¿Qué es el uso de CFDI?
El uso de CFDI es una clave que indica la razón por la cual se emitió una factura electrónica. Este código determina si el gasto puede ser deducible fiscalmente. Cada uso de CFDI está asociado a un tipo de operación específica y debe seleccionarse cuidadosamente para evitar rechazos en la declaración de impuestos.
¿Cómo indicar la clave de uso de CFDI 4.0?
Al expedir el Comprobante Fiscal Digital por Internet deberá indicarse la clave de uso respectiva, de acuerdo con el Anexo 20 de la Guía de llenado publicada en el Portal del SAT. Esto significa que, dependiendo el tipo de transacción realizada se utilizará un código concreto que el usuario debe revisar en dicha guía.
En realidad, casi todos los contribuyentes usan las mismas claves porque se dedican a un negocio concreto, por lo que basta con saber la clave una sola vez. Para señalarlo, solo necesitas introducir la clave apropiada en la sección “Uso del CFDI”, siguiendo las indicaciones de tu destinatario. Es importante consultar previamente la finalidad que tu receptor notificará al Servicio de Administración Tributaria (SAT).
¿Es obligatoria la inclusión del uso del CFDI 4.0?
Sí, la clave que ayuda a categorizar el tipo de uso es necesaria porque el Sistema de Administración Tributaria considera que así se tiene un mejor manejo y administración de los comprobantes fiscales, permitiendo una correcta clasificación de las transacciones y facilitando la fiscalización por parte de la autoridad. Además, el uso del CFDI 4.0 es obligatorio para garantizar la coherencia de la información contable y evitar posibles errores en la declaración de impuestos.
Qué hacer si utilizas una clave incorrecta
En la versión 3.3 de CFDI, no era posible cancelar la factura una vez emitida, por lo que tampoco podía modificarse la clave o uso del . Esto derivaba en que, si el receptor daba un uso diferente al señalado en el campo «Uso del CFDI», le era imposible deducir impuestos si fuera el caso. La Factura 4.0 ya permite la cancelación de facturas, siempre que se cumplan los plazos para ello y se justifique el motivo de dicha cancelación.
Novedades del Uso de CFDI 4.0
La mayor parte de las Claves de Uso de CFDI de la modalidad de facturación anterior se conservan y son mínimos los cambios presentados para la nueva versión. Estas modificaciones son:
- Se elimina el uso «Por Definir».
Con clave P01 en el catálogo, se empleaba cuando el uso no estaba aún determinado al momento de la emisión. Esto significa que desde el principio deberá estar muy clara la clave adecuada. - Se agrega el uso «Pagos».
Este uso será para la emisión de comprobantes de pagos complementarios; es decir, cuando no se cubren en una sola exhibición, y su clave es CP01. - Se agrega el uso «Nómina».
Utilizado por la figura del patrón cada vez que emita y timbre la nómina de sus empleados, identificándose con la clave CN01. - Se agrega el uso «Sin Efectos Fiscales».
Será exclusivo para residentes en el extranjero cuando se emita algún de Traslado o Global, empleándose la clave S01.
Actualización en el catálogo c_ObjetoImp
Además de los cambios en el Uso de CFDI, la resolución miscelánea fiscal (RMF) establece modificaciones en la clasificación de los impuestos aplicables a bienes y servicios. En la versión más reciente del catálogo c_ObjetoImp, publicada en diciembre de 2024, el SAT incorporó tres nuevas claves para especificar con mayor precisión el tratamiento del IVA e IEPS en las operaciones en cada ejercicio fiscal:
- 06 – No objeto de IVA y sí objeto de IEPS. Aplica cuando el bien o servicio no causa IVA, pero sí está sujeto a IEPS.
- 07 – Sí objeto de IVA y no objeto de IEPS. Para operaciones que generan IVA pero no están sujetas a IEPS.
- 08 – No objeto de IVA ni de IEPS. Se usa cuando un bien o servicio no causa ninguno de estos impuestos.
Estos cambios buscan una mayor precisión en la identificación de las operaciones fiscales y su impacto en la determinación de impuestos.
Catálogo de Usos del CFDI 4.0
Así, los Usos de CFDI del Catálogo del SAT quedan de la siguiente manera al tomar en cuenta los anteriores cambios:
Uso del CFDI | Descripción | Física | Moral | Régimen Fiscal Receptor |
G01 | Adquisición de mercancías | Sí | Sí | 601, 603, 606, 612, 620, 621, 622, 623, 624, 625, 626 |
G02 | Devoluciones, descuentos o bonificaciones | Sí | Sí | 601, 603, 606, 612, 616, 620, 621, 622, 623, 624, 625, 626 |
G03 | Gastos en general | Sí | Sí | 601, 603, 606, 612, 620, 621, 622, 623, 624, 625, 626 |
I01 | Construcciones | Sí | Sí | 601, 603, 606, 612, 620, 621, 622, 623, 624, 625, 626 |
I02 | Mobiliario y equipo de oficina para inversiones | Sí | Sí | 601, 603, 606, 612, 620, 621, 622, 623, 624, 625, 626 |
I03 | Equipo de transporte | Sí | Sí | 601, 603, 606, 612, 620, 621, 622, 623, 624, 625, 626 |
I04 | Equipo de cómputo y accesorios | Sí | Sí | 601, 603, 606, 612, 620, 621, 622, 623, 624, 625, 626 |
I05 | Dados, troqueles, moldes, matrices y herramental | Sí | Sí | 601, 603, 606, 612, 620, 621, 622, 623, 624, 625, 626 |
I06 | Comunicaciones telefónicas | Sí | Sí | 601, 603, 606, 612, 620, 621, 622, 623, 624, 625, 626 |
I07 | Comunicaciones satelitales | Sí | Sí | 601, 603, 606, 612, 620, 621, 622, 623, 624, 625, 626 |
I08 | Otra maquinaria y equipo | Sí | Sí | 601, 603, 606, 612, 620, 621, 622, 623, 624, 625, 626 |
D01 | Honorarios médicos, dentales y hospitalarios | Sí | No | 605, 606, 608, 611, 612, 614, 607, 615, 625 |
D02 | Gastos médicos por incapacidad o discapacidad | Sí | No | 605, 606, 608, 611, 612, 614, 607, 615, 625 |
D03 | Gastos funerales | Sí | No | 605, 606, 608, 611, 612, 614, 607, 615, 625 |
D04 | Donativos | Sí | No | 605, 606, 608, 611, 612, 614, 607, 615, 625 |
D05 | Intereses reales pagados por créditos hipotecarios | Sí | No | 605, 606, 608, 611, 612, 614, 607, 615, 625 |
D06 | Aportaciones voluntarias al SAR | Sí | No | 605, 606, 608, 611, 612, 614, 607, 615, 625 |
D07 | Primas de seguros de gastos médicos | Sí | No | 605, 606, 608, 611, 612, 614, 607, 615, 625 |
D08 | Gastos de transportación escolar obligatoria | Sí | No | 605, 606, 608, 611, 612, 614, 607, 615, 625 |
D09 | Depósitos en cuentas para el ahorro, primas de pensiones | Sí | No | 605, 606, 608, 611, 612, 614, 607, 615, 625 |
D10 | Pagos por servicios educativos (colegiaturas) | Sí | No | 605, 606, 608, 611, 612, 614, 607, 615, 625 |
S01 | Sin efectos fiscales | Sí | Sí | 601, 603, 605, 606, 608, 610, 611, 612, 614, 616, 620, 621, 622, 623, 624, 607, 615, 625, 626 |
CP01 | Pagos | Sí | Sí | 601, 603, 605, 606, 608, 610, 611, 612, 614, 616, 620, 621, 622, 623, 624, 607, 615, 625, 626 |
CN01 | Nómina | Sí | No | 605 |
Herramientas y recomendaciones para la correcta asignación de claves en CFDI
Siempre es fundamental utilizar herramientas y recursos adecuados en la asignación de claves de uso de CFDI pues con ello tienes una correcta emisión de facturas.
Una de las mejores prácticas es consultar el catálogo de uso del CFDI del SAT, porque este documento te brinda las claves correctas según la naturaleza de la operación; de igual manera puedes apoyarte en plataformas de facturación electrónica como Facturama, pues te ayudamos a integrar validaciones automáticas para evitar errores.
La capacitación continua y la asesoría profesional pueden marcar la diferencia para las empresas que operan en México. Contar con expertos en facturación electrónica ayuda a prevenir errores y facilita la adaptación a cambios fiscales.
Utiliza correctamente el CFDI en tu empresa
Lograr una implementación eficiente del CFDI requiere una planificación adecuada y una ejecución estructurada para que puedas emitir facturas electrónicas y puedas asegurarte de que las claves de uso sean asignadas correctamente desde el inicio.
Siempre recomendaremos que hagas uso de software de facturación pues con ello podrás agilizar la generación de CFDI, minimizar errores, calcular sin problema el impuesto sobre la renta ISR y garantizar el cumplimiento de las disposiciones fiscales.
Si en tu empresa tienes una correcta asignación de claves y una buena implementación del CFDI no solo se facilitan el cumplimiento de las normativas del SAT, sino que también tendrás una correcta gestión fiscal.
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