61
6,332.067,382.3411,128.01371.8310.880.00
11,128.0211,128.0212,935.82893.6316.000.00
12,935.8312,935.8315,487.711,182.8817.920.00
15,487.7215,487.7231,236.491,640.1821.360.00
31,236.5031,236.5049,233.005,004.1223.520.00
49,233.0149,233.0193,993.909,236.8930.000.00
93,993.9193,993.91125,325.2022,665.1732.000.00
125,325.21125,325.21375,975.6132,691.1834.000.00
375,975.62375,975.62En adelante117,912.3135.000.00

Actualizaciones a la UMA

Queremos mencionar que aunque las tablas ISR 2025 permanecen sin cambios respecto al año anterior, la Unidad de Medida y Actualización (UMA) ha sido actualizada para este año 2025. A partir del 1 de febrero de 2025, el valor diario de la UMA es de 113.14 pesos, el valor mensual es de 3,439.46 pesos y el valor anual asciende a 41,273.52 pesos.

Esta actualización impacta en diversos aspectos fiscales, como deducciones personales y límites de exenciones; si deseas aplicar de manera correcta el ISR en 2025, es fundamental considerar las actualizaciones en la UMA al realizar cálculos fiscales que deban ser declarados el Servicio de Administración Tributaria.

¿Por qué no cambiaron las tablas del ISR en 2025?

De acuerdo con el artículo 152 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, las tablas del ISR deberán actualizarse cuando la inflación acumulada supere el 10% desde la última actualización. La última vez que esto ocurrió fue en enero de 2021, cuando se realizó un ajuste para reflejar la inflación acumulada de los años previos.

Desde esa fecha, la inflación ha continuado aumentando, pero al cierre de 2024, la inflación acumulada desde la última actualización aún no ha superado el 10%. Eso significa que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) no está obligada a modificar las tarifas del ISR para 2025.

Como contexto, recordemos que cada año, en diciembre, se publica el anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal para el año que viene, el cual contiene las tarifas aplicables del ISR. 

En este documento se pueden verificar los ajustes o la permanencia de los rangos impositivos, lo que permite a los contribuyentes anticipar su carga fiscal para el siguiente ejercicio.

Impacto de la inflación en la carga fiscal

El hecho de que las tablas del ISR no se actualicen significa que los trabajadores seguirán pagando impuestos bajo los mismos rangos establecidos en 2021, a pesar de que el costo de vida ha aumentado en nuestro país. En términos prácticos, si un trabajador recibe un aumento en su salario, que apenas compensa la inflación, podría pasar a un tramo impositivo más alto y pagar una mayor tasa de ISR, sin que realmente haya mejorado su calidad de vida.

Impacto del ISR en diferentes sectores según las tablas ISR 2025

El ISR afecta de manera distinta a cada grupo de contribuyentes según su fuente de ingresos, su régimen fiscal y sus deducciones disponibles y es de vital importancia que conozcamos cuál es la repercusión directa que incide sobre tu sector tributario.

1. Trabajadores asalariados

Para los empleados que reciben un sueldo fijo, el ISR es retenido directamente por el empleador, lo que simplifica el pago de impuestos pero también limita su capacidad de planear estrategias fiscales; este 2025 al no haber una actualización pueden terminar pagando una mayor proporción de su ingreso en impuestos, sobre todo si reciben incrementos salariales que solo compensan la inflación.

Si eres una persona asalariada, tienes pocas opciones para deducir gastos, ya que tus ingresos están altamente fiscalizados. 

Solo es posible aplicar deducciones personales como gastos médicos, colegiaturas y donativos, pero estas no siempre son suficientes para reducir significativamente su carga fiscal.

2. Personas con ingresos mixtos (asalariados + honorarios)

Las personas que tienen un empleo con ingresos por honorarios profesionales se encuentran en una situación más compleja, ya que deben calcular y pagar el ISR de manera independiente sobre sus honorarios. 

Al no existir una actualización de las tablas puede haber una mayor retención en el empleo y en una mayor carga fiscal sobre los ingresos adicionales generados de forma independiente.

Sin un ajuste en las tarifas, las personas con ingresos mixtos pueden encontrarse con una tasa efectiva de ISR más alta de lo esperado, lo que puede desincentivar la generación de ingresos adicionales a través de actividades profesionales o freelancing.

3. Empresarios y trabajadores independientes

Los emprendedores y profesionistas independientes tienen más flexibilidad para optimizar su carga fiscal, ya que pueden deducir gastos relacionados con su actividad económica. La falta de actualización de las tablas sigue afectándolos, ya que sus ingresos pueden ser gravados con tasas más altas si superan ciertos umbrales.

Por ejemplo, un trabajador independiente que en 2021 tenía ingresos anuales de $400,000 pesos podía estar en un tramo impositivo específico. Si en 2025 su ingreso aumenta a $500,000 solo por inflación, podría pasar a un tramo de ISR más alto sin que su poder adquisitivo haya mejorado realmente.

En el caso de empresarios y dueños de negocios, el ISR no es la única preocupación fiscal, ya que deben cumplir con otras obligaciones como el pago del IVA y las contribuciones de seguridad social para sus empleados.

4. Impacto en sectores vulnerables

Las personas con ingresos más bajos son las más afectadas por la falta de actualización de las tablas del ISR, ya que su capacidad para compensar el aumento del costo de vida es más limitada.

 Aunque los primeros tramos del ISR tienen tasas bajas, cualquier incremento en el salario mínimo o en nómina por inflación puede hacer que paguen un poco más de impuestos sin que realmente mejoren sus condiciones económicas.

Quienes tienen ingresos muy altos pueden enfrentar una mayor tasa efectiva de ISR si su ingreso nominal crece por encima de los límites establecidos en las tablas actuales. Aun así, este grupo suele tener más herramientas para optimizar su carga fiscal mediante deducciones, inversiones y estrategias de planeación tributaria.

Aquí puedes consultar las tablas ISR de otros años:

  • Tablas ISR 2023
  • Tablas ISR 2024
  • Tablas ISR 2025

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